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Garantias Constitucionales.


Enviado por   •  21 de Abril de 2014  •  682 Palabras (3 Páginas)  •  346 Visitas

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La palabra garantía proviene del término anglosajón “warranty” o “warantie”, que significa la acción de asegurar, proteger, defender o salvaguardar, por lo que tiene una connotación muy amplia. “Garantía” equivale, pues, en su sentido lato, a “aseguramiento” o “afianzamiento”, pudiendo denotar también “protección”, “respaldo”, “defensa”, “salvaguardia”, o “apoyo”.

Etimológicamente proviene del vocablo “garante”, que significa que protege contra lo aleatorio y riesgoso que pudiera impedir el uso y goce de un determinado hecho.

De igual forma el maestro Burgoa nos señala que “La garantía es una relación jurídica de suprasubordinación en la que actúa el Estado como sujeto pasivo y el gobernado como activo de la cual surge un DPS a favor del gobernado oponible en forma mediata ante el Estado y de forma inmediata ante sus órganos".

2. CONCEPTO DE GARANTÍAS INDIVIDUALES.

El diccionario de la Real Academia Española (RAE) define a la garantía como el efecto de afianzar lo estipulado. Se trata de algo (simbólico o concreto) que protege y asegura una determinada cosa.

Las Garantías Individuales son los derechos que posee todo individuo por el solo hecho de ser persona, sin distinción alguna de nacionalidad, edad, sexo, religión, raza o ideología política, y constituye una esfera inviolable de derechos frente a la autoridad, frente al Estado, que este debe respetar y proteger por estar garantizadas o protegidos por la Constitución. . También se les conoce como derechos individuales, derechos fundamentales, derechos humanos o garantías constitucionales. En otras palabras, son aquellos derechos inherentes a la persona humana en virtud de su propia naturaleza y de las cosas que el Estado reconoce, respeta y protege mediante el orden jurídico y social que permite el libre desenvolvimiento de las personas sin importar su condición.

Son los "derechos públicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la República que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través dela verdadera garantía de los derechos públicos fundamentales del hombre que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, esto es, la acción constitucional de amparo".

Por su parte el Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señala que las Garantías Constitucionales en un estricto sentido técnico Jurídico, se entiende como “el conjunto de instrumentos procesales, establecidas por la norma fundamental, con objeto de restablecer el orden constitucional cuando el mismo sea transgredido por un órgano de autoridad política. Al término garantía, referido al derecho constitucional, se le han dado diversos significados:

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