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Garantias Constitucionales


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  3.469 Palabras (14 Páginas)  •  300 Visitas

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ASIGNATURA:

GARANTIAS CONSTITUCIONALES.

NOMBRE:

YURIDIA LÓPEZ A. BÁRCENAS.

III CUATRIMESTRE

MATRICULA. 0214/1/086.

SEXTA GENERACION.

INESAP SEDE TIJUANA BAJA CALIFORNIA.

TEMA:

- FUNDAMENTO DEL JUICIO DE AMPARO

- IMPROCEDENCIA DEL JUCIO DE AMPARO

CARRERA:

LIC. EN DERECHO BUROCRATICO.

TITULAR DE LA ASIGNATURA:

LIC. MAYRA LETICIA VENTURA GAYTAN.

INDICE

PORTADA………..PÁG. 1

INDICE……............PAG. 2

INTRODUCCION…PÁG. 3

DESARROLLO…...PÁG. 4 – 9

CONCLUSION........PAG. 10

BIBLIOGRAFIA…...PÁG. 11

INTRODUCCION:

Muchas personas, a través de tiempo, van adquiriendo conocimiento de forma empírica, en donde la mayor gente ha escuchado una vez la palabra Juicio de Amparo, en donde surge, e inevitable pregunta, en donde esta investigación tiene la facultad de explicar; ¿Qué es el Juicio de Amparo?, ¿En qué consiste?, por lo que fue una investigación exhaustiva en donde decimos que el hombre es un ser que se ha considerado como un ser bio-psico-social, por lo que todos actualmente somos sociales, en donde en este trabajo va llevar al lector a comprender por qué el hombre ha de tener saber lo que es el llamado JUICIO DE AMPARO Y SU IMPROCEDENCIA.

En este trabajo desarrollo de manera formal lo que es el juicio de Amparo. El contenido de la investigación nos protege contra el abuso y la prepotencia de muchas autoridades.

* ¿Por qué es importante para los individuos en nuestra sociedad?

* La misión de Juicio de amparo.

* ¿Qué es la Ley de Amparo?

* Improcedencia del juicio de amparo

* Comprender su importancia

* Y lo más importante, en no tener lagunas sobre este tema ya que este es muy completo esto con el fin de que el lector sea uno de los afortunados en leer esta investigación ya que este maneja un lenguaje fácil aplicando desde luego una pequeñas frases en un lenguaje jurídico en donde es sencillo de entender y aprender de este, por lo que este trabajo maneja un lenguaje formal y entendible para cualquier tipo de lector.

Se Eligio el tema de causas de improcedencia en el juicio de amparo, por considerársele un tema interesante, digno de analizar y de estudiar. Ya que de la procedencia o no procedencia del juicio de amparo, dependerá, que el juzgador federal dirima o no la controversia constitucional ante el planteada. Esto debido a que la improcedencia del amparo, impide al órgano jurisdiccional responsable definir si el acto reclamado es constitucional o inconstitucional. Motivo por el cual, se considera en forma muy personal, que el tema en mención representa y contiene jurídicamente, un valor por demás importante y definitorio para el estudio y análisis del amparo.

- FUNDAMENTO DEL JUICIO DE AMAPARO –

El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, que tiene por objeto específico hacer reales, eficaces y prácticas, las garantías individuales establecidas en la Constitución, buscando proteger de los actos de todas las autoridades sin distinción de rango, inclusive las más elevadas, cuando violen dichas garantías. Está regulado por la Carta Fundamental y la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal

Se basa en la idea de limitación del poder de las autoridades gubernamentales, la cual jurídica y lógicamente resulta de la decisión de la soberanía que en los primeros artículos de la Constitución garantiza los derechos humanos.

Tan sólo los actos emitidos por la Suprema Corte de Justicia y así como actos relacionados con materia electoral quedan fuera de su acción.

El amparo en México tiene, como cualidades fundamentales las de ser:

- Un juicio impugnativo autónomo

Es decir, no consiste en un recurso o apelación que meramente constituya otra instancia, sino que implica iniciar un proceso completamente nuevo; no es parte del mismo juicio, sino que es otro juicio.

- Un juicio de garantías:

(Véase al respecto "Control Constitucional Incidental"), es decir, no obstante que se trata de un juicio de orden constitucional, el juzgador no se limita a ver si existieron violaciones constitucionales,

Si no que puede Incluso dejar subsistentes las violaciones constitucionales, siempre que se demuestre que nadie resultó afectado en sus derechos fundamentales.

Asimismo, puede exigir la suspensión de un acto que, no obstante ser constitucional, viole las garantías individuales. En otras palabras, no se ocupa de cualquier violación a la Constitución, sino de aquellas cuyo resultado es el menoscabo de una garantía individual, que resulta en daño personal y directo a una o varias personas concretas. De los casos de improcedencia

Artículo 73.- El juicio de amparo es improcedente:

I.- Contra actos de la Suprema Corte de Justicia.

II.- Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas.

III.- Contra leyes o actos

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