ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Garantias Constitucionales


Enviado por   •  23 de Agosto de 2014  •  1.615 Palabras (7 Páginas)  •  172 Visitas

Página 1 de 7

julio de 2014

os en la tierra, es decir, el gobernante. Las arbitrariedades autoritarias del poder eran acatadas por los súbditos porque las

Consideraban emanaciones o designios de una voluntad sobrenatural.

GRECIA:

En Grecia el individuo no gozaba de los derechos fundamentales como persona reconocida por la polis y oponible a las autoridades, no tenía derechos subjetivos públicos individuales. La esfera jurídica de los hombres en Grecia estaba integrada casi exclusivamente por derechos políticos y civiles (partici

Materia. Derecho constitucional y garantías

Carrer

Tema: Garantías Individuales en Francia, India, Grecia, Roma, Inglaterra, EEUU.

En los regímenes matriarcales y patriarcales la autoridad de los jefes era absoluta, sin que tuviera limites facticos o jurídicos los jefes de la tribu gozaban de total respeto por parte de los subalternos sobre los cuales incluso se tenía derechos de vida o muerte se observaba la existencia de la esclavitud lo cual presupone una negación de los derechos del hombre o garantías individuales.

La sanción a la rebeldía contra los mandatos supremos e inapelables de los jefes, consistía en el destierro de la comunidad en los tiempos primitivos los derechos del hombre no solo no existieron, sino que la libertad del hombre fue desconocida, o al menos menospreciada a tal grado que imperaba el despotismo el individuo tenía que obedecer y callar, porque los mandamientos que recibía eran conceptuados como provenientes del representado de di paba activa o pasivamente en los destinos sociales como elector o funcionario), en cuanto intervenía directamente en la constitución y funcionamiento de los órganos del estado, mas no gozaba de ninguna prerrogativa frente al poder público

Esparta, por su parte, estaba dividida en tres clases sociales. Ante esta jerarquía social es inútil hablar de la existencia de los derechos del hombre o garantías individuales, porque no existía la situación de igualdad que presupone todo derecho público individual.

Atenas. En Atenas la situación social era diferente a la de Esparta. No existía esa diferenciación jerárquica, había cierta desigualdad entre los hombres, aunque no tan marcada como en el régimen espartano. El ateniense gozaba de una libertad fáctica frente al poder público; podía libremente actuar ante este y aun criticar o impugnar su proceder en las asambleas, pero esa libertad solo era de hecho, no implicaba un derecho público individual, una exigencia jurídica frente al estado con la obligación ineludible de sus autoridades en el sentido de acatarlo.

ROMA:

En Roma la situación del hombre era parecida a la de Grecia la libertad en el régimen romano estaba reservada a cierta categoría de individuos, como el pater-familias, quien gozaba de amplio poder sobre los miembros de su familia y sobre los esclavos. La libertad del hombre como tal, como un derecho público individual inherente a la personalidad humana, oponible al estado en sus diversas manifestaciones y derivaciones no existía en roma, pues se disfrutaba como un hecho sin consagración jurídica alguna, respetable y respetada solo en las relaciones de derecho privado y como facultad de índole política.

La única garantía del pueblo frente a las arbitrariedades posibles de la autoridad radicaba en la acusación del funcionario cuando expiraba el término de su cargo, lo cual de ninguna manera implicaba un derecho subjetivo publico individual, pues este es un obstáculo jurídico, cuyo titular es el gobernado, frente al poder público, que siempre tiene que respetarlo, mientras que la mencionada acusación era el acto inicial de una especie de juicio de responsabilidad iniciado en contra de la persona física que encarnaba la autoridad y nunca un dique a la actividad de esta, la cual en dicha hipótesis, se presumía ya desplegada. Además, el juicio de responsabilidad tiene como finalidad esencial sancionar al funcionario público y nunca implica una verdadera protección del gobernado frente al gobernante, como lo es la garantía individual.

En resumen, debido a la existencia de los patricios y plebeyos, clases sociales que predominaban en roma, así de la esclavitud, como institución de derecho romano, nos obligan a pensar que en el régimen jurídico romano, la desigualdad entre los individuos fue la característica principal de las tres etapas de su historia.

INGLATERRA:

La situación jurídica del gobernado en Inglaterra se gestó y efectuó de manera espontánea y naturalmente dentro de la vida evolutiva del pueblo británico. La costumbre fue suministrando los hechos que la prudente interpretación de los tribunales ingleses, a través del decurso de los años, convirtió en normas de derecho, integrando así el Common Law, complementado en forma trascendental por los diversos ordenamientos escritos configurando la constitución inglesa.

FRANCIA:

El régimen gubernamental se basaba en un sistema teocrático, puesto que se consideraba que la autoridad monárquica tenía su origen y fundamento en la voluntad divina, por lo que se reputaba como absoluta.

Surgieron en Francia, corrientes políticas en el siglo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.5 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com