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Origen De Los Municipios


Enviado por   •  6 de Mayo de 2014  •  4.102 Palabras (17 Páginas)  •  470 Visitas

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Origen de los Municipios en Venezuela

Anteriormente los Municipios de Venezuela estaban fuertemente influenciado por los españoles que implantaron esta organización político-territorial luego de la conquista. Estos a su vez estaban influenciados por los antiguos Romanos, estos últimos fueron quienes dieron origen a los municipios. Se aplicaba, en un principio, a ciertas ciudades de Italia que Roma iba conquistando. Es entonces el Municipio una de las condiciones o tratamiento a que Roma sometía, o que otorgaba a los pueblos conquistados, y expresaba el hecho de una comunidad política subordinada a Roma, pero conservando una autonomía más o menos amplia. Los rasgos del "Municipium" romano eran:

a) un territorio, o espacio geográfico propio.

b) un pueblo, que se manifestaba en su asamblea general.

c) una organización, representada en un cuerpo deliberante con sus autoridades.

d) una cultura expresada, en aquellos tiempos, en el culto a los dioses. Mediante la institución municipal el Imperio Romano concede a sus localidades autonomía si independencia permitiéndoles, de este modo, desarrollar las identidades propias de su vida social y cultural.

En el presente y después de su paso por España y la Conquista, el Municipio mantiene la mayor parte de esas características. Funciona en un territorio (denominado municipio, comuna, departamento, cantón, según los diversos países), donde habita una población o comunidad organizada que posee una cultura e identidad local. La institución pública se denomina municipalidad (Alcaldía, Ayuntamiento, Intendencia, Prefectura) y es encabezada por el Alcalde (Intendente, Prefecto o Presidente Municipal). En muchos países latinoamericanos la municipalidad es considerada un auténtico gobierno local. Está dotada de un importante grado de autonomía en la toma de sus decisiones y uso de sus recursos, además posee atribuciones para recaudarlos.

Por otra parte, en las constituciones de 1811, 1819, 1830, 1857, 1858, y las que las siguieron hasta la de 1901, así como en las constituciones de la Gran Colombia, el territorio se dividía en cantones, que se agrupaban en provincias. En la de 1901 los Estados (sustitutos de las provincias desde la Constitución de 1864), se dividieron en distritos, fue para entonces, donde la Constitución de 1909, estableció que los estados estarían divididos en municipios y que contaran con la división político territorial del país de la siguiente manera: estados, municipios y parroquias.

Luego, en la constituciones de 1925, 1928, 1929, 1931 y 1936 los municipios pasaron otra vez a denominarse distritos o municipalidades. En las de 1947 y 1953 los distritos municipales, integrados a los estados, pasaron a estar divididos en municipios. Ésta sería la última vez que por decreto los municipios deberían estar obligados a unirse en distritos.

Actualmente, en la constitución de 1999 establece, que los municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica plena y autonomía dentro de los límites de la Constitución y de la ley. Es importante mencionar, que Venezuela está conformada por estados y a su vez estos se dividen en municipios con la finalidad de atender los problemas de los ciudadanos de forma más directa, permitiendo avanzar en la descentralización política y administrativa, así como también profundizar la participación democrática de la ciudadanía y en la gestión de gobierno.

Por su parte la autonomía política comprende la elección de manera directa, secreta y universal de las autoridades políticas de los municipios, es decir, los alcaldes y concejales, garantizando, tal como establece la Constitución, el carácter electivo y alternativo que fundamenta el sistema democrático que rige en el país.

De igual manera, es importante señalar lo que actualmente se establece en la Ley orgánica del poder público municipal donde establece lo siguiente:

TÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales, relativos al Poder Público Municipal, su autonomía, organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para el efectivo ejercicio de la participación protagónica del pueblo en los asuntos propios de la vida local, conforme a los valores de la democracia participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la descentralización y la transferencia a las comunidades organizadas, y a las comunas en su condición especial de entidad local, como a otras organizaciones del Poder Popular.

En este sentido, se explica que la ley se fundamenta en principios constitucionales del poder público municipal, como su autonomía, organización y funcionamiento, gobierno, administración y control para así poder consolidar la contribución del pueblo y se pueda dar una mayor interacción en los asuntos propios de la vida local, a través de la democracia participativa y protagónica de aquellas comunidades y conjuntos vecinales bien organizados.

Artículo 2. El Municipio constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la Constitución de la República y la ley. Sus actuaciones incorporarán la participación protagónica del pueblo a través de las comunidades organizadas, de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados.

De esta manera, se entiende cuáles van hacer sus acciones o medidas con las que se van a identificar donde estas mismas deberán estar integradas en el ámbito y permitir la participación ciudadana de manera segura que pueda reconocer la revisión, durante la autonomía de un municipio este mismo le incumbe como se va a gestionar y también crear sus principios, reglas, normativas o responsabilidades que lo harán autónomo y conocido en el estado.

Artículo 3. La autonomía es la facultad que tiene el Municipio para elegir sus autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable de las comunidades y los fines del Estado.

Es por ello que cada municipio permitirá la participación protagónica del pueblo, a una simple

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