ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

APELACIÓN EN MATERIA PENAL EXPOSICION-


Enviado por   •  7 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  487 Palabras (2 Páginas)  •  258 Visitas

Página 1 de 2

APELACIÓN EN MATERIA PENAL

1.- Escrito de Agravios.- Es la inconformidad de la sentencia que se dictó en contra del Sentenciado.

2.- Contra quien se mete el escrito de agravios.- Según sea el juzgado quien allá emitido la resolución de la sentencia.

3.-  El juzgado lo envía a los Magistrados.

4.- Una vez enviado el escrito de agravios la Segunda instancia lo registra y pasa de ser Causa Penal a un Toca Penal con diferente numero el cual solo cuenta con el número de registro y el año.

5.- El término que tiene los Magistrados para resolver es de quince días a partir de la fecha que allá sido asignada a la sala.

Nota: Ya que el Tribunal cuenta con Primera y Segunda Salas Penales que está integrada por Tres Magistrados y cada Magistrado cuenta con tres proyectistas de estudio y proyecto.

6.- Una vez que ya se allá asignado el Toca Penal a una de las Salas el Magistrado  se lo asigna a un proyectista por medio de un reparto interno, una vez que el Proyectista lo tiene lo empieza a estudiar para presentarle un proyecto a los tres Magistrados de Sala donde el proyectista les comenta sobre el asunto ya sea para confirmar el tipo de la sentencia el cual puede ser: Confirmar, Modificar, Revocar o a Reponer el Procedimiento.

Nota: Para que sea aprobado el proyecto es emitido por votación el cual puede ser de la siguiente manera: Si dos de los Magistrados están a favor de proyecto y uno en contra el proyecto se aprueba ya que es por mayoría de votos y el Magistrado que está inconforme puede emitir su voto particular.

7.- Una vez que se allá aprobado el proyecto presentado ante los tres Magistrados, se dicta la nueva sentencia dependiendo cual sea de las anteriores mencionadas.

8.- Se regresa al Juzgado de Radicación para la ejecución de esa resolución.

Espero licenciada sus comentarios para poderlo plasmar en mis diapositivas Saludos Lic.

Falta: 1.- Poner en que efecto son recibidas las apelaciones y a que se refiere ese punto. Se admite en efectos ejecutivo y suspensivo, se entiende que todas las apelaciones son en efecto ejecutivo y solo por excepción será suspensivo cuando se trate de apelación contra resoluciones de exclusión de prueba.

2.- Que se puede apelar cualquier resolución que emite el natural. Que no solo sentencias se puede apelar, sino también autos de plazo constitucional, acuerdos que desechan pruebas o cualquier resolución del juez.

3.- Que sucede cuando los inconformes no presentan agravios.- MP, Defensor Público o Particular e incluso Asesor Jurídico se declaran como inoperantes los agravios y por ende se declara como infundada la apelación.

NOTA

CUANDO EL M.P.  no presenta agravios, se le notifica a la Procuraduría par que subsane tal situación, cuando el coadyuvante cuando se trate de menores, defensor o el inculpado no presentan agravios se hace la suplencia total, es decir se tiene que hacer un estudio integral de la Resolución que se apele

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.9 Kb)   pdf (52.5 Kb)   docx (8.8 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com