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APLICACIÓN DE LEY EN EL TIEMPO


Enviado por   •  15 de Octubre de 2015  •  Ensayos  •  1.581 Palabras (7 Páginas)  •  192 Visitas

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UNIVERSIDAD MEXICANA

PLANTEL CENTRAL

PANORAMA GENERAL DE DERECHO

TRABAJO:

APLICACIÓN DE LEY EN EL TIEMPO

ESTUDIANTE: ESTEFANI GARCÍA GALICIA

PROFESOR: EDITH GUTIERREZ ZAMORA MEDINA

MATERIA: FUNDAMENTOS DEL DERECHO


INTRODUCCION

Las leyes son necesarias para la convivencia humana, ya que no se concibe la subsistencia de una sociedad organizada, si esta carece de normas jurídicas. Por tanto, como las leyes rigen la conducta del hombre, estas deben evolucionar o cambiar conforme avanza la sociedad. La ley tiene un tiempo en el que rige y un espacio en que se aplica, y esto genera uno de los conflictos que en algunos casos enfrenta quien tiene en su momento que aplicarla. En el presente opinión de cada en el tiempo y a la clasificación trabajo está plasmada de manera individual la participante con relación a la aplicación de la ley en el espacio, a la irretroactividad de la misma y del derecho en público y privado.


ÍNDICE

Caratula

Introducción

Índice

Desarrollo:

Aplicación de la Ley en el Tiempo y en el Espacio

Conclusión

Fuentes bibliográficas


APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO

Cuando los conflictos de las leyes se presentan porque emanan en épocas diferentes. El conflicto que surja en cuanto a la aplicación de la ley en el espacio es regulado por nuestro Código Civil, pues concilia el sistema de la territorialidad y de la personalidad al establecer que las leyes de policía y de seguridad obligan a todos los habitantes del territorio. Agrega también que los bienes inmuebles, aunque sean poseídos por extranjeros, están regidos por la ley dominicana, y por último dice que las leyes que se refieren al estado y la capacidad de las personas, obligan a todos los dominicanos, aunque residan en un país extranjero.

Toda la ley tiene un ámbito temporal y un ámbito especial de vigencia.

García Máynez nos dice que los problemas relacionados con la aplicación de leyes que tienen diferente ámbito temporal de vigencia suelen ser llamados conflictos de leyes en el tiempo. Paralelamente a estos se habla de conflictos de leyes en el espacio.

Los llamados conflictos de leyes en el espacio se reducen siempre a establecer el carácter territorial de determinado precepto, en derecho público se llama territorio.

La existencia de los problemas es consecuencia necesaria de la pluralidad de legislaciones, ya sea en el interior de un estado y en el orden internacional.

Como la actividad de la personas no se desenvuelve en el ámbito espacial de vigencia del estado al que pertenece, si no que puede desarrollarse en territorio extranjero o con bienes ubicados en otro estado

Nuestro código civil federal en sus artículos 12 al 15 establece reglas en la aplicación del ámbito espacial de validez de las normas en el caso concreto.

En la antigüedad se aplicó el sistema de la personalidad de la ley, y por lo tanto los súbditos de cada soberano llevaban la ley a cualquier lugar donde se dirigían, aplicándoseles ese derecho. El sistema de la personalidad de la ley que se aplicó en el Derecho Romano subsistió durante la invasión bárbara.

La ley es aprobada y sancionada se da a conocer  a quienes deben cumplirla, se publica. A partir de cierto momento se inicia su vigencia

Existen dos sistemas de iniciación de la vigencia:

1º. SUCESIVO

Lo consagra el artículo 3º. Del C. Civil. Las leyes, reglamentos, circulares, etc., obligan y surten sus efectos 3 días después de su publicación  en el diario oficial. En los lugares  distintos del que se publique el D. oficial se necesita un día más por cada 40 km o fracción que exceda de la mitad (Art. 3º. Código Civil).

2º. SINCRONICO

Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general fija del día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día con tal de que su publicación haya sido anterior (Art. 4º. Del Código Civil)

El lapso comprendido entre el momento de la publicación y aquel en la que la norma entra en vigor recibe el nombre de VACATIO LEGIS.

Es un término racional para que se conozcan las normas y por tanto para que se cumplan. Por ello se dice que la ignorancia de las leyes debidamente promulgadas no sirve excusa y a nadie aprovecha (Art. 21 C. Civil)

FIN DE LA VIGENCIA DE LA LEY

Los ordamientos se expiden para satisfacer determinadas exigencias sociales. Para que una norma o una ley en conjunto deje de ser derecho vigente, es indispensable que se extinga su vigencia. Las normas son abrogadas o derogadas. Los términos abrogación y derogación expresan la idea a la ley de su fuerza.

ABROGACIÓN:

Por abrogar se entiende quitar totalmente su fuerza a la ley. (Art. 9o. del C. Civil)

DEROGACIÓN:

Por derogar se entiende suprimir o modificar  solamente algún o algunos preceptos de la ley. (Art. 9o. del C. Civil)

Tanto la abrogación como la derogación pueden ser expresas o tácitas:

EXPRESA: Cuando en la nueva ley se declara que la antigua queda privada de su fuerza obligatoria.

TACITA: Cuando la nueva ley contiene preceptos contradictorios respecto de la anterior o bien indica, por su materia, que substituye a la antigua.

PROBLEMA DE LA RETROACTIVIDAD DE LA LEY

Al entrar en vigor una ley, lógicamente se piensa que debe aplicarse a aquellas situaciones que se presenten después y no antes de su vigencia. Ahora bien, ¿puede aplicarse una ley a aquellos actos realizados antes de que entrara en vigor?

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