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Analisis básico Del Liberalismo, Absolutismo, Federalismo Y Centralismo


Enviado por   •  14 de Marzo de 2014  •  2.743 Palabras (11 Páginas)  •  893 Visitas

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El Liberalismo

El liberalismo es un sistema filosófico, económico y político que promueve las libertades civiles y se opone a cualquier forma de despotismo. Constituye la corriente en la que se fundamentan tanto el Estado de derecho, como la democracia representativa y la división de poderes.

Aboga principalmente por:

• El desarrollo de las libertades individuales y, a partir de éstas, el progreso de la sociedad.

• El establecimiento de un Estado de derecho, donde todas las personas sean iguales ante la ley, sin privilegios ni distinciones, en acatamiento de un mismo marco mínimo de leyes que resguarden las libertades y el bienestar de las personas.

El liberalismo surgió de la lucha contra el absolutismo, inspirando en parte en la organización de un Estado de derecho con poderes limitados, que idealmente tendría que reducir las funciones del gobierno a seguridad, justicia y obras públicas, y sometido a una constitución, lo que permitió el surgimiento de la democracia liberal durante el siglo XVIII, todavía vigente hoy en muchas naciones actuales, especialmente en las de Occidente. Al promover la libertad económica, el liberalismo despojó de las regulaciones económicas del absolutismo a las sociedades donde pudo aplicarse, permitiendo el desarrollo natural de la economía de mercado y el ascenso progresivo del capitalismo.

Características:

Sus características principales son:

• El individualismo, que considera al individuo primordial, como persona única y en ejercicio de su plena libertad, por encima de todo aspecto colectivo.

• La libertad como un derecho inviolable que se refiere a diversos aspectos: libertad de pensamiento, de expresión, de asociación, de prensa, etc., cuyo único límite consiste en no afectar la libertad y el derecho de los demás, y que debe constituir una garantía frente a la intromisión del gobierno en la vida de los individuos.

• El principio de igualdad entre las personas, entendida en lo que se refiere a diversos campos jurídico y político. Es decir, para el liberalismo todos los ciudadanos son iguales ante la ley y ante el Estado.

• El derecho a la propiedad privada como fuente de desarrollo e iniciativa individual, y como derecho inalterable que debe ser salvaguardado y protegido por la ley.

• El establecimiento de códigos civiles, constituciones e instituciones basadas en la división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), y en la discusión y solución de los problemas por medio de asambleas y parlamentos.

• La tolerancia religiosa en un Estado laico.

El Absolutismo

Absolutismo es la denominación de un régimen político, un periodo histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado (el Estado absoluto), propios del Antiguo Régimen; caracterizados por la pretensión teórica (con distintos grados de realización en la realidad) de que el poder político del gobernante no estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina.

Es un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejercicio del poder (legislación, administración y jurisdicción) se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por debajo; lo que implica la identificación de la persona del rey absoluto con el propio Estado. No debe confundirse con el totalitarismo, concepto propio de la Edad Contemporánea.

El oscuro origen etimológico del término "absolutismo" incluye (además de su relación con el verbo absolver) la expresión latina princeps legibus solutus est ("el príncipe no está sujeto por la ley"), original de Ulpiano, que aparece en el Digesto, y que fue utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer el poder real en el contexto de la recepción del derecho romano durante la Baja Edad Media.

Algo más tarde, el jurisconsulto Balde (Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bártolo), usa la expresión poder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder ordinario de los nobles. La utilización del término se generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo, como ocurría en la débil monarquía castellana de Enrique IV "el Impotente", cuya cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: “E yo de mi propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...”

Según Bobbio, en términos kantianos, el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a sus súbditos solamente derechos y ningún deber (coactivo); el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de una ley que él mismo haya elaborado, ya que está desligado del respeto a la ley popular (populum legis)". Esta definición sería común a todos los iusnaturalistas, como Rousseau o Hobbes.

A pesar de que la autoridad del rey está sujeta a la razón, y justificada en último extremo por el bien común, explícitamente se niega la existencia de ningún límite externo ni ningún tipo de cuestión a sus decisiones; de modo similar a como la patria potestad se ejerce por el pater familias (el rey como "padre" de sus "súbditos" -paternalismo-). Tales justificaciones imponen de hecho el carácter ilimitado del ejercicio del poder por el rey: cualquier abuso puede entenderse como una necesidad impuesta por razón de Estado.

El absolutismo se caracteriza por la concentración de poderes; no hay ninguna división de poderes como la que definirá la monarquía limitada propia de las revoluciones liberales. El poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo son ejercidos por la misma autoridad: el rey como supremo magistrado en todos los ámbitos. Rex, lex (o, en francés le Roi, c'est la loi, a veces expresado como "la palabra del rey es la ley"); sus decisiones son sentencias inapelables, y al rey la hacienda y la vida se ha de dar.

El poder tiene un carácter divino, tanto en su origen como en su ejercicio por el propio rey, que queda sacralizado. La teoría del derecho divino del poder real (monarquía de derecho divino o absolutismo teológico) nació en el último cuarto del siglo XVI, en el ambiente de las guerras de religión de Francia.

Aunque en Europa la divinización del monarca nunca llegó tan lejos como en el despotismo oriental (que identificaba al rey con el mismo Dios), el rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales; no sólo en las surgidas de la Reforma protestante, sino en las monarquías católicas, que supeditan en gran medida a la propia Iglesia católica a través del regalismo, aunque las relaciones entre Iglesia y Estado son altamente complejas.

Temporalmente, la época del absolutismo es la del Antiguo Régimen, aunque no puedan identificarse totalmente como monarquías absolutas las de finales de la Edad Media y comienzos de la Edad Moderna, para las que la historiografía utiliza el concepto de monarquía autoritaria. El modelo más acabado de absolutismo regio fue el definido en torno a Luis XIV, rey de Francia a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XVIII.

La Ilustración del siglo XVIII convivió con un absolutismo que fue definido como despotismo ilustrado. El absolutismo sobrevivió a las revoluciones burguesas o revoluciones liberales de finales del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX, hasta que la revolución de 1848 acabó con la Santa Alianza que desde el Congreso de Viena (1814) había impuesto la continuidad de los reyes "legítimos" restaurándolos en sus tronos incluso contra la voluntad de sus propios pueblos ("Restauración" del absolutismo). El Imperio ruso mantuvo la autocracia zarista hasta la Revolución de febrero de 1917.

El Federalismo

El federalismo es una doctrina política que busca que una entidad política u organización esté formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos) que se asocian delegando algunas libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía (estado federal o federación) y que conservan una cierta autonomía, ya que algunas competencias les pertenecen exclusivamente. En otras palabras, es un sistema político en el cual las funciones del gobierno están repartidas entre un grupo de estados asociados, primeramente, que luego delegan competencias a un estado federal central.

Principales características del federalismo o estado federal:

Para entender mejor el federalismo existen cuatro características esenciales, así como principios y procesos operacionales que son comunes en un sistema federal:

a) Constitución escrita. También conocida como carta magna, una necesidad de las democracias que forman federaciones para regular los principios por los que se regirá el gobierno, pues si estas tuvieran que actuar sin un cuerpo de leyes específico produciría enfrentamientos.

b) División territorial. El federalismo está constituido por la división de poderes sobre la base geográfica de cada territorio.

c) Descentralización. En un sistema federal existe tanto un gobierno central como unidades de gobierno inferiores al central, tomando decisiones cada uno respecto a la provisión de ciertos servicios públicos en sus respectivas jurisdicciones geográficas.

d) Suprema Corte de Justicia. Para contrarrestar la rigidez de la constitución escrita, se requiere la acción judicial para que interprete dicha constitución y se puedan efectuar cambios necesarios.

El Centralismo

El centralismo es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro. El centralismo es un modelo de gobierno en el que las decisiones políticas se toman desde el gobierno central. Durante el siglo XXI ha estado en declive esta forma de gobierno sobreviviendo sólo en Francia donde ha tenido una gran tradición, así como en varios países latinoamericanos. La doctrina de los centralistas es el centralismo. Esta corriente del pensamiento está vinculada a la centralización política o administración de un territorio.

La noción de centralismo, por lo tanto, refiere a un sistema de organización estatal en el cual las decisiones del gobierno proceden de un único centro, sin tener en cuenta a los diferentes pueblos que afectan. Esto quiere decir que el gobierno central es el responsable de las decisiones políticas.

Es posible distinguir entre el centralismo puro y el centralismo desconcentrado. El centralismo puro es el modelo que apuesta por la unidad administrativa, política y territorial. En él, el poder central dicta todas las normas y gestiona los servicios vinculados a la administración del país. El centralismo puro se justifica a partir de la necesidad de mantener la unidad y la cohesión nacional. El centralismo desconcentrado, por su parte, se basa en el traspaso de la titularidad de una competencia de un órgano administrativo a otro órgano de la misma administración pública, pero independiente jerárquicamente.

Se conoce como centralismo democrático al modelo de organización de los partidos marxistas-leninistas, que combinan el centralismo en la toma de las decisiones con la democracia para maximizar la eficacia. El centralismo democrático, en este sentido, se opone a la burocracia y a las formas de organización de otros partidos marxistas. Las decisiones del centralismo democrático se discuten en órganos de diferentes jerarquías, donde los debates circulan de abajo hacia arriba y viceversa. Esto supone que, aunque la decisión se tome en la jerarquía superior, el intercambio de opiniones posibilita la participación de las bases en el poder.

Análisis Comparativo de los Sistemas de Gobierno arriba Estudiados

Los sistemas de gobierno up supra expuestos son en sí la clasificación más idónea mediante la cual podemos definir el gobierno humano a través de las diferentes épocas de la historia. Ahora bien, podemos ver claramente que existen dos pares de estos sistemas que son lo completamente opuestos entre sí; como es el caso de los sistemas liberal y absolutista, y de los sistemas federal y centralista.

Ahora bien, en primer lugar abordaremos las diferencias estructurales entre los sistemas absolutista y liberal. En primer lugar, el vulgo general considera que el sistema absolutista se origina en la monarquía; sin embargo, los orígenes del absolutismo como sistema de gobierno se origina en sistemas de gobiernos tan antiguos como el Imperialismo Romano. Sin embargo, el absolutismo mayormente se logra observar en la monarquía absoluta.

El sistema de gobierno monárquico se basa en unos principios fundamentales; la autoridad del gobierno se delega en una persona, que en la monarquía se denominaba Rey, si hay acepción de personas, en el aspecto que el Rey era una suerte de ungido de Dios y por ente ostentaba una divinidad, la cual lo hacía superior al resto de sus súbditos, basado en este principio, el sistema absolutista tenía una fuerte influencia religiosa, siendo la religión mezclada de forma homogénea con el gobierno, como uno solo; una de las características más importantes y resaltantes de este sistema es precisamente el de la soberanía, la cual reside exclusivamente en el Rey, la cual es transmitida directamente por mandato divino según los establecimientos de este sistema de gobierno.

Por otra parte, el sistema liberal establece un régimen de gobierno en el cual la soberanía reside en el pueblo, la cual la ejerce mediante los diferentes poderes públicos, en el liberalismo no hay acepción de persona, es decir, todos somos iguales ante la Ley, el establecimiento del poder religioso fue separado del poder público o gubernamental, a pesar de que la religión mantiene una influencia, más de carácter moral y de influencia de las masas, el sistema de gobierno se constituye en Laico con respeto no obstante al poder religioso.

A consecuencia del cambio estructural de 180 grados que constituyó el sistema de gobierno liberal en comparación con el absolutista, fueron creados poderes que se regulan entre sí, siendo estos principalmente los poderes Ejecutivo (gobierno como tal), Legislativo (parlamento) y Judicial (Corte Suprema y tribunales de justicia). Ahora bien, esto dio como consecuencia que la autoridad repose en todas estas instituciones, trabajando estas a su vez para el ciudadano común, quien repito, es el soberano en este sistema de gobierno.

En otro orden de ideas, podemos establecer diferencias entre dos sistemas de gobierno diametralmente opuestos, los cuales son el sistema de gobierno Centralizado y el sistema de gobierno Federal.

En primer lugar, el Centralismo se basa en que las decisiones de gobierno deben ser tomadas por un gobierno central exclusivamente; hay que destacar que esta doctrina tiene una variación en cuanto a su aplicación, ya que, existe el centralismo puro, el cual se apega estrictamente al concepto antes expuesto, es decir, trata que un gobierno central administre meramente al país sin ceder mayor competencia a organizaciones de gobierno más pequeñas dentro del territorio de la república, como los estados

Por ejemplo; mientras que existe un centralismo mayormente aceptado denominado centralismo democrático, en el cual el gobierno central cede autoridad ejecutiva a las divisiones político territoriales existentes en su nación (entiéndase nuevamente como estados, municipios, provincias, cantones, entre otras), pero siempre con dominio ejercido por el gobierno central.

En contraposición, existe el sistema federal de gobierno, el cual consiste en la aplicación del poder de forma descentralizada en las diferentes divisiones político administrativas de forma autónoma, no obstante con la existencia del estado federal, el cual es representante del conjunto de divisiones político territoriales denominado Nación o Estado Nacional. El sistema federal de gobierno concede competencias de autonomía funcionarial ejecutiva, legislativa y judicial a cada uno de los estados, pero siempre bajo la autoridad del poder federal, el cual tiene competencias específicas de interés nacional, como la soberanía y defensa de la nación por ejemplo, pero respetando el desenvolvimiento de los diferentes estados encontrados bajo el gobierno federal.

Visto el análisis antes escrito, ya podemos discernir claramente que centralismo no es lo mismo que absolutismo (como el vulgo común tiende a confundir), en el absolutismo todos los poderes (ejecutivo, legislativo, judicial y cualquier otro) recaen sobre una persona o autoridad (llámese Rey, Emperador, entre otros), mientras que el centralismo trata de simplemente centralizar en un gobierno nacional los poderes que ya han sido distribuidos mediante la implementación del sistema de gobierno liberal; es decir, los poderes separados horizontalmente arriba citados sean ejercidos por un gobierno nacional único, pero el cual debe su autoridad al pueblo y no recae directamente sobre el gobernante.

Ahora bien, en nuestro pensamiento debe llegar de forma automática el caso del sistema dictatorial de gobierno; en sistema cae, en el liberal o absolutista; cabe destacar que dicho gobierno tiene corte absolutista; el cual sin embargo puede ser disfrazado de liberal; por ejemplo, gobiernos dictatoriales como los de Juan Vicente Gómez o Marcos Pérez Jiménez profesaban un sistema de gobierno liberal porque ambos contaban con las instituciones que el sistema liberal propone, como el Parlamento o la Corte Suprema de Justicia; sin embargo en la realidad, el gobierno era absolutista, ya que todos esos entes eran controlados a su capricho por un gobierno central.

Viendo esto, y aclarando aún más las marcadas diferencias entre los cuatro (04) sistemas de gobierno arriba analizados, podemos llegar a una conclusión básica; los sistemas de gobierno centralista y federal pueden darse únicamente en sistemas de gobierno de corte liberal, ya que, existe implícitamente una separación de poderes; mientras que en absolutismo no hay lugar para separación de poderes o político territorial alguna porque la autoridad reside en un solo hombre.

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