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Articulo Peru


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  225 Visitas

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Artículo 23°

.El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan .El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo.

Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie está obligado a prestar trabajo son retribución o sin su libre consentimiento

COMENTARIO

Según la Constitución, el Estado debe brindar protección especial a tres grupos de trabajadores

1. A la madre, para asegurar que en caso de que esté embarazada tenga una desacuerdo tratamiento laboral, como también para garantizar que la madre de familia tenga ciertas consideraciones adicionales, para el beneficio de sus hijos.

La protección a la madre trabajadora se da atreves de la legislación previsional, principalmente debiéndose mencionar entre otros, al subsidio por la lactancia, el descanso pre y post natal, así como el premiso por la lactancia materna durante el primer años de edad de hijo.

2. Al menor de edad, evitando cualquier tipo de explotación por su condición de tal.

El trabajador menor de edad, se encuentra sujeto a reglas especiales relacionadas con el tipo de actividad y la jornada de trabajo. Las reglas en referencia se encuentran en el código de los niños y adolescentes. El trabajo de los menores de edad no puede estar sujeto a restricciones tales que dificulten dicha contratación. La Constitución de 1979 no hacía mención alguna a un régimen de protección prioritaria para los trabajadores menores de edad. Solamente señalaba que laley determinaría las condiciones de trabajo de las mujeres y menores

3. Al minusválido- en este espacio se comprende a los poseen limitación o retraso mental-

Tratando de compensar la desventaja comparativa frente al trabajador con sus plenas potencialidades. La declaración sobre la protección del Estado al impedido que trabaja ha sido objeto de incorporación por la Constitución vigente. Debemos tener presente que, en términos generales, la legislación no se ha preocupado por la situación de los impedidos. Es posible que ello se haya debido a la falta de tradición guerrera de nuestro país y a su intervención en pocos conflictos bélicos. Lospaíses que mayor sensibilidad han mostrado por los impedidos han sido justamente aquellos que cuentan con un fuerte contingente de veteranos de guerra y se han visto obligados a recompensarlos con beneficios yconocimientos

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