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CODIGO DE HAMMURABI


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2013  •  Síntesis  •  18.415 Palabras (74 Páginas)  •  485 Visitas

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CODIGO DE HAMMURABI

SOCIEDAD

El vértice social lo ocupan el rey y los altos dignatarios (a menudo de aspecto funcionarial). No hay casta guerrera ni sacerdotal.

Awilu ("hombres"). Propietarios libres de pleno derecho. Forman consejo y asambleas. Sirven en el ejército.

Mushkenu (> 'mezquinos'). No propietarios. Sin derechos plenos. Meros habitantes en inferioridad jurídica. Tienen voz en las asambleas pero en la realidad no tienen influencia.

Wardu ("siervos", "esclavos"). Proceden de condenas judiciales, de nacimiento, de la guerra, de la venta de niños. Mayoría de siervos públicos, escasos privados. Su estatus es bastante reificador pero pueden recuperar la libertad. El amo no posee derecho de vida y muerte, pero sí al castigo. Tiene posibilidad de peculio y de matrimonio. Los hijos de esclavo y mujer libre son libres (no consta el caso inverso)

JUSTICIA PENAL

Penas en función del delito y de la condición social de las partes implicadas.

Ley del talión, multas, mutilaciones. Existe la pena de muerte. No consta la exigencia de prestaciones de trabajo personal (corveas). Recurso al juicio divino (ordalía).

Tendencia a sustituir el derecho directo a la venganza por la intervención del sistema público de justicia.

MATRIMONIO. FAMILIA

Monogamia atemperada (concubinato, derecho masculino al repudio).

Régimen patriarcal y patrilocal. La mujer posee capacidad jurídica, derecho a divorcio, propiedad de dote ('seriktum') que es para sus hijos (salvo maltrato o divorcio). Si comete adulterio, la pierde (y también la vida, salvo perdón marital). Puede administrar bienes del marido ('nudunnum') si éste consiente. Protección y respeto a la viuda, que ejerce potestad sobre los hijos (aunque sin poder de vida o muerte).

No consta la institución del primogénito. Parece legalmente indiferente el estatus social a la hora del casamiento. Fuertes penas al matrimonio entre consanguíneos próximos. No aparece regulado el adulterio masculino. Comunidad matrimonial de bienes, en evitación de la dispersión. Las deudas de un cónyuge afectan al otro. El desheredamiento no es posible salvo grave causa.

Matrimonio legal: "Terhatum" (arras), "biblum" (regalo) y boda efectiva.

Ley 1: Si uno ha acusado y ha embrujado a otro y no puede justificarse, es pasible de muerte.

Ley 2: Si uno embrujó a otro y no puede justificarse, el embrujado irá al río, se arrojará; si el río lo ahoga, el que lo ha embrujado heredará su casa; si el río lo absuelve y lo devuelve salvo, el brujo es pasible de muerte y el embrujado tomará su casa.

Ley 3: Si uno en un proceso ha dado testimonio de cargo y no ha probado la palabra que dijo, si este proceso es por un crimen que podría acarrear la muerte, este hombre es pasible de muerte.

Ley 4: Si se ha prestado un testimonio semejante en un proceso de trigo y plata, recibirá la pena de este proceso.

Ley 5: Si un juez ha sentenciado en un proceso y dado un documento sellado (una tablilla) con su sentencia, y luego cambió su decisión, este juez será convicto de haber cambiado la sentencia que había dictado y pagará hasta 12 veces el reclamo que motivó el proceso y públicamente se le expulsará de su lugar en el tribunal y no participará más con los jueces en un proceso.

Ley 6: Si uno robó el tesoro del dios o del palacio, recibirá la muerte y el que hubiere recibido de su mano el objeto robado, recibirá la muerte.

Ley 7: Si uno compró o recibió en depósito, sin testigos ni contrato, oro, plata, esclavo varón o hembra, buey o carnero, asno o cualquier otra cosa, de manos de un hijo de otro o de un esclavo de otro, es asimilado a un ladrón y pasible de muerte.

Ley 8: Si uno robó un buey, un carnero, un asno, un cerdo o una barca al dios o al palacio, si es la propiedad de un dios o de un palacio, devolverá hasta 30 veces, si es de un muskenun, devolverá hasta 10 veces. Si no puede cumplir, es pasible de muerte.

Ley 9: Si uno que perdió algo lo encuentra en manos de otro, si aquel en cuya mano se encontró la cosa perdida dice: "Un vendedor me lo vendió y lo compré ante testigos"; y si el dueño del objeto perdido dice: "Traeré testigos que reconozcan mi cosa perdida", el comprador llevará al vendedor que le vendió y los testigos de la venta; y el dueño de la cosa perdida llevará los testigos que conozcan su objeto perdido; los jueces examinarán sus palabras. Y los testigos de la venta, y los testigos que conozcan la cosa perdida dirán ante el dios lo que sepan. El vendedor es un ladrón, será muerto. El dueño de la cosa perdida la recuperará. El comprador tomará en la casa del vendedor la plata que había pagado.

Ley 10: Si el comprador no ha llevado al vendedor y los testigos de la venta; si el dueño de la cosa perdida ha llevado los testigos que conozcan su cosa perdida: El comprador es un ladrón, será muerto. El dueño de la cosa perdida la recuperará.

Ley 11: Si el dueño de la cosa perdida no ha llevado los testigos que conozcan la cosa perdida: Es culpable, ha levantado calumnia, será muerto.

Ley 12: Si el vendedor ha ido al destino (ha muerto), el comprador tomará hasta 5 veces en la casa del vendedor del objeto de la reclamación de este proceso.

Ley 13: Si este hombre no tiene sus testigos cerca, los jueces fijarán un plazo de hasta 6 meses; si al sexto mes no ha traido sus testigos, es culpable y sufrirá el castigo de este proceso.

Ley 14: Si uno robó el hijito de un hombre libre, será muerto.

Ley 15: Si uno sacó un esclavo o esclava del palacio, un esclavo o esclava de un muskenum, será muerto.

Ley 16: Si uno alberga en su casa un esclavo o esclava prófugos del palacio o de un muskenum, y no lo hace salir al requerimiento del mayordomo, el dueño de casa será muerto.

Ley 17: Si uno capturó en el campo un esclavo o esclava prófugos y lo llevó a su dueño, el dueño del esclavo le dará dos siclos de plata.

Ley 18: Si este esclavo se niega a dar el nombre de su amo, se lo llevará al palacio y su secreto será allí develado, y se lo devolverá al amo.

Ley 19: Si uno guarda al

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