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Codigo Civil Napoleonico


Enviado por   •  2 de Julio de 2014  •  2.551 Palabras (11 Páginas)  •  343 Visitas

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INTRODUCCION

En el inicio de los estudios de derecho es importante conocer el origen de las leyes que actualmente nos rigen y de las cuales vamos a hacer uso durante todo el ejercicio de la carrera, igual que una persona necesita conocer su origen, su descendencia, su pasado igual es importante descubrir como evolucionaron las ideas que dieron luz al derecho moderno tal y que hoy por hoy tenemos como futuros abogados saber, por eso es importante también conocer como se fueron formando estas leyes.

Indudablemente la revolución francesa marca un hito en la historia de la humanidad en el aspecto económico, político-social. Formando desde entonces un hecho con muchos precedentes.

En este informe explicaremos cómo surgió la idea, quien fue el gestor, que características contienen y resaltan y finalmente cuáles fueron los aportes que dejaron para la humanidad.

ORIGEN DEL CODIGO CIVIL NAPOLEONICO

SITUACIÓN HISTÓRICA.

Hay que comenzar dando un brevísimo repaso histórico sobre la codificación, y su concepto.

Tiene su origen en la corriente compiladora de leyes que inundaba la Europa ilustrada de finales del siglo XVIII, donde prácticamente no se estilaba el derecho escrito, tan solo se recogían puntualmente normas vigentes en un momento determinado.

La codificación es pues, una idea más amplia y ambiciosa, ya que trata de reunir todas las leyes de un país o, al menos, las que pertenecen a una misma rama del derecho. Así, se ha definido un Código Civil, como un cuerpo de leyes racionalmente formado y asentado sobre unos principios armónicos y coherentes, que recoge de la tradición jurídica y aquello que debe ser conservado y que da cauce a las ideas y aspiraciones de todo signo vigente en la época que se realiza.

Por tanto, el fenómeno compilador se consolida en el siglo XIX y nace con el Código de Napoleón, precursor pues de la codificación moderna del derecho.

Todo esto anidaba en la mente del más tarde Emperador, cuando ascendió al consulado. Y es que la situación del derecho, no sólo en Francia, en todas partes, era sumamente caótica.

1. EL NACIMIENTO DEL CÓDIGO.

Efectivamente, en la Francia revolucionaria convivían muchos códigos regionales con otros tantos tribunales autónomos; se calcula que podrían existir más de 14.000 decretos, todos vigentes y acumulados a lo largo de siglos de monarquía absoluta, muchos de los cuales se contradecían unos a otros. Como dijo Napoleón a Talleyrand: «Somos una nación con 300 códigos de leyes pero sin leyes»; le parecía urgente realizar una compilación. Además, se habían producido intentos fracasados anteriormente, ya durante el período revolucionario.

Por todo ello, el Código sufrió un parto bastante difícil. Su redacción inicial fue encargada a una comisión de cuatro expertos. Los debates duraron varios meses y, tras los dictámenes positivos de las instancias judiciales (Corte Superior y Corte de Casación), el texto fue elevado al Consejo de Estado, presidido por el propio Napoleón, quien participó activamente en los debates: de más de doscientas sesiones que se precisaron, presidió más de cincuenta, aportando vivazmente sus más profundas convicciones, e insistiendo para que tuviera una redacción sencilla y comprensible para todos.

Su tramitación parlamentaria no estuvo exenta de arduos debates y reparos, pero finalmente fue aprobado, en parte también por la insistencia y empeño del Cónsul.

Así, el 20 de marzo de 1804, fue promulgado en su integridad, bajo el título de Code civil des Français. Posteriormente, en 1807, fue reimpreso oficialmente con el nombre de Code Napoleón, que aún sigue vigente como Ley de Francia, con las lógicas modificaciones para adaptarlo a los nuevos tiempos.

GESTACION DEL CODIGO CIVIL FRANCES:

Antes de la Revolución Francesa, durante el Antiguo Régimen y su legislación real, existió siempre en Francia el problema de ciertas contradicciones entre las leyes regionales. Básicamente, existían dos tipos de Derechos en Francia: al norte, el Derecho de Costumbres, herencia del derecho germano, y al sur, el Derecho Escrito, herencia del Derecho Romano. Cada provincia o región se manejaba con sus propias leyes, producto de las costumbres tradicionales. Como los reyes nunca tuvieron la facultad de modificar las leyes regionales, la unificación legislativa fue siempre difícil de llevar a cabo. Estaba además el Derecho Canónico y las Ordenanzas Reales. En 1665 Luis XIV había nombrado una Comisión de Codificación, sin llegar a concretar su objetivo. En el siglo XVIII se produce un movimiento de interés general hacia el derecho civil francés: Jean Domat publica "Lois Civiles dans leur ordre naturel", y cerca de 1750 Robert-Joseph Pothier, ilustre jurisconsulto de Orleans, publica su Pandectae Justinianae donde hace un profundo estudio de las leyes del emperador romano Justiniano, y luego se interesa por el derecho francés, comparando las leyes de costumbres con las escritas, y creando una conciencia de unificación.

Al arribar la Revolución Francesa, Jean-Jacques Régis de Cambacérès presenta 3 proyectos de Código Civil a las Asambleas Revolucionarias, en 1793, 1794 y 1796. Algunos artículos se ponen en vigencia, pero el proyecto general es dilatado y estancado, por las revueltas internas y las guerras con Austria y Prusia.

Napoleón llega al poder como Primer Cónsul en el golpe de estado del 18 Brumario (1799), y luego de pasar las turbulencias revolucionarias, logra un período de tranquilidad y estabilidad en el cual el proyecto de Código Civil se retoma.

El 14 de Agosto de 1800 Napoleón designa una comisión de 4 juristas para redactar el cuerpo del código, bajo la dirección de Cambacérès, entonces 2º Cónsul de Concordato. Sabiamente, a dos de ellos los trae de la región del derecho escrito, en el sur, y los otros dos son traídos de la zona del derecho de costumbres (Paris y norte de Francia, excepto Alsacia).

Jacques de Maleville y Jean Etienne Marie Portalis son expertos en el Derecho Escrito. Félix Julien Jean Bigot de Préameneu y François Denis Tronchet son expertos en Derecho de Costumbres

El trabajo de redacción y aprobación del Código Civil llevó 3 años y medio hasta su aprobación en Marzo de 1804. Se hicieron cerca de 107 sesiones

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