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Comparación entre la adopción en Roma y República Dominicana


Enviado por   •  18 de Febrero de 2019  •  Ensayos  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  221 Visitas

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Pese a que consisten en lo mismo poseen características, requisitos y prerrogativas un tanto diferentes.

Dentro de las diversas diferencias que hay entre ambos, podemos encontrar el caso de que, en Roma las mujeres no podían adoptar ya que se trataba de crear patria potestad y las mujeres no poseían dicha característica, sin embargo, en la República Dominicana las mujeres si pueden adoptar como es el caso de las viudas, luego de que junto a su conyugue haya iniciado el proceso de adopción y haya fallecido, también se podría, siempre y cuando la persona soltera hayan tenido la responsabilidad de la crianza, cuidado y educación de un niño, niña y adolescente. También está el caso de que en Roma los hombres castrados no tenían el derecho ni la potestad de adopción, “porque no pueden procrear, y la adopción que por ellos se hiciera no cumpliría el requisito de imitar a la naturaleza”, en cambio en República Dominicana si podría adoptar una persona castrada si podría adoptar, a pesar de no encontrar información sobre esto en el derecho dominicano, pero por interpretación y opinión personal pienso que no sería causa de prohibición, si cumple con los demás requisitos no habría problema.

Otra característica que pude observar es que, en Roma una persona no podía adoptar hasta no cumplir 60 años o más, en cambio en República dominicana es muy diferente, ya que la edad de adopción esta entre los 30 y 60 años, es decir, tiene que tener 30 o más y menos de 60 años para poder llevar el proceso de adopción.

Claro no solo tiene diferencias también tiene similitudes, en cuanto al concepto y también el hecho de que ambos son reconocidos por las autoridad competente, es decir, por el estado y sus instituciones correspondiente.

En Roma la adopción solo tenía importancia en una sociedad aristocrática donde la voluntad del jefe influye sobre la composición de la familia. Actualmente para la adopción simple no es necesario ser padre de familia.

Otra de las similitudes que poseen en común la adopción de aquella época en Roma y la Actual de República Dominicana es que, la ley136-03 establece que, para poder adoptar debe ser un hombre y una mujer a pesar de no estar casado pero si teniendo una convivencia constante, por lo menos 5 años, partiendo de esta pauta podemos asimilar que, una pareja homosexual no puede adoptar, a pesar de no encontrar documento que confirme esto podemos decir por simple lógica, conociendo un poco la cultura romana de aquella época, que tampoco era permitido llevar a cabo el proceso de adopción entre parejas del mismo sexo. “la pareja dominicana, formada por un hombre y una mujer, cuando demuestren una convivencia ininterrumpida por lo menos de cinco (5) años”

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