Banco Central Republica Dominicana
v00120 de Noviembre de 2012
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Banco Central como entidad rectora:
Banco central de la Rep. Dom. :
El Banco Central de la República Dominicana es una institución creada en 1947, con plena autonomía consagrada en la Constitución de la República Dominicana, con domicilio en Santo Domingo de Guzmán, capital de la república.
El Banco Central de la República Dominicana fue creado el 9 de octubre de 1947, de conformidad con la Ley Orgánica No.1529, e inició sus operaciones el 23 de octubre del mismo año, instituyéndose como una entidad descentralizada y autónoma. En la actualidad se rige por la Ley Orgánica No. 6142 del 29 de diciembre de 1962 y sus modificaciones.
Su misión es: Garantizar la estabilidad de precios, la apropiada regulación del sistema financiero y el adecuado funcionamiento de los sistemas de pagos, actuando como ente emisor y ejecutor de la política monetaria y cambiaria, de acuerdo con las atribuciones que la Constitución y las leyes le confieren.
Valores Institucionales:
•Identificación con la misión institucional,
•Efectividad y eficiencia,
•Calidad,
•Lealtad,
•Probidad,
•Integridad,
•Transparencia,
•Discreción,
•Responsabilidad,
•Respeto,
•Disciplina,
Funciones principales:
1. Ejecutar las políticas monetaria y cambiaria, de acuerdo con el Programa Monetario aprobado por la Junta Monetaria mediante el uso de los instrumentos establecidos en la Ley Monetaria y Financiera
2. Emitir billetes y monedas de curso legal en la República Dominicana.
3. Compilar, elaborar y publicar las estadísticas de la balanza de pagos, del sector monetario, Sector Real y financiero, y otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
4. Administrar eficientemente las reservas internacionales del país, a fin de preservar su seguridad, asegurar una adecuada liquidez y al mismo tiempo una eficiente rentabilidad.
5. Administrar el Fondo de Contingencias establecido por la Ley Monetaria y Financiera, así como el Fondo de Consolidación Bancaria creado por la Ley de Riesgo Sistémico.
6. Realizar la supervisión y liquidación final de los sistemas de pagos, así como del mercado interbancario.
7. Proponer a la Junta Monetaria los proyectos de reglamentos monetarios y financieros en materia monetaria, cambiaria y financiera.
8. Analizar el sistema financiero dominicano en su conjunto, estimando su nivel de riesgo sistémico, y diseñar y proponer las medidas de regulación que se desprendan de dichos análisis y estimaciones.
9. Imponer sanciones por deficiencia en el encaje legal, incumplimiento de las normas de funcionamiento de los sistemas de pagos u otras sanciones establecidas en la Ley Monetaria y Financiera.
10. Contrarrestar toda tendencia inflacionaria.
11. Regular el sistema financiero nacional con las garantías y limitaciones establecidas.
12. Promover la liquidez y solvencia del sistema bancario de la Nación.
13. Crear las condiciones para mantener el valor externo y la convertibilidad de la moneda nacional.
14. Efectuar las operaciones de cambio que ponen a su cargo las leyes vigentes y/o las resoluciones que a tal efecto dicte la Junta Monetaria.
15. Realizar otras funciones que le sean atribuidas por la Ley
El banco central posee dos funciones muy importantes dentro del sistema económico de un país. El primero de ellos es preservar el valor de la moneda y mantener la estabilidad de precios, para ello su principal herramienta es el manejo de las tasas de interés. Cuando se utilizaba el patrón oro, el valor de los billetes emitidos por el banco central estaba expresado en términos del contenido de este metal (usualmente oro), el cual el banco trataba de mantener en
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