Conceptos De Derecho Romano
Shinigamipp26 de Septiembre de 2011
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• Ius et fas
El concepto de ius hace referencia al Derecho, entendiendo por este “el conjunto de leyes creadas por el hombre” (Lex Humana). El concepto fas se refiere a las normas religiosas, consideradas de procedencia divina (Lex Divina). (Normas sacramentales)
• Praecepta iuris
Los preceptos jurídicos expresan aquello que el Derecho exige a todos los individuos y que, según Ulpiano, pueden resumirse en tres aspectos:
• Vivir honestamente.
• No dañar a otros o no lesionar los intereses de los demás.
• Dar a cada quien lo suyo.
• Justicia y equidad
Según Ulpiano la justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde. La equidad es la aplicación del Derecho al caso concreto, individualismo la consecuencia normativa.
• Jurisprudencia
Era la actividad realizada por los jurisconsultos sobre la base de su habilidad técnica y jurídica cuyas respuestas a cuestionamientos prácticos integraron una fuente formal del Derecho.
• Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo
El Derecho Objetivo es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de los individuos, en un lugar y tiempo determinado; Derecho Subjetivo es la facultad que tiene una persona para hacer o no hacer todo aquello que no implique una obligación propia.
• Derecho Civil y Derecho Honorario
El Derecho Civil, en comparación con el Derecho Honorario, era el conjunto de disposiciones emanadas de todas las fuentes formales del Derecho con excepción de los edictos de los magistrados. El Derecho Honorario era el conjunto de disposiciones emanadas de los Edictos de los Magistrados.
• Derecho Civil y Derecho de Gentes
El Derecho Civil, frente al Derecho de Gentes, era el conjunto de normas creadas y aplicadas dentro de los límites territoriales de Roma. El Derecho de Gentes era el conjunto de normas que tuvieron aplicación en un tiempo y espacio geográfico determinado, es decir, no era exclusivamente Romano.
• Derecho Civil y Derecho Natural
El Derecho Civil, frente al Derecho Natural, era el conjunto de disposiciones, que tenían aplicación práctica. El Derecho Natural, eral el conjunto de normas ideales, que sin tener aplicación practica, debían inspirar al creador de la norma jurídica.
• Derecho Publico y Derecho Privado
El Derecho Publico, es el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento de los órganos del Estado, así como las relaciones de estos entre si y con los particulares. Derecho Privado es el conjunto de normas jurídicas que regulan relaciones familiares y patrimoniales de los particulares entre si.
• Derecho Taxativo y Derecho Dispositivo
El Derecho Taxativo esta compuesto por normas cuyos efectos no pueden modificarse por la voluntad de los particulares, toda vez que no admiten pacto en contario. Derecho Dispositivo esta compuesto por normad que suplen la voluntad de los particulares, cuando esta no se manifiesta, ya que admiten pacto contario.
• Derecho Consuetudinario y Derecho Escrito
El Derecho Consuetudinario es aquel que emana de la costumbre, es decir, de la conducta reiterada en sociedad. Derecho Escrito es aquel que, derivado de alguna fuente formal del Derecho se plasma en textos, como leyes, código, elementos, etc.
• Derecho Real y Derecho Personal
El Derecho Real es el poder que se ejerce sobre una cosa para obtener de ella el grado de aprovechamiento que el titulo legal permita y que es oponible a todos los demás. Derecho Personal, también llamado de crédito, es la facultad que tiene una persona llamada acreedor de exigir a otra persona llamada deudor el cumplimiento de una prestación que puede consistir en dar, hacer o no hacer.
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