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Constitucional ¿Qué es el Derecho Constitucional?


Enviado por   •  16 de Abril de 2018  •  Apuntes  •  7.964 Palabras (32 Páginas)  •  84 Visitas

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APUNTES DERECHO CONSTITUCIONAL

ENERO 24

¿Qué es el Derecho Constitucional?

Es la rama del derecho público que se encarga de establecer el funcionamiento del estado y la protección de los derechos. La constitución tiene dos partes la orgánica (funcionamiento del estado) y la de derechos fundamentales (derechos y garantías). 

¿Será que el Derecho constitucional es únicamente el estudio de la constitución? No, porque dentro de él se abarcan otras temáticas, que, si bien están relacionadas con la constitución, van más allá, como el Estado, el poder, el gobierno, etc.

El derecho constitucional se encarga de estudiar la constitución y la constitución se encarga del funcionamiento y protección de derechos. 

Autores duros de constitucional: Loewestein y Schmitt. El primero habla de la cratología (el estudio del poder), dice que el derecho constitucional se encamina del estudio del poder, a racionalizarlo. 

La función última del derecho constitucional es racionalizar y limitar el poder, de que las instituciones sepan que pueden hacer y hasta donde. Delimitan el poder y garantizan derechos. 

Hay temas que no le interés el derecho y por eso no son regulados, solo lo relevante es regulado. El Derecho surge de lo qué pasa en la sociedad. El derecho constitucional funciona diferente, pues no lleva a cabo un tema de observación para ver cómo funciona la política, este derecho funciona al revés, pues el Derecho constitucional debe ir adelante de lo qué pasa en la política. Es decir, el derecho constitucional busca controlar el poder antes de que se pueda dar un abuso, es ideal. 

El derecho constitucional estudia la Constitución (la cual se encarga del funcionamiento del Estado y la protección de los derechos). El derecho constitucional según Lowenstein se encarga de racionalizar y limitar el poder

ENERO 29

Definición de Constitución

Lasalle nos da una primera visión de qué es la Constitución. Él tiene un texto que se llama: ¿qué es la Constitución? 

La Constitución no se define por si es escrita o formal, pues los dos son constituciones, toca ser más general. La constitución formal, es aquella que sigue una manera formal para su creación. Esa constitución es norma cuando se expidió de la manera que se debe expedir de acuerdo con el reglamento y por el órgano pertinente (órgano legislativo), si hay vicios de consentimiento o forma, no se expide. Para que una norma sea norma debe estar en el diario oficial (donde están todas las leyes). 

La constitución material está referida al contenido. Las normas tienen varias formas de presentarse: un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica, desde el punto de vista material está norma es norma civil si regula relaciones entre los sujetos; por esto es el contenido que determina que es una norma a esto se refiere la constitución material. La constitución es constitución cuando en su contenido tiene temas de una constitución. 

¿Cómo se cuándo algo es Constitución o no?

Desde una visión material porque tiene derechos, principios, deberes, garantías (parte dogmática), parte orgánica, que ve la estructura del estado. 

La constitución de Estados Unidos solo habla del funcionamiento, los derechos están en las enmiendas (las 14 primeras).

Nuestra constitución es constitución desde el punto de vista material.

Desde el punto de vista formal la constitución requiere un trámite especial, por eso una ley es diferente a la constitución. 

La constitución es norma suprema. Lasalle dice que la constitución es norma suprema porque es fuerza activa. Martínez dice que la Constitución no es norma suprema, dice que la constitución es la ley fundamental, pero no toda ley fundamental es constitución, por lo que no toda norma suprema es Constitución, esto se podría explicar a través del siguiente ejemplo: la ley orgánica 5 del 92 regula el funcionamiento del congreso, la constitución solo regula los parámetros básicos. Otro ejemplo son las leyes estatutarias que tienen un carácter especial que tienen que ver con la organización de partidos políticos y derechos fundamentales. El punto es que esas leyes tienen que ver con derechos y funcionamiento y no son constitución, por eso no es posible decir que lo que hace una constitución es constitución si es norma suprema. 

Lasalle dice que si es norma de normas y eso quiere decir que es fuerza activa y dice que pensemos en un país, por ejemplo, Colombia, y dice que, si se incendia el palacio de justicia donde se quema todos los documentos incluyendo la constitución original, ¿el presidente podría decir que cambiemos el estado, su modelo de gobierno? No se puede porque la constitución es fuerza activa, y esa fuerza me lo prohíbe. 

Lasalle dice que la constitución es la suma de los factores reales de poder y es en virtud de esa suma, es fuerza activa. 

La constitución es constitución por la legitimidad, que significa un acuerdo con el pueblo, pues las instituciones dependen del pueblo. 

El concepto de legitimad está ligado al de contrato. La legitimidad viene del pueblo y el estado hace un contrato social con el pueblo para dar una constitución, no es tanto un contrato sino un pacto. Hobbes decía que el hombre es lobo para el hombre (cada uno vela por sus intereses), eso es un estado de naturaleza, el estado ahí surge como un contrato para proveer protección a las personas, el contrato es recíproco uno da un poco de libertad y le dan protección, pero uno no puede hablar de la constitución como contrato, porque la constitución busca garantizar derechos y no limitarlos para recibir un beneficio, entonces debe verse como un pacto porque en un pacto se pueden cambiar las reglas de juego, en un contrato no. 

En los pactos si existe un consenso, en un contrato uno solo firma. Desde la constitución existe el estado, no hay constitución antes del estado. 

La constitución es constitución desde que tiene un procedimiento especial para la constitución. 

ENERO 31

PREGUNTAS QUIZ

El profesor respondió las preguntas del quiz, y dijo: 

  1. De la lectura del doctor Rodrigo se puede extraer que existen dos conceptos de Constitución: a. El concepto inglés de Constitución y b. El concepto americano de Constitución. Tanto en la Constitución inglesa como en la americana, existe un punto en común y es que ambas son fundamentales. La constitución inglesa no se constituye por un único documento, mientras que la americana, sí. Otra diferencia es el carácter escrito de la Constitución americana y el carácter no escrito de la inglesa. 

    Pero, por más de que una Constitución sea de carácter escrito o no escrito, lo importante para determinar cuándo un documento es Constitución es con base en su contenido o sabiendo de dónde surge.

    La Constitución inglesa surgió de unos documentos antiguos llamados 
    charters, pero más allá de eso, hay algo más importante y es las constituciones como pactos. La gran diferencia entre el concepto de Constitución inglés y americana, es que la americana es un pacto y es el resultado de la voluntad de hombres libres (porque surge de un acuerdo entre el pueblo), y ese acuerdo se ve representado en la Constitución.

    La Constitución americana se da en un contexto donde los americanos se encontraban regidos bajo las leyes de Inglaterra, y al ver que esas leyes les fallaron, decidieron desconocer la corona inglesa (porque no se sentían representados por ella), y ellos como hombres libres configuraron un pacto, de donde surgió la Constitución. Mientras que, la Constitución inglesa se da bajo un contexto donde ya existía un monarca, y al final no nace de un acuerdo entre hombres libres, sino que, se buscó con la Constitución inglesa limitar el poder a quien ya detentaba el poder. 

    Para sintetizar, en la Constitución inglesa ya existía un poder constituido y se buscó limitarlo, en cambio, en la Constitución americana no existía un poder y el mismo pueblo creó un acuerdo para establecer como se iba a crear ese poder, estructurar y limitar. Una surge de un pacto (la americana), y otra del 
    common law (la inglesa. Significa el derecho común, porque el derecho inglés encuentra su base en las tradiciones y costumbres inglesas y eso es lo que se convierte en ley fundamental -donde ese fundamentalismo se justifica en la historia-). La soberanía popular, surge de los Estados Unidos y es porque fue el pueblo quien decidió, cuáles eran sus normas fundamentales, mientras que el carácter de soberanía en Inglaterra, reside en el parlamento, porque es pueblo que elige el parlamento, pero este último es quien hace las leyes y quien es el primer ministro. 

    Actualmente, la mayoría de Constituciones surgen de pactos (como la de Colombia, España y Corea del sur).
  2. Para Loewenstein, la finalidad de la Constitución es establecer instituciones que limiten el poder. Loewenstein se dedica a la cratología (estudio del poder) y dice que el telos de la Constitución debe ser la limitación y estructuración del poder, por esto dice que constituciones como las de Etiopía, no son propiamente Constitución, pues esta dice que todo el poder reside en el emperador, y al esto generar abuso, no es Constitución.
  3. Para Hermann Hesse, la finalidad de la Constitución es perseguir la unidad política del Estado, pues la Constitución debe buscar unir los diferentes intereses que hay en la sociedad, para esto, es necesario una cooperación social (pues antes se creía que la sociedad y el Estado, debían estar separados, pero deben trabajar conjuntamente), y para que se dé esa cooperación social, es necesario un orden y ese “orden”, es un ordenamiento jurídico y ese ordenamiento jurídico solo lo dan leyes fijas que establecen una estructura del Estado, es decir, la Constitución. 

    Cuando Hesse habla de la unidad política del Estado como finalidad de la Constitución, pareciera como si solamente tuviera en cuenta el tema de la estructura del Estado (de aquellos objeto de la Constitución), y omitiera el tema de la protección y garantía de derechos, pero Hesse es enfático y dice que unidad política del Estado no solo hace referencia a limitación del poder, estructuración del Estado, sino que el Estado debe verse desde una perspectiva de que está compuesto de personas y en ese sentido Estado y sociedad juegan un papel importante, donde al final, perseguir la unidad política va a ser, estructurar el Estado y garantizar los derechos a la sociedad (que está inmersa en la unidad política del Estado).

    Algo importante de Hesse es que dice que la Constitución siempre va a ser un documento incompleto y esto es porque la Constitución al final es un acuerdo entre la comunidad, y en la Constitución se plasma lo que la comunidad considera de carácter fundamental, en ese sentido la Constitución no está llamada a regular todos y cada uno de los aspectos, sino solo regulará aquellos que en el pacto son considerados como fundamentales, eso es lo que busca la Constitución.

Conclusión de las 3 lecturas: Es posible construir un concepto de Constitución con base en las 3 lecturas.

 

05 DE FEBRERO

Clasificación de las Constituciones

Su importancia es que nos ayuda a entender los distintos tipos de constituciones y reforzar el tema del contenido (qué comprende una Constitución).

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