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DERECHO ROMANO


Enviado por   •  19 de Mayo de 2014  •  23.462 Palabras (94 Páginas)  •  179 Visitas

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1. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO:

Conjunto de normas y principios que rigieron la conducta del pueblo Romano desde la fundación de Roma en el año 753 a.C hasta la compilación realizada por el emperador Justiniano en el siglo VI d.C, año 565.

Þ En sentido propio: abarca el estudio de las instituciones jurídicas romanas que hacen al Derecho Privado.

Þ En sentido estricto: el Derecho Romano no significó que finalizara luego de Justiniano. En la parte oriental del Imperio continuará si vigencia, no sólo por nuevas disposiciones legales, sino que además por escritos doctrinarios y recopilaciones. Esta labor en la “Segunda Roma” (la de Constantinopla, luego de la caída de la ciudad de Roma) durará hasta el saqueo de aquella en el año 1453. A su vez en la parte occidental, se prolongará su vigencia, gracias a los nuevos estudios realizados por los Glosadores y Postglosadores, convirtiéndose durante mucho tiempo en el ius commune de los pueblos europeos, e influyendo luego en la tarea de codificación emprendida en los tiempos modernos y actuales.

2. ETAPAS EN LA HISTORIA DEL DERECHO ROMANO:

1. DERECHO ANTIGUO O QUIRITARIO: (Quirites es la vieja denominación que se daban a sí mismos los romanos) desde la fundación de Roma, el 753 a.C hasta el año 130 a.C.

1. DERECHO ROMANO CLÁSICO: que abarca entre el 130 a.C hasta el 230 d.C. Dentro de la cual podemos distinguir:

1º. Etapa Preclásica: durante la República, años 130 – 30 a.C

2º. Etapa del derecho Clásico Central: años 30 a.C – 130 d.C

3º. Etapa del derecho Clásico Tardío: 130 d.C – 230 d.C

1. DERECHO ROMANO POST-CLÁSICO: que va desde el 230 d.C al 530 d.C, fecha en la cual podemos ubicar la compilación justinianea, que se continuará hasta la muerte de Justiniano (565 d.C).

3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ROMANO: IUS Y DERECHO:

Según la función sintáctica:

Ius es el equivalente de derecho

Iure de acuerdo al derecho

Iuris de derecho

Iuri que es para el derecho

Iura plural de ius y significa los derechos

Generalmente la palabra ius es traducida como “Derecho”. Sin embargo, los romanos no hablaban de derecho sino de ius. Este vocablo vincula de una manera más directa lo jurídico con la iustitia. De ahí que en forma muy amplia podemos establecer que ius = “lo justo”.

En cambio, la palabra “derecho” (deriva del latín directum) alberga un sentido moralizante, en el sentido de que la conducta justa es aquella que sigue el camino recto. Comenzará a ser empleada por los autores cristianos de la época tardía del Bajo Imperio, siglos IV y V. A partir de allí la palabra que se va a utilizar la palabra Derecho.

4. DIVERSAS ACEPCIONES DE LA PALABRA IUS:

La palabra ius fue teniendo diversos significados:

1. En la época primitiva tiene un carácter fuertemente ritual de los actos y negocios jurídicos. Como una persona o cosa alcanza un valor máximo u óptimo por medio de la realización de ritos jurídicos que imponía el derecho.

2. En la época clásica adquiere un sentido más complejo, como lo es la búsqueda de las soluciones de justicia en cada caso específico. De ahí la célebre definición de Celso (hijo): “el ius es el arte de los bueno y lo equitativo”

3. 3. En la última época, sobre todo con Justiniano, la palabra ius (o mejor los iura) hace referencia a las sentencias y opiniones de los jurisprudentes, dotado de fuerza legal, significará “lo justo obligatorio”. Aproximándose a la concepción posterior de Derecho.

5. EL FAS:

En la época de Derecho Antiguo se emplea la palabra fas que alude a lo religioso. En Roma, estos términos ius y fas son sinónimos, porque el ius estaba íntimamente relacionado con la religión. Las reglas dictadas por el hombre, es decir el ius, se van a confundir con las normas divinas, el fas.

El ius entonces se distingue del fas como lo justo religioso o lo que se considera conforme a la voluntad de los dioses. El derecho divino tiene por objeto lo justo religioso.

Para que un comportamiento humano, en la época del Derecho Antiguo, fuera justo debería analizar si este comportamiento se ajustó a las reglas de Derecho Humano (comprendidas por el ius) y a las normas de Derecho Divino (el fas).

Con la influencia religiosa, el fas pasa a existir en el ámbito de lo permitido por los dioses. Deja de influir sobre el ius.

El ius adquiere el valor de ordenamiento jurídico humano.

La mentalidad romana pasa a aislar los ritos y preceptos del ius de lo que eran las normas religiosas y morales. El Derecho Romano se va a fundamentar en las costumbres de los antepasados, las mores maiorum.

La interpretación y estudio de estas normas, en la época del Derecho Antiguo, el ius y el fas estaban a cargo de los religiosos de los Pontífices y que en su mayoría eran Patricios. Ellos decían si la conducta había sido justa o injusta. Los que terminaban perjudicados eran los Plebeyos, porque la ley en una primera época no esta escrita y podían caer en arbitrariedades. Surgen conflictos entre Patricios y Plebeyos al no estar la ley escrita. Hasta que los Plebeyos consiguen la promulgación de la primera ley escrita llamada Ley de las XII Tablas.

La expresión Fast est hace alusión al fundamento natural y divino, que debe ser espetado por el ius. De ahí que no aparezca enfrentado, sino unido a éste. Así, en la expresión Ius fasque est, para referirse a algo que resulta obligatorio por estar establecido por el ius y fundamentado por el fas.

Iustitia:

Ulpiano la define como “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo jurídico”. La función de los Prudentes de discernir lo equitativo de lo inocuo, debía actuar con equidad.

Iurisprudencia:

Iuris quiere decir derecho y prudencia quiere decir sabiduría o experiencia previsora.

Definida como el conocimiento de las cosas divinas y humanas con la ciencia de los justo y lo injusto.

Jurisconsulto:

Era

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