Derecho Romano, Las Obligaciones, Parte 1.
atorrico25 de Noviembre de 2012
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Concepto de las Obligaciones.
1) Concepto de la Obligaciones.
Son un vínculo derecho real que pueden conceptualizarse desde dos puntos de vista.
a) Desde el punto de vista del Deudor, es un vínculo por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar algo a alguien.
b) Desde el punto de vista del Acreedor es el vínculo por el cual podemos exigir a otra persona la entrega de una cosa o el cumplimiento de una prestación.
Elementos de la Obligaciones
a) Por el sujeto: Este elemento se refiere exclusivamente a la existencia de una pluralidad de sujetos activos (acreedores), relacionados a la existencia de una pluralidad de sujetos pasivos (deudores). Y en algunos casos ambas situaciones al mismo tiempo.
b) Por el Objeto: El objeto es la prestación, y puede consistir en un:
• Dare: es la prestación que consiste en la trasmisión de una propiedad o un derecho real desde el deudor al acreedor.
• Facere: comprende cualquier actividad que deba el deudor al acreedor sin trasmisión de derecho real o propiedad.
• Prestare: en un sentido es toda obligación que no implica Dare o Facere, Ejemplo la garantía, que entra en juego ciando el deudor no paga.
Vínculo.
Es el elemento de la obligación que constituye el derecho jurídico mediante el cual se relacionan Deudor y Acreedor.
a) Nexum (derecho antiguo): Al momento de contraer la obligación el deudor se somete al acreedor, antes de que la obligación se extinga. Termina cuando el acreedor se daba por satisfecho. En Roma se daba en la relación desigual entre Patricios y Plebeyos.
b) Sponcio: se daba solamente entre Patricios. El deudor se comprometía cuando el vinculo sea haga exigible.
La Lex Poetelia Papiria
Permite atenuar la responsabilidad del cuerpo del deudor, para permitirse en cambio, la ejecución del patrimonio.
2) Obligaciones de Derecho Estricto y buena fe.
Se refiere específicamente al papel que puede ejercer un juez ante la existencia de un conflicto en la obligación.
a) Estricta: cuando el juez sentencia por si o por no.
b) Buena Fe: cuando antes de dictar sentencia el juez analiza las circunstancias del caso (evicción).
Obligaciones Civiles y Naturales
a) Civiles: Son aquellas que están protegidas por una acción que permite al acreedor reclamar judicialmente el cumplimiento del deudor.
b) Naturales: Son aquellas que no estando protegidas por una acción, permitían al acreedor retener el pago voluntario, son ejemplo de ellas las nacidas de contratos celebrados entre personas sujetas a patria potestad o por esclavos.
La Solutio Retentio:
Es el derecho de retener lo pagado cuando la acción prescribe.
2) Determinadas e Indeterminadas.
a) Determinadas: Se refiere al concepto de obligación con determinación de objeto específico.
b) Indeterminadas: se refiere al concepto de obligación de objetos genéricos.
c) Alternativas: son aquellas que tienen por objeto una entre varias prestaciones independientes entre si que se determinan en el momento del pago. Ejemplo, pagar 50 escudos o entregar un esclavo, el deudor puede elegir.
d) Facultativas: son aquellas en que el deudor se obliga al cumplimiento de una prestación relevándose la facultad de liberarse con otra posibilidad. Ejemplo, pagaras con el fundo, reservándote la posibilidad de liberarse pagando 100 escudos.
e) Divisibles: cuando las obligaciones pueden ser cumplida por etapas. (ganancia de un año).
f) Indivisibles: cuando no puede ser cumplido por etapas. (estatua).
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