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Derecho Romano


Enviado por   •  31 de Octubre de 2013  •  325 Palabras (2 Páginas)  •  271 Visitas

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Capacidad Jurídica

También denominada capacidad de derecho o de goce, es la aptitud de ser titular de sus derechos, por el simple hecho de ser persona natural o jurídica.

Capacidad de Obra

Es la capacidad del ejercicio la cual está sujeta a una determinada madurez de la persona. Es necesario que el individuo sea normal síquicamente y pueda reflexionar de modo que sea capaz de cuidar de sí mismo y de sus intereses.

Patrimonio

El patrimonio es el conjunto de valores pecuniarios (es decir pertenecientes al dinero en efectivo) positivo o negativo, perteneciente a la misma persona. Económicamente el patrimonio es la diferencia entre el pasivo y el activo. El patrimonio es un concepto principalmente monetario, por lo tanto puede ser objeto de negociaciones jurídicas.

Toda persona posee patrimonio, incluso cuando no posee bienes, de acuerdo al principio de unidad patrimonial, se tiene un solo patrimonio. Así el patrimonio es una noción intelectual y intangible. Como la universidad jurídica, cuando una persona muere, su patrimonio pasa a sus herederos. También es posible decir que una persona no posee bienes pero tiene patrimonio.

Atributos de la personalidad

Nombre: En las personas naturales corresponde al conjunto de letras palabras que sirven para identificar e individualizar a una persona. En las personas morales normalmente corresponde a la Razón Social.

Capacidad: Entendiéndose estas en las personas naturales como la aptitud legal para adquirir derechos. En las personas jurídicas se refiere a la posibilidad de ser representada judicial y extrajudicialmente.

Domicilio: En las personas naturales hace referencia al lugar de permanencia del individuo, En las personas jurídicas al lugar físico donde tiene su administración.

Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con un Estado determinado.

Patrimonio: En las personas naturales son el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente. En las jurídicas son los medios que les permiten realizar sus fines.

Estado civil: Único atributo exclusivo de las personas naturales, consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia y respecto de la sociedad.

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