Derecho Romano
danielin95042 de Noviembre de 2013
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El derecho romano es el conjunto de normas que rigió los destinos de Roma desde el siglo VIII a. C hasta el siglo VI d. C. Más concretamente, es el ordenamiento jurídico por el que se rigió la comunidad romana desde la fundación de la ciudad, atribuida por la tradición a Rómulo, en el año 754 – 753 a. C, hasta la muerte del emperador Justiniano en la parte iruetal del Imperio, en el año 565 d. C.
Etapas
Época arcaica
Comienza con la fundación de la ciudad de Roma en el siglo VIII a. C. por Rómulo, que sería el primer rey. La monarquía o “regnum” Sería la forma política imperante durante dos siglos y medio. A la monarquía habría sucedido la República que tendría una vigencia de seis siglos, de los cuales los primeros ciento cincuenta años podrían encuadernarse dentro de esta época primitiva, que suele considerarse concluida con la publicación, en los años 450 - 451 a. C. de las normas jurídicas entonces en vigor, que se englobarían en el código de las XII tablas, Aasí denominado por contener en 12 tablas de bronce o madera los preceptos jurídicos vigentes aplicables a los ciudadanía.
En esta época, roma se rige, en buena medida por imperativos religiosos en atención a que es la casta sacerdotal quien crea, interprea y aplica el derecho de la época. Derecho, religión y moral se encuentran entrelazados y en parte mezclados y sólo con el paso de los siglos se produce, de forma progresiva, la separación de las respectivas esferas.
Época preclásica o republicana
La forma de gobierno en la República, comienza con la publicación del código de las XII tablas y abarca hasta el 27 a. C en el que se le conceden a Augusto poderes excepcionales que pueden considerarse radicalmente contrarios al modelo republicano.
El código de las XII tablas (451 – 450 a. C) contiene las líneas generales de las organización política y de la convivencia ciudadana. Las novedades fundamentales de las XII tablas son la publicidad, lo que supone una garantía ciudadana, antes inexistente, de objetividad, certeza y seguridad jurídica y por otra parte la igualdad ante la ley de los patricios y plebeyos.
Las doce tablas contienen una serie de preceptos generales que requerían de la interpretación creadora que realizan los magistrados jurisdiccionales, denominados pretores y los juristas que son a partir de este momento, cada vez en mayor medida laicos que actúan al margen de colegio sacerdotal de los pontífices.
Época clásica o del principado
Comprende desde la concesión de poderes excepcionales a Augusto en el año 27 a. C hasta mediados del siglo III d. C. En el que la fórmula política autoritaria del principado evoluciona hacia la fórmula totalitaria del imperio absoluto. Se considera esta época clásica para el Derecho en el sentido de modélica, ejemplar o digna de ser imitada en atención a las obras de los juristas caracterizadas por su depurada técnica jurídica.
Época postclásica
Comprende desde la segunda mitad del siglo III d. C. hasta la invasión de Roma por pueblos germanos o bárbaros en el año 476 de nuestra era, en relación con el imperio de occidente y hasta el siglo VI en relación con el imperio de oriente.
A fines del siglo IV d. C se produce la división del imperio romano en dos partes cual ordena la recopilación del Derecho Romano anterior, que se conoce con el nombre de cuerpo de Derecho civil (corpus iuris civilis) y que abarca todo las ramas del derecho, se divide en cuatro partes.
Instituciones 533 d. C libro para la enseñanza inspirado en las instituciones de Gayo, así como en las de Florentino, Marciano, Paulo, Ulpiano. Compuesto por 4 libros: Personas, cosas, sucesiones y obligaciones. No se conoce la fuente porque el emperador aparece hablando en primera
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