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EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL


Enviado por   •  14 de Enero de 2012  •  1.209 Palabras (5 Páginas)  •  2.774 Visitas

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“EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL”

ÉPOCA PREHISPÁNICA

En la época prehispánica los pueblos autóctonos tenían un Derecho Consuetudinario cuyas fuentes principales fueron la costumbre, las sentencias de los sacerdotes y reyes, los pactos colectivos y las alianzas.

Los diversos aspectos de la vida se regían por la costumbre, que se consideraba inviolable. Las normas que de ella emanaban eran unánimemente aceptadas y tenían un alto contenido social, en virtud de que la idiosincrasia del pueblo se configuraba alrededor del concepto de hombre como ser social, lo que implicaba una idea deservicio relativo a cada individuo, de aquí que los conceptos de persona, autoridad y jerarquía surgían de la idea de supeditar al individuo a los intereses de la colectividad.

Este Derecho aceptaba el principio jerárquico establecido por la costumbre. Entre la diversidad y jerarquía de normas que exigieron resaltar las “Ochenta Leyes” o de Netzahualcóyotl, de aplicación general.

Entre los antiguos mexicanos las personas nacían libres, pero por determinadas circunstancias podían ser vendidas por sus padres o enajenar su propia libertad.

La base primordial de su organización era la familia, que servía de modelo para la estructura del Estado.

La nobleza era hereditaria. La organización familiar de la nobleza tenía como base el matrimonio. Existía la poligamia, ya que según la capacidad económica del hombre, éste podía tener varias mujeres, todas ellas legítimas y sus hijos nacían libres y legítimos. El adulterio era severamente condenado. Se distinguían los grados de parentesco por afinidad y por consanguinidad. Se prohibía el matrimonio entre parientes. Existía la sucesión legítima y la libertad para testar.

Había tres tipos de propiedad: la del rey, de los nobles y de los guerreros; la del ejército, de los dioses y de ciertas instituciones públicas y, por última, la de los pueblos.

Los contratos eres verbales y se conocieron: compraventa, aparcería, prenda, fianza, mutuo, comisión, alquiler y el contrato de trabajo.

De esta época muy poco ha trascendido a nuestro sistema jurídico civil indígena, excepto lo que ha prevalecido a través de las costumbres, la organización familiar y la tenencia de la tierra, en los grupos que aún se conservan vestigios de las culturas autóctonas.

ÉPOCA COLONIAL

En la época colonial se trasplantaron los ordenamientos de la metrópoli: las Leyes de Toro, la nueva y Novísima Recopilación, y supletoriamente el Ordenamiento de Alcalá, las Siete Partidas, el Fuero Real y el Fuero Juzgo, las que se adecuaron muchas veces a los usos indígenas. Asimismo, con el sometimiento a la religión cristiana se aplicaron los ordenamientos que regulaban las relaciones privadas, en especial las familiares y que eran ley por virtud de la voluntad imperial; se impusieron con carácter de obligatorios los mandamientos del Concilio de Trento, resultado de la Contrarreforma, los cuales fueron ley en España y sus colonias desde 1654.

Durante esta época se promulgó la “Recopilación de las Leyes de Indias” y la “Real Ordenanza de Intendentes”, con aplicación exclusiva en las colonias española.

ÉPOCA INDEPENDIENTE

Con la independencia política del país se vive una verdadera confusión jurídica, en razón de la ruptura del estado de cosas vigente y, por consiguiente, de las disposiciones españolas, las que siguieron aplicándose desordenadamente dentro del nuevo contexto en transformación, que por una diversidad de causas no permitían la creación de una normatividad propia capaz de reemplazar las Leyes de la metrópoli por leyes nacionales.

En el caso del Derecho Civil, siguió aplicándose como Derecho propio en las disposiciones que no se oponían al carácter autónomo de la nueva nación, lo que creó conflictos

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