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EVOLUCIÓN HISTORICA DE LAS IDEAS PENALES


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  1.982 Palabras (8 Páginas)  •  2.903 Visitas

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MATERIA. DERECHO PENAL

MAESTRO. LIC. JOSÉ SANCHEZ

ALUMNO: EDGAR IGNACIO GUTIÉRREZ CALVILLO

TEMA. EVOLUCIÓN HISTORICA DE LAS IDEAS PENALES

5 DE OCTUBRE DE 2012

INDICE

1.- INTRODUCCION………………………………..Pag. 3

2.- LA VENGANZA PRIVADA O DE SANGRE…..Pag. 4-6

3.- LA VENGANZA DIVINA……………………..…Pag. 7

4.- LA VENGANZA PÚBLICA…………………….. Pag. 8

5.- EL PERÍODO HUMANITARIO………………... Pag. 9

6.- EL PERÍODO CIENTIFICO……………………. Pag. 10

4.- BIBLIOGRAFIA. …………………………………Pag. 11

1.- INTRODUCCIÓN

El Derecho Penal tiene una evolución interesante. La evolución se puede centrar en prácticamente dos elementos: quien sanciona, quien determina que se sanciona y como se sanciona.

Durante las tres primeras etapas giran en torno a estas variantes: que, quien y como sancionar. Las otras dos etapas tienen claro que es el Estado el que determina que castigar, es el mismo Estado el que sanciona y el que determina como sancionar.

Las ideas penales a las que nos referimos son principalmente dos el delito y la pena.

Hay que aclarar que esta evolución no ha sido igual en tiempo y espacio. Esto es, existen lugares en donde las ideas penales no se han transformados y no hay avances, se siguen aplicando o considerando ideas arcaicas.

Por otra parte, existen lugares en donde la evolución ha traído como consecuencia no solo evolución si no polarización de las ideas.

2.- LA VENGANZA PRIVADA O DE SANGRE

Nos ubicamos en los albores del hombre, esto es, cuando la caza y la pesca son sus principales actividades de sobrevivencia.

En estos momentos, las controversias se resuelven de forma simple: el más fuerte siempre impone sus pretensiones, la ley del más fuerte. No existen mecanismos ni instituciones ni sujetos que tengan la potestad de resolver los conflictos entre los sujetos.

En muchas ocasiones lo que encontramos es que solamente se busca satisfacer un deseo de venganza. Esto es una aplicación de la ley del talión: ojo por ojo, diente por diente.

A esta etapa también se le denomina “venganza de sangre”.

Como su nombre lo indica, es el sujeto o el particular quien ejerce este derecho, él es quien se encarga de ejecutar y llevar a cabo su acto vengativo; no interviene tercero alguno, ya sea particular o público. La medida en cómo lleva a cabo su venganza este particular no siempre es equitativa en relación a los hechos que la generan, es decir, el daño que genera no es igual al que se recibió

La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida obtiene satisfacción mediante otro acto violento. A esta etapa se le conoce como época bárbara.

Podía ser individual (personal) o familiar (grupal), dependiendo si la ejercía un particular o un grupo de personas que se protegen.

El hombre en lo individual, frente a situaciones de conflicto que se le presentaban, derivado de la acción de otro, reaccionando de manera directa con una respuesta personal; en tanto que en grupo el castigo máximo era la expulsión, por colocar al infractor en situaciones de absoluto abandono y convertirla en propia víctima.

Sin embargo en ocasiones los vengadores al ejercitar su reacción, se excedían causando muchos males mayores a los recibidos, teniendo necesidad de limitar la venganza.

Fueron dos las limitantes que se impusieron:

El talión, que deriva del latín talis que significa el mismo o semejante, cuya fórmula es ojo por ojo, diente por diente, rotura por rotura. Reconocía al ofendido el derecho de causar un mal de igual intensidad al sufrido.

En la actualidad existe algo parecido en el Código Penal Federal, precisamente en el delito de Calumnia que señala en su numeral 356 señala: “El delito de calumnia se castigará con prisión de seis meses a dos años o multa de dos a trescientos pesos, o ambas sanciones a juicio del juez:

I.- Al que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;

II.- Al que presentare denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido; y

III.- Al que, para hacer que un inocente aparezca como reo de un delito, ponga sobre la persona del calumniado, en su casa o en otro lugar adecuado para ese fin, una cosa que pueda dar indicios o presunciones de responsabilidad.

En los casos de las dos últimas fracciones, si el calumniado es condenado por sentencia irrevocable, se impondrá al calumniador la misma sanción que a aquel”.

Así mismo en la Constitución se aprecia otro ejemplo al imponer la pena de muerte en el artículo 22 que señala en su párrafo cuarto: “Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar”.

La composición o rescate de derechos de venganza se da por medio del pago hecho por el ofensor, en animales, armas o dinero. Era en un principio voluntario y se convirtió en obligatorio y legal.

Había composición Wergeld que era la suma abonada al ofendido o a su familia y la composición Fredo era la suma recibida por el estado como una

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