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El Cabildo

kariithObtrTesis17 de Noviembre de 2013

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6) El Cabildo

Fue una de las primeras instituciones que España llevó a América. Fueron el trasplante a América de los municipios españoles de la Edad Media, los cuales eran cuna y defensa de las libertades populares. Los cabildos eran instituciones urbanas que existían en Castilla. Apenas los españoles fundaban una ciudad, se creaba el cabildo. Eran entidades importantísimas, porque representaban a la comunidad y derivaban su nombramiento de ésta, y -caso único- no del rey (debe recordarse que todos los nombramientos los hacía personalmente el rey). El cabildo se ocupaba del gobierno de las ciudades.

Títulos y jerarquía

Jerarquía en la Administración Colonial española

Durante los primeros tiempos de la conquista era corriente que capitanes exploradores, descubridores y conquistadores usaran el título de adelantado. Ejemplos de ellos fueron Vasco Nuñez de Balboa, adelantado del Mar del Sur, en 1514; Pedro de Alvarado, en 1527, adelantado, gobernador y capitán general de Guatemala; Diego de Almagro en 1535, adelantado, gobernador y capitán general de Nueva Toledo (Chile).

El título de adelantado iba asociado con el de gobernador y capitán general, porque a quienes se les otorgó el título, generalmente se les encomendó la exploración, descubrimiento y conquista de un determinado territorio.

Estos gobernadores, llamados "lugartenientes” generalmente tuvieron la facultad de repartir las tierras y los solares, otorgar encomiendas de indios, dictar ordenanzas y ejercer la jurisdicción civil y criminal; en síntesis, la suma del poder. Tenían funciones y atribuciones muy parecidas a las del virrey. Eran nombrados por el rey, en consecuencia eran su representante personal. Su jefe inmediato era el virrey, pero podía dirigirse directamente al rey cuando lo considerar necesario.

Una vez que la Corona intervino en las Indias y dio una nueva estructura e instituciones de gobierno, las gobernaciones se mantuvieron con carácter de subordinadas a los virreyes, con lo cual perdieron la iniciativa y se transformaron sólo en órganos administrativos que repetían, en jurisdicciones más pequeñas, las funciones de gobierno ejecutivo que el virrey cumplía en la zona de residencia del virreinato. Esta dependencia, aunque mantuvo la norma de un gobernador nombrado por el rey, implicó que, en determinados casos, este nombramiento pudiese ser realizado por el virrey.

Lo mismo pasó con el cargo de capitán general, primero asociado de adelantado y gobernador, y más tarde, reservado para algunos gobiernos con zonas dominadas por indígenas guerreros y rebelados con proliferación de corsarios, piratas o filibusteros en sus costas.

El cargo de presidente tenía directa relación con todas las Audiencias en las cuales era ejercido por los virreyes o por los gobernadores. Sin embargo, adquiría especial importancia en las Audiencias subordinadas o presidenciales.

Durante el siglo XVIII, a raíz de las reformas introducidas por la nueva dinastía de los Borbones, se creó el cargo de intendente, institución de origen francés, implantada y experimentada previamente e España desde 1749. Este funcionario, que sustituyó a gobernadores y corregidores, recibió facultades relacionadas con el gobierno, la hacienda y los asuntos militares y de justicia.

El oidor era nombrado por el rey y actuaba en la administración colonial a través de la Audiencia. Un oidor debía recorrer la provincia con el fin de controlar la realización del buen gobierno del territorio. Asesoraba al virrey como consultor sobre materias de gobierno.

El corregidor era el funcionario que representaba la autoridad real y presidía el Cabildo. Además administraba justicia en las ciudades pequeñas. Existían, también, los corregidores de indios que tenían autoridad sobre la población indígena, actuando como policías y controlando el régimen de trabajo.

http://www.profesorenlinea.cl/chilehistoria/ColoniaGobAdminis.htm

Colonia: el Cabildo

El cabildo fue una de las primeras instituciones que España impuso en América. Dicha fórmula tiene su origen en los municipios españoles de la Edad Media, los cuales eran cuna y defensa de las libertades populares. Los cabildos eran instituciones urbanas que existían en Castilla. En cuanto los españoles fundaban una ciudad, se creaba el cabildo. Eran entidades importantísimas, porque representaban a la comunidad y derivaban su nombramiento de ésta, y —caso único— no del rey (debe recordarse que todos los nombramientos los hacía personalmente el rey). El cabildo se ocupaba del gobierno y administración de las ciudades y tenían jurisdicción sobre todo el territorio.

Sin embargo, su elección no era democrática. El fundador de una ciudad le daba a ésta un cabildo inicial, pero de allí en adelante la entidad se autogeneraba; es decir, los miembros salientes del cabildo elegían a sus sucesores. Los miembros del Cabildo recibían un cargo, el de regidor, y duraban un año en él.

Como decíamos, los cabildos fueron organismos que representaban a la comunidad, aunque debe reiterarse que no eran un instrumento de la voluntad popular.

Estas características del cabildo hicieron que la corona lo mirara con desconfianza. Para separarlo de la comunidad, usó diversos procedimientos. Entre ellos se pueden citar: designar ella misma regidores perpetuos; vender los puestos del cabildo en remate, etc. Para quitarles disimuladamente las atribuciones que ejercía, también se usó la creación de las Audiencias. Pero por más que se irritase la Corona no podía prescindir totalmente de los Cabildos. Y así castigó severamente la destitución del gobernador Acuña y Cabrera, pero no le devolvió el cargo. (En 1655, el Cabildo de Concepción derribó al gobernador Acuña y Cabrera. La causa fue su torpe manejo de la guerra de Arauco).

En estas instituciones se concentró la aristocracia de cada reino americano, único sector social que en aquellos años era capaz de un pensamiento y una acción de tipo política. Por eso, de los cabildos surgieron las agitaciones que culminarían con la Independencia.

Funciones del cabildo

El cabildo realizaba múltiples y diversas funciones:

- En general las de un municipio propiamente dicho: velar por el aseo; ornato; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del estado de las cárceles.

- Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la medicina y la farmacia.

- Poseía atribuciones judiciales.

- Intervenía en la distribución de tierras vacantes en los alrededores de la población o de solares al interior de la misma.

- Podía imponer ciertos gravámenes.

- Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario.

- Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el abastecimiento local y los precios de los productos esenciales.

- Tenía funciones políticas. Éstas tenían como origen la costumbre, no la ley escrita. Con esa base, el Cabildo de Santiago podía elegir gobernadores. Por ejemplo, designó gobernador a Pedro de Valdivia "hasta que Su Majestad mandase otra cosa". Muerto don Pedro, varios municipios —el de La Serena (Francisco de Aguirre), el de Santiago (Rodrigo de Quiroga) y los del sur (Francisco de Villagra)— se volvieron a arrogar al derecho de elegir gobernador.

Los cabildos americanos no tuvieron muchos recursos. Dentro de sus bienes estuvieron los propios, que correspondían a los bienes comunales que pertenecían a los Cabildos y cuyo producto tenía por objetivo solventar los gastos de la corporación. Dentro de ellos estuvieron los ejidos inmediatos a la ciudad (correspondían a un sitio donde los vecinos podían tener sus caballos y recoger leña) y las dehesas (haciendas con pasto donde el Cabildo mantenía ganado vacuno y lanar).

Otra fuente de recursos eran los impuestos permanentes aprobados por el rey, que se destinaban a los diversos gastos del Cabildo y a las numerosas obras públicas que se realizaban. También contaban con los arbitrios, que eran los medios extraordinarios a que recurría la corporación para solucionar problemas inmediatos, tales como las derramas, que eran exigencias de dinero urgentes y obligatorias que se hacían al vecindario y que éste debía pagar.

Se convirtió en tradición, que el Cabildo de Santiago tomase juramento de respetar las leyes a todo gobernador que asumía.

Composición del Cabildo

Entre sus miembros hubo dos alcaldes ordinarios y un número variable de regidores (seis en Santiago). Entre éstos últimos se distinguían los que lo eran por derecho propio, como los oficiales reales, que vivían y ejercían sus cargos en la respectiva ciudad, y los que eran designados, ya sea por elección o por compra del cargo.

Los alcaldes eran los brazos ejecutores de este cuerpo colectivo. Además estaban los funcionarios auxiliares, como: el fiel ejecutor (controlaba los precios, pesos y medidas de artículos), el procurador de la ciudad (representaba los intereses generales de ésta), el alférez real (portaba el estandarte del rey en procesiones y otros actos públicos), etc. Mas, en cuestiones de alta trascendencia, la institución se ampliaba con los vecinos de mayor relevancia a un cabildo abierto.

Los llamados Cabildos abiertos eran reuniones que se celebraban extraordinariamente cuando algún hecho especial así lo requería,

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