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El Reino De España


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.042 Palabras (5 Páginas)  •  183 Visitas

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El Reino de España (505.990 km2, de los cuales en 2008 el 34,8% eran tierras de cultivo, el 15,7% prados y pastizales permanentes y el 22,1% superficie forestal arbolada) está situado en la Península Ibérica, en el suroeste del continente europeo. Además del territorio peninsular comprende las islas Baleares en el mar Mediterráneo, las ciudades de Ceuta y Melilla en el norte de África y las islas Canarias en el océano Atlántico.

España es un país montañoso con una altitud media de 600 m, sólo superada en Europa por Suiza. La Meseta, gran altiplanicie rodeada de montañas por todas partes excepto por el oeste y dividida por una cordillera central, abarca más de las dos quintas partes del territorio peninsular español.

Los principales ríos de la Península descienden con lentitud de este a oeste para desembocar en el océano Atlántico; el río Ebro desemboca en el mar Mediterráneo. El único río navegable es el Guadalquivir hasta Sevilla.

A grandes rasgos se pueden distinguir cuatro climas: el atlántico con inviernos frescos, veranos suaves y lluvias abundantes a lo largo del año; el mediterráneo con inviernos suaves, veranos secos y calurosos y lluvias escasas; el continental con inviernos fríos y veranos secos, muy calurosos; y el de montaña por encima de los 1.200 m. En las Islas Canarias el clima es subtropical oceánico.

ASPECTOS POLITICOS DE LA NUEVA ESPAÑA

LA MONARQUIA

En el siglo XV en España, Francia e Inglaterra, los señores feudales fueron vencidos y el poder se concentró en manos de un miembro de la aristocracia.

En 1492 después de la expulsión de los árabes nacía un Estado nación, y al mismo tiempo una monarquía absoluta en la que el rey tenía el poder civil y eclesiástico.

El monarca tenía el poder absoluto sobre todos los asuntos. El origen de su poder era heredado de familia. Además el monarca tenía un carácter divino, pues Dios había que naciera en cuna real.

EL PATRONATO REGIO.

El cristianismo se consolido en el siglo IV. La iglesia católica adquirió gran poder en el mundo occidental. Como la iglesia tenía un gran poder, los monarcas tenían que negociar con la iglesia para consolidar su gobierno. Esta situación llego a un nivel en que la iglesia y el gobierno español, en proceso de nacimiento se conjuntaron.

En 1493 el papa Alejandro VI expidió la Bula Alejandrina a favor de los reyes católicos, en virtud de esto recibieron plenas potestades sobre islas y tierras firmes de las Indias.

Aunque el poder de la iglesia era mucho, en ocasiones tuvo que establecer alianzas con monarcas.

En 1753 Benedicto XIV y Fernando Vi rey de España firmaron el concordato o patronato regio, concediéndose a los

El estado español podía otorgar cargos eclesiásticos cuando hubiera

Vacantes. Sin embargo el Patronato Regio origino conflictos entre el Vaticano y la Corona española.

REAL CONSEJO DE INDIAS

El real consejo de Indias fue creado en 1524. Su estructura fue la de una verdadera curia regia, pues sus miembros procedían de la aristocracia española.

Tenían muchas funciones como asesorar al monarca en los asuntos internos de España y los relacionados con las Indias; eran el tribunal supremo de apelaciones.

Se crearon las audiencias para agilizar las acciones del gobierno. La corona enviaba periódicamente visitadores que hacían una verdadera auditoria sobre el ejercicio del poder y la administración de recursos.

En caso de que algún funcionario hubiera cometido algún delito se le llevaba a España en calidad de preso.

EL VIRREY

El virreinato fue creado al firmarse las capitulaciones de Santa Fe, en ella se nombró virrey a Cristóbal Colón de las tierras que descubriera, cargo que nunca ejerció.

En la Nueva España, el virreinato se estableció en 1535; el primer virrey fue Antonio de Mendoza.

El virrey ejercía las siguientes funciones:

Era el vicario o representante personal del monarca, presidia la Audiencia Real, era superintendente de la Real Hacienda, administraba los recursos financieros, rentas tributos. Era el capitán general y responsable de organizar al ejército; defender al territorio en caso de rebeliones. También era Vice patrono de la iglesia.

REAL AUDIENCIA

En 1528 Carlos V creo la Real Audiencia debido a las acusaciones en contra de Hernán Cortés. Sus responsabilidades fueron las siguientes:

Autorizar y realizar el cobro de nuevos diezmos y los gastos públicos. Vigilar a los notarios públicos y determinar los aranceles, inspeccionar a los corregidores, nombrar a los jueces pesquisidores y conducir asuntos eclesiásticos.

Las leyes de las Indias fueron hechas para proteger a los indígenas delo maltratos de los españoles, pero estos hacían caso omiso de estas.

También era un órgano de consulta y consejo de los gobernadores.

La Real Audiencia podía suplir al virrey en caso de que este llegara a faltar.

REAL HACIENDA

La Real Hacienda controlaba los ingresos obtenidos mediante la recaudación fiscal, el quito real, recurso enviado para sufragar los enormes gastos de la corona. Recaudaba y administraba los tributos de los indígenas.

La real hacienda era muy parecida a la actual Secretaria de Hacienda.

FUNCIONARIOS MENORES

Existían también los funcionarios menores, como los corregidores o gobernadores de ciudades o entidades poco pobladas. Eran los responsables del mantenimiento del gobierno y la administración de sus localidades.

Los alcaldes mayores y los alguaciles se encargaban del mantenimiento del orden público.

Los altos funcionarios, o los de bajo nivel, formaban parte de una maquinaria burocrática intrincada. Había duplicidad en sus funciones y responsabilidades, lo que dio origen a las reformas a mediados del siglo XVIII. Carlos III cambio todo ese aparato burocrático.

El español es la lengua oficial de España pero no es la única lengua que se habla en nuestro país. El catalán (en Cataluña y las Islas Baleares), el valenciano (en la Comunidad de Valencia), el gallego (en Galicia) y el euskera (en el País Vasco), son las otras lenguas oficiales que se hablan en España y, por lo tanto, también son la lengua de las universidades en estas Comunidades Autónomas junto con el español.

En las Comunidades con lengua propia, las clases se imparten tanto en español como en sus respectivas lenguas co

-oficiales. En la práctica totalidad de las universidades de estas Comunidades, puede encontrarse una amplia oferta de cursos dirigida a los estudiantes internacionales que desean aprender la lengua y conocer más y mejor la riqueza cultural, histórica y social del lugar donde viven y facilitar, de este modo, su integración local. Hay que destacar que muchos de estos cursos de catalán, gallego y euskera, se ofrecen de forma gratuita en las universidades.

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