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El constitucionalismo mexicano ha tenido un camino sinuoso y complicado que muchas ocasiones ha sido más reflejo las tendencias mundiales del pensamiento político, que un verdadero reflejo del sentir, la cultura y el pensamiento de la multiculturalidad


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2016  •  Ensayos  •  4.504 Palabras (19 Páginas)  •  263 Visitas

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Introducción

El constitucionalismo mexicano ha tenido un camino sinuoso y complicado que muchas ocasiones ha sido más reflejo las tendencias mundiales del pensamiento político, que un verdadero reflejo del sentir, la cultura y el pensamiento de la multiculturalidad existente en el territorio nacional.

Desde que Hernán Cortes llegó a América, concretamente al Puerto de Veracruz, entonces llamada la Villa Rica de la Veracruz, en 1521, lo primero que hizo fue fundar el primer municipio con este nombre para legitimarse ante la corona española y asegurarse la posesión sobre los territorios que pensaba conquistar.

Así nacería el primer municipio en América, bajo las reglas, el pensamiento y la cultura española. La Constitución de Cádiz, fue otro reflejo de las leyes, el pensamiento y la cultura española, y reflejo del centralismo del poder económico y político.

La constitución de Apatzingán, fue la primera en reflejar el pensamiento criollo y mestizo de un movimiento social que no encontraba representación en ninguna ley o reglamento de la Nueva España. No obstante, nunca entraría en vigor, pues la lucha por la independencia se alargó tantos años que la mayoría de sus propuestas quedaron sólo para la referencia histórica.

Lograda la independencia por Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero, la primera constitución sería otra vez un reflejo del pensamiento criollo y poco o nada del pensamiento mestizo, y obviamente nada del pensamiento indígena.

La primera constitución del México independiente, la de 1824, sería tan conservadora, española y excluyente de las diferentes formas de pensamiento, que sólo permitía la existencia de católicos en este país, lo cual es todo en un país donde la Iglesia tenía el control total de la historia, los impuestos y la cultura de la colectividad. Todos los eventos eran religiosos y no existía los eventos cívicos.

La Constitución de 1857, referente de la de 1917, seguiría en gran parte la forma en que se estructuró la constitución norteamericana, y otra vez olvidó reflejar la cultura y el pensamiento de los mestizos y de los indios, con sus diferentes formas de vida comunal y regional, lo que retrasó aún más el generar una identidad nacional en un país fragmentado por su multiculturalidad.

Con todo, la constitución de 1917 y el ejercicio del poder centralizador que ejercieron los herederos de la revolución, construyeron una Constitución que igual que la de 1857: centralizó poderes presidenciales por encima de las entidades federativas y por encima de los municipios, que desde el virreinato, tuvieron fiero control centralizador.

El derecho Constitucional.-

El derecho constitucional desde el punto de vista de Sánchez Bringas, es el marco normativo, sociológico y de poder que hace que funcione una sociedad de manera interactiva, en distintas posiciones, ya sea desde el punto de una posición de poder o de sujeción a ese poder, ya sea por interés o por la fuerza coactiva del Estado. (Sánchez Bringas Enrique, 1995.)

Si partimos de que las normas regulan la convivencia humana, también es cierto que desde el punto de vista de Sánchez Bringas, esas normas son producto de esa interrelación humana.

El hombre es el principio y fin de la sociedad humana, es el actor principal y tiene como característica el tener una capacidad racional que le hace desarrollar la necesidad de trascender. Es pues, una unidad dinámica e inacabada que siempre está en busca a cada instante su cotidianeidad.

Esto se origina, desde el punto de vista de Sánchez Bringas, porque el ser humano es en principio una individualidad que tiene conciencia de sí mismo. De su yo, de su capacidad racional y conciencia de que existe. Ese yo consciente construye su propia identidad, su persona, y su interrelación con los demás.

Hegel, uno de los grandes pensadores, decía que la tendencia del ser humano la da esencia de espíritu subjetivo y espíritu objetivo.

En este punto Mario de la Cueva nos dice al referirse al filósofo alemán:

“…El espíritu subjetivo es la forma del espíritu en sus relaciones consigo mismo”…”lo que se refiere a la intimidad de la persona, al espíritu individual en su acción propia sobre sí mismo…Un permanecer en su interior”

Para Ortega y Gasset existen dos espacios del ser humano, donde expresa su “yo soy yo y mi circunstancia”.

Sobre el tema, Recasens nos dice: “…adviértase que en esa frase de Ortega aparece dos veces la palabra yo, y que esta palabra tiene significados diferentes la primera y la segunda…cuando dice; yo soy, el vocablo yo, significa mi personalidad…la segunda vez, cuando dice, yo y mi  circunstancia…expresa la unidad radical e invariable de un sujeto”

De lo anterior se desprende que el ser humano puede realizarse, hacerse y rehacerse a sí mismo, dentro de esa capacidad para hacerse y rehacerse, dentro de esa dinámica dentro de la cual se desarrolla y que le permiten definir su identidad.

Lo anterior nos lleva al hecho de que el ser humano trascendente y socialmente se pudo autodefinir aún antes de que Aristóteles lo definiera como un zoom politikon. A esto vendría después el Estado y el derecho, los cuales, se supone, deben ayudar a que el sujeto se realice como persona, en esa eterna lucha por preservar su existencia y obviamente su deseo y decisión de vivir en libertad.

Pero para lograr sus objetivos el hombre tiene que convivir y colectivamente luchar para lograrlo, con lo que viene a definirse como un ser social, y como resultado se forma la sociedad, producto de esa interrelación obligada al mismo tiempo para sobrevivir, aunque esto conlleve el perder parte de su libertad y de su esencia como individuo auto determinado.

Sin embargo, para que esa interrelación social se encause dentro de un juego de intereses colectivos que muchas veces se pueden contraponer, el sujeto que ha luchado por su individualidad y su trascendencia personal, debe rechazar parte de estos derechos y principios inherentes, para convivir y crear derechos colectivos que le permitan vivir en sociedad.

El hombre es un ser complejo, cuya conducta está basada en su capacidad racional y sus acciones están cargadas de esta esencia, y al mismo tiempo es un ser inacabado en constante crecimiento y perfeccionamiento.

Así nace la conducta social que se supone el individuo realiza conscientemente, pero que en el fondo le es obligada por las normas externas que regulan la conducta social y colectiva, y que en su caso lo obligan a ajustarse a través del poder coactivo, que es dado por La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conocida también como Carta Magna, Carta Fundamental Pacto Federal o Ley Fundamental, que es el máximo cuerpo normativo jurídico y el cual contiene los principios y objetivos del país. Esta establece los órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones y los derechos de los individuos y las formas de hacerlos valer.

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