El tratado de la soberanía de la república Аrgentina y la república de Сhile
p8c7Trabajo17 de Noviembre de 2013
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Retrocediendo en el tiempo, en el Tratado de 1881 se dividió la Tierra del Fuego de norte a sur, dejando para Chile la parte occidental y a Argentina la parte oriental, lo que señalaba que las islas que pertenecían a Chile serian las que se situaban al sur del Canal Beagle hasta el Cabo de Hornos y también las que haya al occidente de la Tierra del Fuego
La problemática limítrofe del canal Beagle se gesta inicialmente en 1902 , cuando las relaciones entre chile y Argentina , en mayo del mismo año llegaron a dos acuerdos , el primer fue conocido con el nombre de “Tratado general de arbitraje” y el segundo la “Convención sobre Limitación de Armamentos navales”, la primera sometería a un juicio de toque arbitral las polémicas de cualquier naturaleza que surgieran entre ellas , y en cuanto no afectasen los principios de la Constitución de cada país ,teniendo en cuanta que no puedan ser solucionadas por negociaciones directas (designándose la Corona Británica como árbitro) , en el segundo tratado ambos Estados llegaron al acuerdo de poner fin a sus adquisiciones bélicas ( naves), lo que mostraba al mundo un ambiente de discrepancia.
Cuando se habla de este inicio limítrofe y al dar cuenta de los dos tratados hechos por ambos países, en un ambiente de paz, no se vislumbra que por una opinión ligera con respecto a la geografía común que existía, se pudiese generar una problemática de gran duración.
En 1904 Argentina pone en duda el tratado de 1881 y plantea la tesis de que en verdad el eje del Canal Beagle pasaba por el sur de las islas Picton , Nueva y Lennox y no al norte de ellas, reclamándolas el año 1915 , bajo el arbitraje de la Corono Británica, este problema nunca fue corroborado , y en 1938 se juntan los cancilleres de ambos países en Mendoza para solucionar a cuestión limítrofe del Canal Beagle , este acuerdo falla y se intentan varias negociaciones (1955,1960,1964) , y es el 11 de diciembre de 1967 que Chile decide recurrir nuevamente a Su Majestad , con la aplicación del tratado de 1902 , pero como era de saber Argentina siempre ponía “peros” y se opone a esta petición , hasta que en 1971 por medio de un acuerdo de compromiso , acepto una corte que estuviese formada por cinco jueces de la Corte Internacional de Justicia de la Haya, cuya decisión tomase debería ser definitiva y solo debía ser sancionada por el Gobierno de su Majestad Británica. En donde las dos republicas habían convenido aceptar este arbitraje sobre la soberanía de las islas Picton, Lennox, Nueva e islotes adyacentes, como también las islas e islotes que estuvieran ubicados dentro del canal desde el meridiano de Picton hasta el meridiano 68° 34’, como es de esperar tampoco se logro una eficacia plena con respecto a este nuevo arbitraje que se hizo. Mientras ambos países estuvieron tranquilos, Chile por una parte seguía aun con la jurisdicción del tratado de 1881 y Argentina por su parte, viendo temas judiciales para poder tomar otra medida.
En 1966 la situación entre Chile y Argentina se vuelve un poco delicada, la razón fue que Chile actuando de manera correcta con lo que dictaba el juez coloco una baliza y otras señales para tener un mejor servicio de navegación en el Canal Beagle, hay que recordar que este sector era de Chile y como no se lograba llegar a un acuerdo en donde Argentina quedase tranquilo hasta el momento todo estaba siendo bien manejado, estas balizas eran necesarias según la autoridad marítima, pero por el otro lado Argentina al darse cuenta de esto , los retira y lo toman como una violación del statu quo que fue pactado en años anteriores , otro conflicto que ocurre fue en 1967 durante el mes de agoto , un pesquero llamado “Cruz del Sur” es capturado por parte de la patrulla chilena , en las islas Gable y Navarino este pesquero era de nacionalidad Argentina, el cual reclamo antes el gobierno chileno , quien de manera conciliadora accedió a restituir al pesquero , y con estos los ánimos volvieron a aquietarse un poco.
En estos párrafos se ve como, según el autor Mateo Martinic, da a entender que chile siempre tuvo la mejor disposición frente al conflicto con Argentina, tal es el caso claro del pesquero Cruz del Sur. Estos incidentes fueron por fortuna los últimos que se produjeron en el área litigante, dado que Chile y Argentina ( de manera más dudosa) entregaron pruebas indudables de poder controlar y también precaver de manera responsable , cuanta actitud u opinión pudiese ser evaluada de manera perturbadora del modus vivendi , y de las negociaciones en marcha.
En el año 1967 y 1968 animaron la búsqueda del codiciado acuerdo, la cual fue tomada con paciente laboriosidad por parte de la cancillería chilena, encontrando buena recibida por parte de la cancillería argentina, fijándose con común acuerdo las bases para poder poner término al antiguo pleito de jurisdicción en la región del Canal Beagle. Es así como el 22 de julio de 1971 los gobierno de Chile y de Argentina dieron a conocer a sus respectivos países y también al mundo , el acuerdo de someter al arbitraje de su Majestad Isabel II, la solución del prolongado diferendo , las bases de este acuerdo contenían como materia litigiosa para Argentina la determinación de las jurisdicciones marítimas que corresponderían al Canal Beagle , que seria a partir del oriente del meridiano 68° 36’ 38,5’’ oeste de Greenwich y el dominio de las islas Picton , Nueva y Lennox e islotes adyacentes , y para Chile las islas Picton , Lennox y Nueva e islotes adyacentes y todas las demás islas e islotes que tuviesen su superficie íntegramente dentro del área comprendida en el arbitraje.
Este sería el proceso arbitral que se vería , pero los términos del compromiso de este arbitraje establecían que se constituyera un tribunal que estuvieses a la par con el tema , por lo cual se llamo una Corte Arbitral que estaba integrada como nombre anteriormente por cinco jueces de la Corte Internacional de Justicia , la cual debía conocer la materia a la cual tendría que deliberar , esta decisión fue tomada ( la de que sea bajo una corte arbitral ) ya que Chile por una parte quería mantener el mismo arbitraje del tratado de 1902 y Argentina por su parte también.
El proceso se llevo a cabo en 1973 (junio) en donde se entregaron Memorias, alegatos y un apoyo de documental, y en 1974 se agregaron Contra memorias y sus anexos, en 1976 se completo el proceso cuando fue la visita de la Corte al territorio en pugna, lo que permitió ver in situ lo que estaba sucediendo, volviendo esta luego a Ginebra en donde se dio a conocer el fallo.
Chile conoció el fallo en un ambiente de tranquilidad ya que estaban convencidos de que de sus derechos soberanos, mientras ocurrían en el sector en pugna algunos desmanes por parte de naves argentinas y también vuelos de aquel país; argentina entregaba información de que este laudo que se entregaría no solucionaría el problema marítimo-terrestre.
El 18 de febrero se da a conocer el veredicto desde Ginebra por parte de la Corte Arbitral, el cual estaba conformado por 269 páginas más cuatro mapas anexos, las cuales fueron dadas a conocer en Chile y Argentina el 2 de mayo de 1977.
Que pertenece a la Republica de Chile las islas Picton , Nueva y Lennox , conjuntamente con los islotes y rocas inmediatamente adyacentes a ellas; que la línea roja que se traza en la carta anexa titulada “Boundary –Line Chart” –la cual constituye parte integrante de la presente Decisión ( Compromiso de 22 de julio de 1971, Artículos XII (I) – constituye el límite entre las jurisdicciones territoriales y marítimas de las Republicas de Argentina y Chile , respectivamente , dentro de la zona enmarcada por las líneas rectas que unen los puntos de coordenadas A,B,C,D,E,F especificados en el Articulo I ( 4) de dicho compromiso , la que se conoce como “ El Martillo” .
Esta decisión dentro de otras más, provoco en Chile un ambiente cívico de regocijo pero la ves tomándolo de manera sobria , por respeto también a Argentina y a sabiendas de que los ánimos no estaban muy buenos entre ambos países, si bien el fallo había sido lo que en realidad tenía que ser, Argentina una vez mas no lograba su propósito, en donde las reacciones fueron para variar que el contenido del laudo estaba en estudio , y añadiendo de que esta republica no tenía ninguna obligación de cumplir con lo que les afectase a sus interés vitales de la nación o que pudiera perjudicar sus derechos de soberanía.
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