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La Soberanía de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2014  •  Trabajos  •  1.387 Palabras (6 Páginas)  •  398 Visitas

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Particularmente considero que la soberanía es el poder absoluto y perpetuo que tiene un Estado libre e independiente, de ejercer su autoridad a través de sus poderes públicos de acuerdo con su propia voluntad y sin la influencia de elementos extraños, ya sea éste una República, una Monarquía o simplemente un Estado Despótico. Porqué digo que es absoluto; puesto que tiene la potestad de dictar y derogar sus propias leyes, e indico que es perpetuo; ya que el poder es irrevocable y por tiempo ilimitado. Claro está… hasta que llegue otra Nación y domine o conquiste a la otra, o simplemente se ocurra una secesión dentro de su territorio.

Ahora bien, La Soberanía de la República Bolivariana de Venezuela en materia Constitucional la podemos ver reflejada dentro del Preámbulo de su Constitución Nacional; en donde se señala que el pueblo de Venezuela en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente, se declara como una patria libre y soberana. Luego en su primer título que es donde establece sus principios fundamentales, plasma muy objetivamente, no dejando nada a la subjetividad; que La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente, teniendo como derechos propios e irrenunciables como Nación: La independencia, La...

Artículo 11, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

“La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base rectas que ha adoptado o adopte la República ; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.

El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila , isla La Tortuga , isla La Blanquilla , archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola , archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.

Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

Anteproyecto Reforma Constitucional Artículo 11:

La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base rectas que ha adoptado o adopte la República ; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.

El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila , isla La Tortuga …

Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional”

El Presidente de la República podrá decretar Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. Igualmente podrá decretar autoridades especiales en situaciones de contingencia, desastres naturales, etc.

Opinión:

¿Para qué más atribuciones al Presidente?

Pues él puede decretar Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. Igualmente podrá decretar

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