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Fascismo Según Mussolini


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  2.064 Palabras (9 Páginas)  •  322 Visitas

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EL FASCISMO SEGÚN MUSSOLINI

La Enciclopedia Italiana, 1932

El fascismo es una concepción religiosa en la que un hombre es visto bajo la perspectiva de su relación inmanente con una ley superior y con una Voluntad objetiva que trasciende al individuo particular y le eleva a la pertenencia consciente a una sociedad espiritual. El fascismo, aparte de ser un sistema de gobierno, es también un sistema de pensamiento.

“Siendo antiindividualista, el sistema de vida fascista pone de relieve la importancia del Estado y reconoce al individuo sólo en la medida en que sus intereses coinciden con los del Estado. Se opone al liberalismo clásico que surgió como reacción al absolutismo y agotó su función histórica cuando el Estado se convirtió en la expresión de la conciencia y la voluntad del pueblo. El fascismo reafirma los derechos del Estado como la expresión de la verdadera esencia de lo individual. Entendido de esta manera, el fascismo es totalitarismo, y el Estado fascista, como síntesis y unidad que incluye todos los valores, interpreta, desarrolla y otorga poder adicional a la vida entera de un pueblo (...).

El fascismo, en suma, no es sólo un legislador y fundador de instituciones, sino un educador y un promotor de la vida espiritual. No intenta meramente remodelar las formas de vida, sino también su contenido, su carácter y su fe. Para lograr ese propósito impone la disciplina y hace uso de su autoridad, impregnando la mente y rigiendo con imperio indiscutible (...).

El fascismo ataca todo el conjunto de las ideologías democráticas: liberalismo clásico, pacifismo, socialismo y el internacionalismo). El fascismo reconoce la función social de la propiedad privada, que es un derecho y un deber, y la hace valer por medio del Partido Nacional Fascista.

CARTA DEL TRABAJO ITALIANO

EL ESTADO CORPORATIVO Y SU ORGANIZACIÓN

I La Nación es un organismo que tiene fines, vida y medios de acción superiores, en potencia y duración, a los individuos divididos o agrupados que la componen. Es una unidad moral, política y económica, que se realiza integralmente dentro del Estado Fascista.

II El trabajo es un deber social y está tutelado por el Estado. La producción es un elemento unitario cuya finalidad es el bienestar de los individuos y el desarrollo nacional.

III La organización sindical o profesional es libre. Los Sindicatos son los únicos que poseen el derecho de representación laboral: los patrones pueden tutelar sus intereses frente al Estado y a las asociaciones profesionales; a estipular contratos colectivos de trabajo; imponerles contribuciones y ejercitar funciones delegadas de interés público.

IV En el contrato colectivo de trabajo es la expresión concreta de la solidaridad entre los varios factores de la producción, mediante la conciliación de los intereses opuestos de los patronos y de los trabajadores, y su subordinación a los intereses superiores de la producción.

V

La Magistratura del Trabajo es el órgano con el cual el Estado interviene para arreglar las controversias del trabajo, sea por lo que se refiere a la observancia de los pactos y demás normas existentes, sea a la determinación de nuevas condiciones de trabajo.

VI

Las asociaciones profesionales legalmente reconocidas garantizan la igualdad jurídica entre los patronos y los trabajadores, mantienen la disciplina de la producción y del trabajo y fomentan su perfeccionamiento. Las Corporaciones constituyen la organización unitaria de las fuerzas de la producción y representan integralmente sus intereses.

En virtud de esta representación integral, siendo los intereses de la producción intereses nacionales, las Corporaciones están reconocidas por la ley como órganos del Estado.

Como representantes de los intereses unitarios de la producción, las Corporaciones pueden emanar normas obligatorias sobre la disciplina de las relaciones de trabajo, así como sobre la coordinación de la producción, siempre que las asociaciones confederadas les hayan otorgado los poderes necesarios.

VII

El Estado corporativo considera la iniciativa privada en el campo de la producción como el medio más eficaz y más útil para el interés de la Nación. Siendo la organización privada de la producción una función de interés nacional, el organizador de la empresa es responsable frente al Estado de la orientación de la producción.

De la colaboración de las fuerzas productivas deriva la reciprocidad de derechos y deberes entre ellas. El trabajador en general, sea técnico, empleado u obrero, es un colaborador activo de la empresa económica, cuya dirección está a cargo del patrono, que es el responsable.

VIII

Las asociaciones profesionales de patronos tienen la obligación de fomentar con todos los medios, el aumento de la producción, su perfeccionamiento y la reducción del coste. Las representaciones de quienes ejercen una profesión liberal o un arte y las asociaciones de empleados públicos, contribuyen en la tutela de los intereses del arte, de la ciencia y de las letras, y en el perfeccionamiento de la producción y en la consecución de los fines morales del ordenamiento corporativo.

IX

La intervención del Estado en la producción, económica se verifica solamente cuando falte o sea insuficiente la iniciativa privada o cuando estén en juego intereses políticos del Estado, Dicha intervención puede asumir la forma de control, del fomento y de la gestión directa.

En las controversias colectivas del trabajo, no se puede dar lugar a la acción judicial sin que antes el órgano corporativo no haya intentado la conciliación.

En las controversias individuales concernientes a la interpretación y la aplicación de los contratos colectivos de trabajo, las asociaciones profesionales tienen, facultad para intervenir en pro de la conciliación.

Para semejantes controversias, la competencia pasa a la magistratura ordinaria, complementada con asesores designados por las asociaciones profesionales interesadas.

DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y DE LAS GARANTÍAS DEL TRABAJO

XI

Las asociaciones profesionales tienen la obligación de regular, mediante contratos colectivos, las relaciones del trabajo entre las categorías de los patronos y de los trabajadores por ellas representadas.

El contrato colectivo de trabajo se estipula entre asociaciones de primer grado, bajo la guía y el control de las organizaciones

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