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Historia General Del Derecho

Padrino19509 de Julio de 2015

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HISTORIA GENERAL DEL DERECHO

INTRODUCCIÓN

El Derecho, como el hombre para el que se crea, ha estado dominado por los avatares de la historia, de sus calmas y temporales.

Mientras no hubo escritura fue solamente consuetudinario. El derecho-costumbre comienza con prohibiciones y sanciones al sujeto que viola cosas de gran valor para la colectividad. En los grupos elementales la responsabilidad era de todo el grupo; esto es, se castigaba a toda la tribu en lugar de serlo, únicamente, el individuo responsable.

Posteriormente se evoluciona hasta la responsabilidad individual. En cuanto comienza la escritura y avanza la civilización, el derecho deja de ser consuetudinario y se convierte en un cuerpo de normas escritas y administradas por una clase de profesional de juristas o jueces.

En las primeras etapas del desarrollo social el Derecho, la Moral y la Religión constituían un todo indiferenciado. Incluso después de segregar las normas religiosas y su sanción especifica de los demás instrumentos de control social. Derecho y Moral permanecieron estrechamente ligados. Durante la mayor parte de la Edad Media, el Derecho no se diferenciaba de la Moral y de la Teología. Solo al comienzo de la Edad Moderna se produce una nueva emancipación del Derecho frente a la Moral.

La Escuela Clásica del Derecho Natural investigó las características diferenciales del Derecho y preparo el terreno para el establecimiento de la jurisprudencia como ciencia independiente.

La naturaleza propia de la Historia del Derecho como disciplina, hace que haya de situarse entre otras dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho. De esta manera, se ha llegado a afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado buen historiador entre los juristas, y buen jurista entre los historiadores. De esta manera, la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación que sustente su propia existencia. Hoy en día, cabe destacar que la disciplina se imparte mayoritariamente en las facultades de Derecho.

ÍNDICE TEMÁTICO

1. HISTORIA DEL DERECHO

1.1 LAS FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO

1.2 LOS DERECHOS DE LA ANTIGÜEDAD

2. DERECHO ROMANO

2.1 LAS CIVITAS ROMANAS

2.2 EL IMPERIO ROMANO Y EL DERECHO CLÁSICO

2.3 EL DOMINADO Y LA CRISIS DEL IMPERIO ROMANO

2.4 DERECHO MEDIEVAL

3. LA SOCIEDAD Y EL DERECHO

3.1 DERECHO MODERNO

3.2 ¿CÓMO SE APLICA EL DERECHO?

3.3 EL DERECHO Y LOS JURISTAS PRÁCTICOS

3.4 SISTEMAS ABIERTOS Y SISTEMAS CERRADOS

3.5 CÓDIGOS CIVILES

3.6 DERECHO INGLÉS Y AMERICANO

4. LAS FUENTES DEL DERECHO ESPAÑOL.

4.1 LA LEY

4.2 LA COSTUMBRE

4.3 LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

4.4 LA JURISPRUDENCIA

4.5 INTERPRETACIÓN DEL DERECHO

4.6 ¿SOBRE QUÉ ACTÚA EL DERECHO?

5. DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO

5.1 DERECHO POLÍTICO Y DERECHO CONSTITUCIONAL

5.2 DERECHO ADMINISTRATIVO

5.3 DERECHO FINANCIERO, DERECHO TRIBUTARIO Y DERECHO FISCAL

5.4 DERECHO PENAL

5.5 DERECHO PROCESAL

5.6 DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

5.7 DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

5.8 DERECHO DEL TRABAJO

5.9 DERECHO CANÓNICO

5.10 DERECHO CIVIL

5.11 DERECHO MERCANTIL

1. HISTORIA DEL DERECHO

Los primeros aspectos jurídicos de la vida primitiva son los referentes a las costumbres relacionadas con la convivencia sexual y ligadas a ella con la jerarquía dentro del grupo de los que conviven sedentariamente o que forman parte del mismo grupo nómada. Ya que los homínidos comienzan su existencia con un prolongado período de ayuda y protección, esto crea una relación "social" entre la madre y los hijos, surge así alrededor de la madre un grupo social jerarquizado.

La transición hacia la agricultura, esto es, hacia el sedentarismo, obliga al hombre primitivo a formar comunidades en las que la ayuda mutua permite vencer la resistencia de la naturaleza es así como surgen las ideas jurídicas de propiedad y posesión. Al paso del tiempo las comunidades primitivas se convierten en países, y de las luchas de los diversos países surgen esclavos y amos, esto es: la estratificación social, al mismo tiempo que el "derecho internacional".

Las antiguas aldeas, ahora grandes ciudades se ven obligadas a diversificar su producción para competir en un mundo primitivamente capitalista, lo que permite una división del trabajo y por tanto propicia el surgimiento del comercio, y es aquí al fin donde encontramos los primeros documentos jurídicos, escritos en alfabeto cuneiforme que tratan sobre dichas actividades lucrativas.

Pero tal vez, lo que realmente marca a la historia del Derecho, es el momento es que se busca mantener un documento de forma permanente, grabándolo en materiales que resistan con facilidad el paso de los años.

Es tal vez el código de Hamurabi el más famoso de los que se conoce en la actualidad, sin ser el primero, ya que los sumerios han dejado huella profunda, aunque escasa, de su sistema de derecho.

Y de aquí en adelante podríamos adentrarnos en múltiples comentarios sobre los sistemas legales que imperaron en el mundo antiguo, podríamos analizar al derecho egipcio, cuya cúspide jurídica era la cúspide administrativa o al derecho hitita que se maneja por normas aisladas o tal vez al derecho hebreo, fantástico por la simbiosis que se produce entre su religión y su Ley.

Sin embargo, es preferible entrar directo a la base teórico-histórica del Derecho Contemporáneo: el Derecho Romano.

1.1 LAS FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO

Históricamente este poder de dictar normas obligatorias para la comunidad ha tenido una extensa evolución en el transcurso de los siglos. Originalmente las concepciones mágico religiosas del hombre primitivo le lleva a aceptar las normas dictadas por la divinidad, mediante revelaciones a sus brujos y sacerdotes, a los que considera dotados de potencia divina. En una sociedad evolucionada como la griega o romana, se separan las leyes creadas por los órganos de poder de los preceptos rituales. Este poder de crear derecho se atribuye al rey, dictador, magistrados, consejo, senado o al pueblo reunido en Asamblea. Se distingue entre fuentes de producción y fuentes de conocimiento del Derecho. Los primeros son los órganos de creación del derecho y los segundos son los libros, documentos y textos jurídicos en que esas creaciones se concentran y materializan.

1.2 LOS DERECHOS DE LA ANTIGÜEDAD

En las creencias de los pueblos antiguos las leyes las dictaban los dioses y la aplicaban los sacerdotes dotados de poderes sobrenaturales. Creencias basadas en la fuerza de la naturaleza y en los seres que la dominan, dan paso a creencias religiosas donde el hombre se encuentra obligado con la divinidad. El Dios decide sobre la justicia e injusticia de los actos humanos, designa también el jefe de la comunidad, ejemplo del Código de Hamurabi, XVIII a.C.

En relación con el único sistema jurídico conocido en esa primera época, pueden destacarse los siguientes caracteres de los derechos de la antigüedad.

• No se distingue en el comportamiento humano los preceptos humanos y religiosos, los que obligan en la esfera interna de los que obligan en la esfera externa. No existe el Derecho como ámbito independiente de la Religión y de la Moral.

• El juez, como sacerdote e intérprete de la divinidad y de las ancestrales costumbres de los antepasados decide libremente sin atenerse a reglas preexistentes.

• No existe una ordenación o sistema de preceptos con criterios lógicos. Todo lo más se clasifica las decisiones por los sujetos a quienes se dirigen.

2. DERECHO ROMANO

En el Historia del Derecho ocupa una posición privilegiada. Se considera el ordenamiento modelo y por ello se le califica de clásico y a su constante imitación en todas las épocas, clasicismo.

Este ordenamiento jurídico ofrece un ejemplo único de una evolución histórica de más de trece siglos, desde la fundación de Roma hasta la muerte de Justiniano (VIII ac-V dc). Además su vigencia continua, en una plena y nueva vida hasta nuestros días.

El cultivo del Derecho Romano ha dado origen a una ciencia en cuya investigación y enseñanza participan todos los países cultos del mundo.

En este largo periodo histórico de vigencia podemos distinguir las siguientes etapas.

2.1 LAS CIVITAS ROMANAS

Tras su fundación, Roma adopta la forma de polis, civitas o ciudad Estado. En lo militar era un fuerte, en lo religioso era el templo, en lo político era el lugar donde se ejercía el imperium, primero el Rey en la Monarquía y después los dos cónsules en la República. Les asesoraban el Senado o consejo de ancianos y las más importantes decisiones de la colectividad se sometía a comicios populares.

En esta etapa originaria, las formulas procesales y los esquemas negociables responden a la personalidad individualista del ciudadano romano. Las reglas por las que se regían los procesos eran custodiadas por el Colegio de Pontífices, y en ellas todavía se encontraban mezclados los rituales religiosos (fas) y los procedimientos civiles (ius). Juristas laicos sustituyes a los sacerdotes, y con la publicación de la Ley de las XII Tablas, primitivo código que consagraba en breves y esquemáticos preceptos las costumbres de los mayores o antepasados (mos maiourum), se

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