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INSTITUCIONES ROMANISTICAS PROTECTORAS DEL INCAPAZ


Enviado por   •  31 de Enero de 2017  •  Apuntes  •  532 Palabras (3 Páginas)  •  1.003 Visitas

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INSTITUCIONES ROMANISTICAS PROTECTORAS DEL INCAPAZ

Los incapaces jurídicos son aquellos que se encuentran limitadas en el ejercicio de sus derechos, no dejan de ser personas, son personas pero por causas fortuitas se encuentran impedidas de ejercer sus derechos

  1. La tutela: instituto a través del cual un ciudadano romano recibía el poder y la autoridad para que la ejerza hacia otra persona, que por razones de edad se encontraba imposibilitada de ejercerla por sí misma. El pater familia ha muerto o lo han convertido en esclavo, y para que los hijos no queden desamparadas se constituye la figura del tutor. Su función es proteger al incapaz menor de edad. A lo largo de la historia de roma, sufre variaciones. En sus orígenes el tutor tuvo comportamiento material, ya que le preocupaba velar por los bines del pupilo, porque en algún momento iba a recibir parte de esto por los servicios prestados.

En el imperio, la actuación del tutor cambia, ya que se ocupa en primer lugar del pupilo, en segundo orden, los bienes del pupilo, y además, la ley le impone al tutor una obligación adicional, que tiene que trabajar los bienes del pupilo, es decir, debe rentabilizarlos

Al tutor el Estado le pagaba un honorario. Antes de realzar el trabajo el tutor debía que realizar una declaración de la ascendencia de su patrimonio.

Tres formas de designar al tutor….

  1. Por testamento (tutela testamentaria)  a través del testamento, el testador designaba tutor a favor de sus hijos impúberes, el propio pater lo designaba, y era inopinada. Es decir, el tutor designado no sabía que lo había escogido y no podía negarse. Pero se le podía aceptar la renuncia si tenía hijos, si tenía crisis familiar, si tenía muchas deudas, etc. El tutor designado debida ser una persona digna

  1. Por ley (tutela legitima)  aparece a falta de tutela testamentaria, la ley dice que el pariente cognático en línea ascendente prefiriendo el más próximo adquiere la tutela (el abuelo paterno)  
  2. Por decisión del pretor (tutela dativa) si no hay abuelo. El tutor dativo era aquel designado por el pretor. Ese tutor era un ciudadano romano virtuoso, de conducta ejemplar.

  1. La curatela

La curatela  y tutela se asemejan porque protegen al incapaz y se diferencian porque la tutela se proyecta hacia el menor de edad y la curatela hacia el mayor de edad.

La curatela estuvo escrita en la ley de las 12 tablas, de acuerdo a esta, se proyecta dos tipos de incapaces:

  1. Los furiosis: personas que habían sufrido algún tipo de pérdida de raciocinio, de la realidad, aun cuando tengan intervalos lucidos.
  2. Los pródigos: personas que por algún desperfecto en la conducta adquieren adicciones.

Pero en la sociedad romana, se dieron cuenta de que había personas que tenían cierta edad cronológica que no guardaba relación con su edad, tenían una mente idiota, eran retrasados mentales. Es decir, que la curatela se extendió a…

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