Instituto De Prevision Social De Periodista En Honduras
121314527 de Septiembre de 2013
225 Palabras (1 Páginas)720 Visitas
a. Del 1.º de julio de 1998 al 30 de junio de 1999: 3,5 por ciento;
b. Del 1.º de julio de 1999 al 30 de junio del 2000: 4,5 por ciento;
c. Del 1.º de julio de 2000 en adelante y hasta que se realice una nueva revisión
actuarial: 5,0 por ciento.
III. Los periodistas miembros del Sistema de Previsión Social, que laboren en forma
independiente en cualquier actividad económica, pagarán de sus sueldos cotizables, los
siguientes porcentajes:
a. Del 1.º de julio de 1998 al 30 de junio de 1999: 13,5 por ciento;
b. Del 1.º de julio de 1999 al 30 de junio del 2000: 14,5 por ciento;
c. Del 1.º de julio de 2000 en adelante y hasta que se realice una nueva revisión
actuarial: 15,0 por ciento.
IV. Tendrán derecho a jubilación conforme a las disposiciones del sistema de previsión, los
participantes que hayan cumplido 60 años de edad y cotizado al sistema durante un lapso
no menor de quince años.
V. La jubilación será obligatoria a los 65 años de edad.
VI. La cantidad mensual de jubilación, será el resultado de multiplicar, el salario promedio
de todos los salarios mensuales, por los años cotizados, por el 4 por ciento, no obstante
la pensión por vejez no será superior al 100 por ciento del salario promedio y del 80 p
...