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LA MUJER Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA


Enviado por   •  20 de Enero de 2023  •  Documentos de Investigación  •  4.959 Palabras (20 Páginas)  •  44 Visitas

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LA MUJER Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.

PONENTE: M EN D. ELENA BRITO CASALES.*[1]

INTRODUCCIÓN.

 Este trabajo presenta algunas resoluciones que tienen argumentos jurídicos con perspectiva de género, como muestra de la lucha constante de la mujer a partir de la teoría feminista con el fin de alcanzar la igualdad y el acceso a la justicia eliminando todas formas de discriminación.

La argumentación jurídica, es la herramienta que ha servido para sostener los estándares más altos en la protección de derechos humanos de las mujeres, ésta se refiere a la justificación mediante razonamientos de decisiones judiciales. En la argumentación jurídica se aducen buenas razones que permiten entender como válida una premisa.

Ahora bien, a través de la historia de la humanidad la mujer ha desempeñado un papel importantísimo en su desarrollo, es indudable que al paso del tiempo nos damos cuenta que es urgente que se tome en consideración a la mujer en todos los aspectos de la vida y el desarrollo humano, sin ella no podría alcanzarse a plenitud los más altos valores del ser humano, la paz universal, así como un bienestar y desarrollo económico mundial.

Es indiscutible que la mujer con su nobleza, con su amor limpio, transparente como lo demuestra para con sus hijos, ha luchado constantemente por la igualdad en sus derechos en este mundo, por la no violencia, por el reconocimiento a sus derechos políticos y sociales, la no discriminación, ojala que esa lucha constante, bien administrada y noble de la mujer se convierta en una auténtica realidad para que los pueblos todos del mundo se entiendan mediante el respeto de la justicia, el derecho y la paz permanente.

Nada entre los seres vivientes del mundo puede compararse con las perennes  virtudes que tiene la mujer; porque ella ha sido, es y seguirá siendo el conducto de la continuación de la vida de los seres humanos  juntamente con el hombre, empero no es el único rol que juega, por ello la lucha constante de la mujer en sus distintos roles sociales, políticos, económicos, culturales, artísticos entre otros, es lo que ha dado lugar a que precisamente con la teoría feminista y ahora también de género (aunque en este se incluyen otros aspectos como las preferencias sexuales, las parejas del mismo sexo entre otros) se dé al paso del tiempo la importancia que tiene y debe tener la argumentación jurídica de  género en que se incluye indiscutiblemente a la Mujer, como a continuación lo vamos a ver.

Como bien lo señala Anne-Marie Lizin (Senadora Belga, experta cercana de la agencia Intergubernamental  de la francofonía),[2] un desarrollo Durable y un Crecimiento económico que se mantenga y que dure no serán posibles si no se toma en cuenta la contribución a todas  las competencias humanas y entonces también se incluyen las competencias femeninas.

Palabras Clave: Argumentación jurídica con perspectiva de género, discriminación, igualdad, participación política de las mujeres.

HIPÓTESIS:

La mujer tiene y ha tenido diversos roles en la sociedad, en aspectos sociales, familiares, económicos, políticos, entre otros, siempre ha buscado la igualdad ante el hombre, la no discriminación, ha luchado por participar en la vida política del país.

Por tal motivo se han creado diversos acuerdos internacionales que apoyan esa igualdad, la no violencia en contra de la mujer, la participación en la vida política.

Lo anterior ha dado lugar a  que se cree una trasformación en el pensamiento jurídico, en el razonamiento jurídico, en la argumentación jurídica, ello mediante la argumentación jurídica desde un punto de vista de género, tomando en cuenta los cambios actuales en la medida que se va transformado a la sociedad y ahora desde un punto de vista cada vez más globalizado.

Se considera entonces que esa nueva forma de argumentar debe de verse desde un punto de vista universal, tomando en cuenta los criterios internacionales y haciendo estudios comparativos, para poder aterrizar en los cambios sociales que se den en el contexto mexicano, lo mismo que de forma obligatoria tomar en cuenta los tratados internacionales sobre la materia.

Sin embargo, hay mucho por hacer, ya que en la realidad aún se presentan dificultades en temas de igualdad, maltrato familiar, hostigamiento sexual en el trabajo, la discriminación de la mujer en la participación política en nuestro país.

POSIBLE COMPROBACIÓN:

Ciertamente, observamos que se ha dado una transformación radical en el pensamiento jurídico y en la forma de argumentar de acuerdo a los nuevos criterios que tenemos en México.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha creado un Protocolo para juzgar con perspectiva de Género, cuyo objetivo es atender problemáticas detectadas  por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como el caso del “Campo Algodonero”, por citar algún caso.

Este Protocolo constituye un instrumento que permite a los juzgadores evaluar en los casos sometidos a su consideración lo siguiente:

  • Impactos diferenciados de las normas.
  • La interpretación y aplicación del derecho de acuerdo a los roles estereotipados sobre el comportamiento de hombres y mujeres.
  • Las exclusiones jurídicas producidas por la construcción binaria de la identidad de sexo y/o género.
  • La distribución inequitativa de recursos y poder que derivada de estas asignaciones y
  • La legitimidad del establecimiento de tratos diferenciados en las normas, resoluciones y sentencias.

Para formar este Protocolo se toma en cuenta entre otros aspectos la negativa del derecho al voto de la mujer  en donde subyacía la concepción basada en el sexo, de que sus experiencias no eran requeridas en el ámbito público, debido a una supuesta incapacidad para ejercer su ciudadanía.

Así como que existía hace tiempo el requisito legal de que la mujer necesitaba permiso de su marido para poder trabajar fuera de casa, desconociendo así su autonomía y no podían ser dueñas de su propia vida, los diferentes roles sociales, la violencia familiar en contra de la mujer.

La labor de los jueces juega un papel relevante en la caracterización de las mujeres. Quienes imparten justicia tienen el deber de hacer realidad la igualdad, evitando que en la interpretación y aplicación del derecho se hagan en forma prejuiciada, de cómo son y cómo deben ser las personas de acuerdo al sexo, preferencia y/o orientación sexual.

Un ejemplo  claro de que se ha transformado el pensamiento jurídico mexicano y por ende la argumentación jurídica sostenida en las sentencias, es que actualmente se toman en cuenta los tratados internacionales ya como rango constitucional y siempre en pro de la persona, lo que no se hacía anteriormente incluso la  Corte llegó a tomar criterios tales como que la cópula normal  violenta impuesta por el cónyuge, cuando existe obligación de cohabitar, no es integradora del delito de violación.

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