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La Conquista De La Nueva España


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2014  •  1.945 Palabras (8 Páginas)  •  552 Visitas

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3.- CONQUISTA

La Conquista de México se refiere principalmente al sometimiento del estado mexica o azteca, logrado por Hernán Cortés en el nombre del rey Carlos I de España y a favor del Imperio español entre 1519 y 1521. El 13 de agosto de este último año, la ciudad de México-Tenochtitlan cayó en poder de los conquistadores españoles, después de dos años de enconados intentos bélicos, políticos y conspirativos, en los que participaron activamente junto con los españoles invasores, los pueblos previamente avasallados por los mexicas, en un afán por rebelarse —aprovechando la alianza circunstancial de los recién llegados— de las condiciones de sojuzgamiento en que vivían.

Hubo otras expediciones y campañas militares, tanto de Hernán Cortés como de sus capitanes, entre 1521 y 1525, en la zona central, norte y sur del territorio de la actual nación mexicana, las cuales fueron estableciendo paulatinamente los límites de la Nueva España. A partir de estos acontecimientos que modificaron drásticamente la geopolítica mundial en los albores del siglo XVI, habrían de transcurrir aproximadamente tres siglos de dominación y colonialismo para que gran parte de los territorios se transformaran por medio de una guerra de independencia, en lo que es hoy finalmente la República mexicana.

3.1.- LOS JUSTOS TÍTULOS Y LAS BASES JURÍDICAS DE LA CONQUISTA

Al poco tiempo de iniciarse la conquista surgió la pregunta de si era legítima o no la presencia castellana en Indias. El inicio de este interrogante se había debido al sermón pronunciado por el dominico Fray Antonio de Montesinos el cuarto domingo de Adviento de 1511 en la isla de La Española; Montesinos denunciaba los abusos y excesos que los españoles estaban cometiendo con los nativos, tratándolos como si no fueran hombres. La reacción de los conquistadores fue la denuncia de las palabras pronunciadas por el fraile dominico, por ver en ellas la negación del derecho de España a conquistar y dominar los territorios ultramarinos recién descubiertos y a someter a sus habitantes. Se había iniciado la controversia sobre si era legítima la presencia castellana en el Nuevo Mundo. La cuestión planteada inquietó a la corona y se estudió y reflexionó de forma profunda en las aulas universitarias. El problema de los “justos títulos” llevó a adoptar diversas posturas doctrinales favorables o contrarias a la conquista.

En 1512, a instancias del rey Fernando, se reunía en Burgos una junta de políticos, teólogos y juristas con el fin de dictaminar si los títulos aducidos por España para la conquista y colonización de las Indias eran justos o no. Entre los convocados por el rey católico destacaron el profesor de Teología de la Universidad de Salamanca, el dominico Matías de Paz y el jurista Palacios Rubios. Las tesis que defendían se resumían en lo siguiente: primero, sólo en el Papa, como Vicario de Cristo y cabeza de la Iglesia, reside el poder sobre los infieles; segundo, todos los reinos están obligados a acatar la soberanía del Papa; tercero, la Iglesia por sí misma, o a través de algún príncipe católico, puede hacer la guerra a los infieles y dominarlos si no se acepta la autoridad del papado; los reyes de España, gracias a las bulas alejandrinas, tenían el derecho de dominar, esclavizar y exigir todo tipo de servidumbres y bienes a los infieles indios.

A las teorías defendidas por Las Casas, se opondrían las doctrinas elaboradas por Juan Ginés de Sepúlveda; entre1550 y 1551 ambos personajes se enfrentaron en una dura polémica sobre la aventura española en Indias; en esta disputa también participaron destacados juristas y teólogos de la Universidad de Salamanca tales como Domingo de Soto, Melchor Cano o el propio Francisco de Victoria; Sepúlveda afirmaba que existían unos hombres más racionales que otros; los más racionales , por su capacidad deben gobernar a los que no lo son; los españoles son más racionales que los indígenas, luego, como los españoles son superiores, es lícita la conquista americana y la dominación de sus pobladores, pero evitando toda violencia gratuita.

Los interrogantes, polémicas y debates sobre los justos títulos se extendieron también a las aulas universitarias españolas. La llamada Escuela de Salamanca, llegó a reconocer que junto a los derechos de los españoles también era evidente la condición humana de los indios, el derecho a ser bautizados y a disponer libremente de sus bienes públicos y privados. La polémica en torno a los “justos títulos” aún perduraría unos años más, pero el núcleo doctrinal para su resolución ya estaba elaborado.

Los Reyes Católicos comienzan su obra de evangelización luego que las discusiones teológicas terminaran aceptando la calidad de humanos de los habitantes del nuevo mundo aunque, jurídicamente, se los considerara como menores de edad por lo que debieron estar bajo la tutela de autoridades políticas o religiosas.

Jurídicamente, no cabe hablar de superioridad o inferioridad de una cultura sobre otra que se unen en el Derecho Indiano y Republicano mediante recepciones del Derecho Aborigen que aún perduran.

El descubrimiento y colonización trajo consigo un debate que apasiono a juristas y teólogos sobre los derechos que podía alegar la corona de Castilla al dominio de las nuevas tierras y la condición legal de sus aborígenes. El espíritu religioso de España de los Reyes Católicos y de sus inmediatos sucesores no podía dejar indiferente a los hombres de acción y pensamiento frente a los problemas de carácter moral derivados de la apropiación de territorios cuyos habitantes iban a presentar a menudo porfiada resistencia. Este esfuerzo español por ajustar la conquista a padrones jurídicos y morales, constituye un caso único en la historia universal, y contrasta la actitud adoptada en casos análogos por los países sajones.

Los primeros pasos del Derecho Indiano aparecen configurados, paradójicamente antes de producirse el descubrimiento de las tierras donde iba a regir. Están las capitulaciones suscritas en el campamento de Santa Fe, frente a Granada, por los Reyes Católicos y Colón el 17de abril de 1492. como era natural, dichas normas descansaron sobre la legislación vigente en Castilla y en buena parte sobre los principios del Derecho Común, considerado como la razón escrita de la Cristiandad. "Así, en primer lugar, de acuerdo con la concepción política de la cristiandad se reconoció la personalidad en la esfera internacional

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