La Contitucion
genesis2570196428 de Noviembre de 2013
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Origen de la Constitución
El 2 de febrero de 1999 en la toma de posesión como Presidente Constitucional de la República de Venezuela en el Capitolio Federal reunido el Congreso Nacional Hugo Chávez pronuncio el juramento de ley:
Única. Juró sobre esta moribunda Constitución. Juro delante de Dios, juro delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevos tiempos. Lo juro .
Los venezolanos, fueron convocados a un Referéndum Consultivo el 25 de abril de 1999 (el primero realizado para este fin en la historia de Venezuela) para que decidieran si aprobaban o no la propuesta 17 de noviembre de ese año el texto sancionado por la Asamblea Constituyente que fue sometido a Referendum popular.
Este procedimiento para aprobar la nueva carta magna convirtió a la constitución venezolana de 1999 en la primera y única en la historia nacional cuya redacción fue aprobada por el pueblo mediante el voto en el Referéndum del 15 de diciembre de 1999, recibiendo el respaldo del 71,78% de los votos escrutados (3.301.475), mientras que 1.298.105 votantes la rechazaron[cita requerida], siendo promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela de 1999 en Caracas, el 20 de diciembre de 1999. Año 189º de la Independencia y 140º de Federación.
La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y reconociendo derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente.
Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Entre otros asuntos deíndole ambiental, la constitución establece:
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural.
El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas.
El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población.
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica.
El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
Composición y Características
Presentación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, versión del 24 de marzo de 2000.
Se compone de un Preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales.
Preámbulo
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999
Parte dogmática
En la Constitución venezolana la parte dogmática está constituida por los Principios Fundamentales que determinan la configuración política y territorial del Estado venezolano, así como por la enumeración y regulación de los Derechos Fundamentales, sus garantías y los deberes. Por otro lado se incluyen los principios rectores de la política social y económica. De esta manera, la parte dogmática se compone de:
Título I, Principios Fundamentales (artículos 1 a 9)
Título II, Del Territorio, demás Espacios Geográficos y la División Política
Capítulo I, Del Territorio y demás Espacios Geográficos (artículos 10 a 15)
Capítulo II, De la División Política (artículos 16 a 18)
Título III, De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías
Capítulo I, Disposiciones Generales (artículos 19 a 31)
Capítulo II, De la Nacionalidad y de la Ciudadanía
Sección Primera, De la Nacionalidad (artículos 32 a 38)
Sección Segunda, De la Ciudadanía (artículos 39 a 42)
Capítulo III, De los Derechos Civiles (artículos 43 a 61)
Capítulo IV, De los Derechos Políticos y del Referendo Popular
Sección Primera, De los Derechos Políticos (artículos 62 a 70)
Sección Segunda, Del Referendo Popular (artículos 71 a 74)
Capítulo V, De los Derechos Sociales y de las Familias (artículos 75 a 97)
Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos (artículos 98 a 111)
Capítulo VII, De los Derechos Económicos (artículos 112 a 118)
Capítulo VIII, De los Derechos de los Pueblos Indígenas (artículos 119 a 126)
Capítulo IX, De los Derechos Ambientales (artículos 127 a 129)
Capítulo X, De los Deberes (artículos 130 a 135)
Parte orgánica
Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema venezolano conserva el diseño tripartito de división de poderes de Montesquieu, entre el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, pero agrega dos Poderes más a la estructura del Estado, con el Poder Ciudadano y el Poder Electoral. Los apartados correspondientes en la Constitución de la República son los siguientes:
Título IV, Del Poder Público
Capítulo I, De las Disposiciones Fundamentales
Sección Primera, Disposiciones Generales (artículos 136 a 140)
Sección Segunda, De la Administración Pública (artículos 141 a 143)
Sección Tercera, De la Función Pública (artículos 144 a 149)
Sección Cuarta, De los Contratos de Interés Público (artículos 150 a 151)
Sección Quinta, De las Relaciones Internacionales (artículos 152 a 155)
Capítulo II, De la Competencia del Poder Público Nacional (artículos 156 a 158)
Capítulo III, Del Poder Público Estadal (artículos 159 a 167)
Capítulo IV, Del Poder Público Municipal (artículos 168 a 184)
Capítulo V, Del Consejo Federal de Gobierno (artículo 185)
Título V, De la Organización del Poder Público Nacional
Capítulo I, Del Poder Legislativo Nacional
Sección Primera, Disposiciones Generales (artículos 186 a 192)
Sección Segunda, De la Organización de la Asamblea Nacional (artículos 193 a 196)
Sección Tercera, De los Diputados y Diputadas Organización a la Asamblea Nacional (artículos 197 a 201)
Sección Cuarta, De la Formación de las Leyes (artículos 202 a 218)
Sección Quinta, De los Procedimientos (artículos 219 a 224)
Capítulo II, Del Poder Ejecutivo Nacional
Sección Primera, Del Presidente o Presidenta de la República (artículos 225 a 235)
Sección Segunda, De las Atribuciones del Presidente o Presidenta de la República (artículos 236 a 237)
Sección Tercera, Del Vicepresidente o Vicepresidenta de la República (artículos
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