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La Metodologia


Enviado por   •  19 de Octubre de 2013  •  463 Palabras (2 Páginas)  •  206 Visitas

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CONCEPTO Nº 034084

Junio 7 de 2005

Señor

DAVID L. MARTINEZ CLAROS

CARRERA 56 No. 7- 96 Oeste Casa G-6

Cali

Ref: Consulta radicada bajo el número 6504 de 27/01/2005

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 1° de la Resolución 5467 del 15 de junio de 2001 este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional. En este sentido se emite el presente concepto.

TEMA Procedimiento Tributario

DESCRIPTORES BENEFICIO DE AUDITORIA - IMPROCEDENCIA

FUENTES FORMALES ARTÍCULO 689-1 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

PROBLEMA JURÍDICO:

El beneficio de auditoria contemplado en el artículo 689-1 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 863 de 2003, se extiende a las declaraciones del impuesto sobre las ventas y retención en la fuente?

TESIS JURÍDICA:

El beneficio de auditoría contemplado en el artículo 689-1 del Estatuto Tributario, luego de la modificación introducida por la Ley 863 de 2003, no se extiende a las declaraciones del impuesto sobre las ventas y retención en la fuente.

INTERPRETACIÓN JURÍDICA:

El beneficio de auditoría actualmente vigente, fue instituido por el artículo 17 de la Ley 633 de diciembre 29 de 2000, indicando que para los períodos gravables 2000 a 2003, la liquidación privada de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que incrementen su impuesto neto de renta en por lo menos un porcentaje equivalente a dos veces la inflación causada del respectivo período gravable, en relación con el impuesto neto de renta del año inmediatamente anterior, quedará en firme si dentro de los doce meses siguientes a la fecha de su presentación no se hubiere notificado emplazamiento para corregir, además de exigir el cumplimiento de requisitos adicionales para tener derecho a dicho beneficio.

El inciso segundo del artículo 689-1 del Estatuto Tributario, derogado por el artículo 69 del la Ley 863 de 2003, manifestaba que "En el caso de los contribuyentes que se sometan al beneficio de auditoría, el término de firmeza aquí previsto, será igualmente aplicable para sus declaraciones de retención en la fuente y del impuesto a las ventas, correspondientes a los períodos contenidos en el año gravable del impuesto sobre la renta sometido a beneficio", siendo

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