La justicia
Juanca1909Informe27 de Agosto de 2013
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INTRODUCCION: La justicia (del latín, Iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal:
•El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
•El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
DESARROLLO: La justicia y ética. La ética y la justicia son dos tema claramente distinto, pero tienen un gran punto de conexión. Hoy en día, la justicia esta regida por el derecho, y existe una gran carga de ética en el derecho. Queda claro que no podemos entender la justicia sin entender al derecho. Una famosa definición de justicia la da Ulpiano: una voluntad constante y perpetua de reconocer a cada cual su derecho. Con esto introducimos en nuestra discusión sobre la justicia, al factor determinante de esta, al menos en nuestros días, el derecho.En “Fundamentos de Antropología”, Yepes y Aranguren nos dan una clara exposición del tema planteado. Existe una gran dicotomía entre la ley moral y la abstracta, donde la primera es abstracta, interna y privada, mientras que la segunda es social, externa, concreta y pública. Este dualismo se trasluce en una pérdida de la ley moral, por la imposición de la ley positiva. Si esto es lo que la ley dice que hay que hacer, entonces debe ser lo correcto, por lo que el juicio que se le haga pasa al plano individual. Ellos agregan “El problema de esta escisión entre la moral y el derecho es que obliga a establecer como criterio de justicia la mera legalidad, y encomienda a la fuerza coactiva del Estado el establecimiento del dominio de la ley sobre los hombre”.Por su parte, Cuellar y Rovira dicen que la ley positiva es una explicación, prolongación o concreción de la ley moral ( en la que debe apoyarse y de la que saca su fuerza obligatoria que tiene por objeto regular la vida social de los hombres). Ellos nos dicen que tiene que existir esta estrecha relación entre la ley positiva y la moral. Es posible que en un principio las leyes jurídicas estén dirigidas hacia un bien común, un bien que comparte la mayoría de la sociedad. Pero la decadencia de la sociedad civil nos ha llevado a transformar los principios básicos de la justicia de derecho en un incipiente reinado de intereses egoístas.
CONCLUSION:Después de haber leído con detenimiento todo lo publicado (y un poquito más) podría decir que todos los conceptos expresados como definición de justicia se pueden resumir en uno solo:
“La justicia es el respeto al acuerdo alcanzado por las partes con el fin de que cada uno reciba lo que le pertenece. Este acuerdo debe haber sido logrado en libertad e igualdad de condiciones.”
Un ejemplo de esto es el Pacto Social al que adhieren todos los habitantes de una población.
Visto de esta manera todo reparto es justo, siempre y cuando se respete el acuerdo previo.
Obviamente queda excluida del presente la definición: Justicia es el interés
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