Justicia
publikarTrabajo18 de Noviembre de 2013
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INTRODUCCION
La justicia se representa por una mujer con los ojos vendados, con una balanza en una mano y una espada en la otra. Ella tiene muchas teorías y reflexiones con diferentes orientaciones pero con fin común que es el bienestar equitativo de las sociedades.
A continuación estaremos representando algunas de su teorías y sus reflexiones escritas por grandes sabios y filósofos en las cuales se fundamenta la justicia y como la vemos los seres humanos.
Justicia
La justicia se representa por una mujer con los ojos vendados, con una balanza en una mano y una espada en la otra.
La justicia (del latín, Iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca de la equidad y de la búsqueda del bien común. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.
Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal:
• El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
• El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
Concepto de justicia
Concepto de justicia en el Derecho romano
El término justicia viene de Iustitia, y el jurista Ulpiano la definió así: Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi; "La justicia es la constante perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho".
La palabra iustitia designó, originalmente, la conformidad de un acto con el derecho positivo, no con un ideal supremo y abstracto de lo justo. A dicho concepto objetivo corresponde , en los individuos, una especial actividad inspirada en el deseo de obrar siempre conforme a derecho; desde este punto de vista, Ulpiano definió la justicia, según el texto transcrito. Se cree que el jurista se inspiró en la filosofía griega de pitagóricos y esotoicos. Resulta, así que la iustitia es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno (aequum et bonum).
Conceptos posteriores de justicia
La justicia se ocupa en sí del apropiado ordenamiento de las cosas y personas dentro de una sociedad. Como concepto ha sido objeto de reflexión filosófica, legal, y teológica y de debate a través de nuestra historia. Un número de cuestiones importantes acerca de la justicia han sido ferozmente debatidas a través de la historia occidental: ¿Qué es justicia? ¿Qué demanda de los individuos y sociedades? ¿Cuál es la distribución apropiada de riqueza y recursos en la sociedad?: ¿igualdad, meritocracia, de acuerdo al estatus, o alguna otra posibilidad? Hay muchas respuestas posibles a estas preguntas de diversas perspectivas en el espectro político y filosófico.
De acuerdo a muchas teorías de justicia, es de suma importancia: John Rawls, en particular, clama que "La justicia es la primera virtud de la instituciones sociales, así como la verdad es a los sistemas del pensamiento.":1 La justicia puede ser pensada como distinta de y más fundamenta que la benevolencia, la caridad, misericordia, generosidad o la compasión. La justicia ha sido tradicionalmente asociada con conceptos de fe, reencarnación o divina providencia, es decir, con una vida de acuerdo al plan cósmico. La asociación de justicia con la equidad ha sido histórica y culturalmente rara y tal vez es una innovación moderna.2
Un estudio en la UCLA en el 2008 ha indicado que las reacciones a la igualdad están "cableadas" en el cerebro y que, "La igualdad está activando la misma parte del cerebro que responde a la comida en las ratas... Esto es congruente con la noción de que el ser tratados de manera igualitaria satisface una necesidad básica".3 Una investigación conducida durante el 2003 en Emory University, Georgia, que involucra a Monos Capuchinos demostró que otros animales cooperativos también poseen tal sentido y que "la aversión a la inequidad tal vez no sea únicamente humana."4 indicando que las ideas sobre igualdad y justicia puedan ser instintivas en naturaleza y en la sociedad
Teorización sobre la justicia
La Justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho. La Justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel referente de rectitud que gobierna la conducta y nos constriñe a respetar los derechos de los demás.
La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.
Hans Kelsen
Otro nivel de análisis lo constituye el hecho de entender la justicia como valor y fin del Derecho (más que como virtud subjetiva) al que podemos conceptuar juntamente con Norberto Bobbio como "aquel conjunto de valores, bienes o intereses para cuya protección o incremento los hombres recurren a esa técnica de convivencia a la que llamamos Derecho". Ahora bien en cuanto al bien jurídico tutelado por el Derecho, o sea, el conjunto de condiciones protegidas por las normas jurídicas, se puede considerar desde una perspectiva absoluta jusnaturalista dentro de la cual todo derecho es justo y si no es justo no es derecho. Pero desde una óptica juspositivista el Derecho es condición sine qua non de la justicia y a la vez, esta es una medida de valoración del derecho, por lo que podemos decir que un derecho positivo determinado puede ser "justo o injusto" de acuerdo con un ideal subjetivo de Justicia.
Todas las virtudes están comprendidas en la Justicia. En definitiva, la verdadera Justicia es el arte de dar a cada uno lo suyo, o bien, hacer a un individuo dar lo suyo a otro, ello con base en los principios de la ciencia del Derecho, lo cual debe hacerse sin discriminar ni mostrar preferencia alguna por nadie, toda vez que las personas deben ser tratadas por igual para, poder estar en condiciones de aplicar la Justicia a plenitud.
CLASES DE JUSTICIA
1. La justicia universal:
Que se aplica a la distribución de honores, o cualquier otro bien externo compartido por los miembros de la comunidad, así como los tratos que los individuos establecen en sus relaciones.
2. Justicia particular:
Se refiere al bien de individuos o grupos particulares y puede ser:
a) Distributiva: el Estado atiende a los derechos de individuos o grupos particulares, distribuyendo de forma justa, las ayudas, honores, privilegios, etc.
b) Conmutativa o recíproca: cuando los individuos establecen contratos particulares entre sí.
3. Justicia Social:
Se refiere al bien común social y económico de los grupos sociales que se encuentran organizados en grupos, sindicatos, clases, cooperativas, etc.
La justicia social está regulada por códigos laborales así como por estatutos y convenios internos de las empresas.
Quienes se encuentran obligados a dar cumplimiento a la justicia social son los patrones y empresarios, especialmente en lo referente al salario justo, pero también obliga a los obreros a realizar un trabajo honesto y responsable, sin exigencias irrazonables de remuneración.
4. Justicia Conmutativa:
Se le llama también justicia contractual y se refiere a servicios y derechos que son debidos a otro, como en el caso de la compra-venta y en el salario. Este tipo de justicia se regula a través de contratos, que pueden ser escritos o sólo de palabra.
Justicia distributiva
Un aspecto interesante de la organización de las sociedades es cómo se detentan los recursos disponibles, los bienes producidos y la riqueza disponible. En principio, en la mayoría de sociedades se han manejado dos conceptos parcialmente incompatibles sobre qué es una distribución justa de los bienes y la riqueza:
• La justicia según la necesidad, sostiene aquellos que tienen mayores necesidades de un bien deben poseer asignaciones mayores. En general este criterio es preponderante al considerar la situación de personas enfermas o con discapacidades y también a segmentos de las sociedades con menos capacidad de procurarse bienes como los niños, los ancianos y los marginados.
• La justicia según el mérito, sostiene que aquellos que más contribuyen a la producción de bienes y riqueza deben tener también una mayor proporción de los mismos. Algunos partidarios del liberalismo sostienen que poner en riesgo el criterio anterior eliminaría un importante incentivo a la generación de riqueza y el trabajo contributivo.
Ya Marx en su Crítica al Programa de Gotha señaló el error de confundir ambos tipos de justicia. En la práctica en las sociedades modernas los dos criterios de justicia distributiva coexisten
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