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Las fuentes del derecho mexicano son principalmente aquellos testimonios que permiten conocer la existencia de contenidos reales o formales de otra época


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  1.241 Palabras (5 Páginas)  •  288 Visitas

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Índice

 

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Fuentes de la historia del derecho mexicano --------------------------         1

I.- Clasificación de las fuentes históricas--------------------------------        2

II.- Cronología de las fuentes históricas ---------------------------------        3

III.- Principales fuentes históricas -----------------------------------------   4

Conclusión ---------------------------------------------------------------------        5

Bibliografía --------------------------------------------------------------------     6

Fuentes de la historia del derecho mexicano

Las fuentes del derecho mexicano son principalmente aquellos testimonios que permiten conocer la existencia de contenidos reales o formales de otra época, estos documentos son tales como inscripciones, papiros, libros etc. Que encierran el texto de una ley o conjunto de ellas.  

Estas fuentes se clasifican dependiendo de su:

  • Relación con el historiador
  • Inmediatez
  • Naturaleza
  • Presentación

Las fuentes también tienen otras divisiones que son:

  • Filosóficas
  • Objetivos directos
  • Folclor jurídico
  • Fuentes orales

Clasificación de las fuentes históricas mexicanas

La primera clasificación de las fuentes es la relación con el historiador esta debe ser:

 a) Directa: 

       ● El historiador sebe ser el autor de lo que se escribió.

       ● Debe ser testigo de lo atestiguado.

       ● Debe ser contemporáneo del hecho.

b) Indirectas, si son de estudios hechos de fuentes directas.

Otra clasificación de las fuentes es su inmediatez y esta se divide en:

  1. Mediatas

Son aquellas que deben ser interpretadas para conocer el dato histórico que nos interesa, por ejemplo, si leemos el poema del mío cid y de este extraemos una serie de costumbres de la edad media.

  1. Inmediatas

Se trata de aquellas que permitan conocer de primera mano el dato histórico jurídico que se investiga, por ejemplo, la Constitución de 1857.

La siguiente clasificación es la de la naturaleza de las fuentes, y se dividen en:

  1. Jurídicas

Se trata de aquellas que en su tiempo fueron fuentes formales del derecho, es decir, ley, costumbre y jurisprudencia.

  1. No jurídicas

Son aquellas que jamás tuvieron el rango como las jurídicas, estas son tales como los periódicos u obras literarias.

Esta clasificación es la de la presentación y se divide en:

  1. Graficas

Estas son aquellas que pueden presentar signos e imágenes que puedan representar ideas, en este caso se puede basarse en, pinturas, esculturas etc.

  1. No graficas

  • Filosóficas: Aquellas que se refieren al análisis de ciertas palabras.
  • Objetos diversos: Como emblemas, escudos etc.
  • Folclor jurídico: Conjunto de tradiciones o elementos que tienen relación con el derecho.
  • Fuentes orales: Son frases ideas o conceptos que van de generación en generación.

Cronología de las fuentes históricas mexicanas

DERECHO INDÍGENA O PRECORTESIANO

De 1800 A.C. a 1521

Se hace una mención principal a los aztecas, los cueles en materia de derecho desarrollaron organización política y jurídica que le permitió alcanzar una extensión territorial del Imperio más allá de lo que ahora son nuestras colindancias con Guatemala y Belice; una organización social perfectamente diferenciada por sus bien marcadas clases sociales un gobierno bien establecido, teniendo como gobernante supremo al Gran Tlatoani, el Cihuacóatl, los Tecutlis, los Jueces Populares, etc. La escala social a la que pertenecían los gobernantes, los agricultores, loa artesanos, los comerciantes, los esclavos, etc.

DERECHO CASTELLANO

De 850 a 1561

Nuestro derecho está impregnado de una fuerte influencia germano - románica, es inevitable el estudio de la conformación de lo que ahora es España  hasta del mismo nombre, en su origen,  Hispania, o también denominada Iberia, que fue evolucionando hasta quedar como ahora la conocemos.

DERECHO INDIANO

De 1492 a 1821

España aplica una serie de ordenamientos jurídicos en sus territorios de ultramar, a los que ellos mismos denominaron Indias Occidentales, de donde surge el calificativo de Derecho Indiano y cuya aplicación fue de carácter general, es decir para todos los habitantes de los nuevos territorios. Aunque se pretendió preservar el derecho indígena, siempre terminaba por aplicarse el derecho español y más tarde se extendió por todo el Nuevo Mundo.

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