Linea Del Tiempo Sociologia Politica
daygarvel4 de Marzo de 2013
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Concepto 1 Concepto 2
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO Es la parte general de la
ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los
conceptos, principios e instituciones que son comunes a las
Diversas disciplinas procesales especiales. Es la parte general de la ciencia del Derecho procesal, que se ocupa de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales
NORMA JURÍDICA PROCESAL Son las normas destinadas a regular el ejercicio de la función jurisdiccional a la constitución delos órganos específicos y a establecer la competencia de estos. Las normas de derecho procesal son de carácter obligatorio Son aquellos ordenamientos jurídicos, plasmadas en códigos procedimentales o bien en capítulos delimitados a la ley de la materia que se encargan de encuadrar y delimitar el procedimiento que ha de seguir un juicio.
FUENTES DE LA NORMA PROCESAL Se entiende por fuentes de las normas procesales como el origen factible de la suma de disipaciones del derecho positivo del en el ámbito específico del contexto del proceso Son aquellas de donde nacen se crean o emanan las normas procesales .
PROCESO LEGISLATIVO El procedimiento de creación del sistema positivo sobre esta materia constituye su fuente primaria o proceso de creación más importante. Consiguientemente, el proceso legislativo representa la fuente más prestigiada del derecho procesal vigente, en su perspectiva real, ya cualitativa o cuantitativa. Es el proceso mediante el cual se da creación de las leyes.
COSTUMBRE Una costumbre es un hábito adquirido por la práctica frecuente de un acto. Como fuente del derecho procesal, la costumbre ha de entenderse como la práctica general y reiterada de un hecho, avalado por la convicción, la certeza y la conciencia de que resulta absolutamente obligatoria.
JURISPRUDENCIA Se define como la establecida por el mismo en idénticas y repetidas resoluciones en su función aplacadora e integradora de las normas jurídico-positivas La jurisprudencia va encaminada a mantener a los tribunales inferiores la observancia del ordenamiento jurídico positivo interpretándolo uniformemente, pero no vincula a los tribunales inferiores, solo desde el punto de vista moral.
DOCTRINA Al hablar de la doctrina, nos referimos a los resultados obtenidos de la actividad científica y la investigación jurídica llevada a cabo por los estudiosos del Derecho especializados en la materia. Es un conjunto coherente de enseñanzas o instrucciones. Pueden estar basadas en un sistema de creencias sobre una rama de conocimiento
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Plasman la concepción de justicia acuñada por la sociedad política que sirve de inspiración y fundamento al ordenamiento jurídico que se promulga. Son los enunciados normativos más generales que, a pesar de no haber sido integrados formalmente al ordenamiento jurídico, se entiende que son parte de él, porque sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares
INTERPRETACIÓN DE LA NORMA Es la forma por la que el juzgador analiza, explica y considera el sentido de alcance de la norma jurídica procesal. La interpretación nos lleva pues a desentrañar el sentido y significado último de la norma así como cuáles son las condiciones que deben darse para su aplicación.
INTEGRACIÓN DE LA NORMA Es la creación y constitución de un derecho, o la tipificación de un delito no establecido en la ley recurriendo a otras normas, a los Principios Generales del Derecho y a la Doctrina, para aplicarlos al caso particular. Es la actividad del juzgador que tiende a encontrar y explicar la norma adecuada para sustituir o completar alguna laguna de la ley, utilizando las leyes si existen, la jurisprudencia, doctrina, los principios generales de derecho y en su defecto la costumbre siempre que
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