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Los Actos Políticos En La Posmodernidad


Enviado por   •  25 de Agosto de 2014  •  1.213 Palabras (5 Páginas)  •  229 Visitas

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LOS ACTOS POLÍTICOS EN LA POSMODERNIDAD

La propuesta de gobierno de limitar la competencia de la Corte para ejercer el control constitucional

Los actos políticos en la posmodernidad la propuesta de gobierno de limitar la competencia de la Corte para ejercer el control constitucional, es producto de una investigación en la que se estudió el origen de los actos políticos y la evolución de estos, así como la incidencia que estos han tenido en diferentes países del mundo.

Definir materialmente un acto político o de gobierno, ha sido desde su mismo origen un asunto complejo así se ve reflejado en el estudio que sobre el tema realiza el jurista Gustavo Penagos Vargas y quien lo define como el acto jurídico que puede presentarse como una ley o simplemente como una decisión de la administración, enjuiciables en ambos casos según la normas de jurisdicción y competencia.

En el desarrollo de esta tema se anota en principio que desde la más remota antigüedad los gobernantes han luchado para que sus actos no sean enjuiciados por los tribunales, pensamiento que fue diluyéndose un poco con la aparición del estado de derecho y la creación del Consejo de Estado en Francia, en el año de 1799, cuando se buscó encausar la actividad del estado dentro de los causes jurídicos establecidos en la constitución y la ley.

Sin embargo más adelante en 1815 con el regreso de la monarquía surge la doctrina de los actos políticos no enjuiciables creada por el consejo de estado francés tratando de evitar su cierre por parte del rey en esa época, doctrina hizo carrera en muchos países del mundo. Ahora bien esta teoría de los actos políticos no sometidos a control constitucional se aleja un poco del estado moderno si se tiene en cuenta que en ese estado de derecho todos los actos deben estar sometidos al control judicial, pues no existe principio jurídico alguno que justifique actos políticos fuera de control. De manera que, considera el actor, autorizar al gobierno a proferir decretos inmunes a control jurisdiccional por vicios de fondo, sería una clara violación de derechos fundamentales.

La evolución de la jurisprudencia francesa trae consigo una teoría según la cual los actos políticos no dan origen a ningún recurso contencioso, no obstante que se refieran a derechos individuales, pero si los actos calificados como políticos confieren un derecho particular y son por naturaleza discrecionales, la esfera jurídica a la cual pertenecen no puede ser calificada en forma arbitraria por el gobernante sino que está subordinada a la ley en interés no solo del estado sino de los ciudadanos.

Esta jurisprudencia francesa ha sido gran influencia en otros países entre los que se cuentan España, Venezuela, Argentina y por supuesto Colombia.

En nuestro país la doctrina de los actos políticos ha sufrido una evolución muy importante, después que el artículo 82 del Código Contencioso Administrativo fue declarado parcialmente inexequible, aceptando con esta la competencia para conocer por motivos tanto de forma como de fondo todos los actos fueren políticos o no.

Siendo así, puede decirse que todos los actos políticos están sometidos a control jurisdiccional y es deber tanto de la Corte Suprema de Justicia, como del Consejo de Estado y de todos los Tribunales del país, conforme a las normas de jurisdicción y competencia declarar el derecho bien sea por demanda de parte, o de oficio en los casos que determine la ley sin abstenerse de hacerlo en ningún caso, pues se estaría denegando justicia.

De otro lado, dentro del régimen constitucional colombiano, emana el auténtico fundamento del Estado de Derecho, según el cual es un imposible jurídico que existan actos administrativos

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