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MERCANTIL


Enviado por   •  28 de Agosto de 2014  •  1.602 Palabras (7 Páginas)  •  162 Visitas

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UNIDAD 10

LOS RECURSOS EN LOS JUICIOS MERCANTILES

MEDIOS DE IMUGNACION: son el conjunto de instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales, atreves de los cuales personas con interés legitimo ya sean partes o terceros se inconforman contra una actuación que les perjudica emitida dentro del proceso, por un magistrado juez o autoridad judicial, interponiéndolo antes de que la resolución sea considerada firme o una vez que se estima impugnable, mediante la expresión de que lo considerara deficiente y con la intención de que el superior jerárquico, una vez que haya analizado las inconformidades hechas valer (violaciones en estricto derecho o agravios),la modifique , revoque, anule o sancione al responsable

TIPOS

De conformidad con el código de comercio existen las siguientes:

La apelación, revocación, reposición y aclaración de sentencia

RENUNCIA A LOS MEDIOS DE IMPUGNACION

En materia mercantil la suprema corte de justicia de la nación ha considerado constitucional la renuncia a los medios de impugnación, siempre que la misma se realice en escritura pública, ya que el procedimiento mercantil preferente a todos es aquel que convienen las partes con la limitaciones que impone la ley.

APELACION

Este término significa pedir auxilio, es el medio impugnativo ordinario que puede hacerse valer en negocios cuya suerte principal exceda de 200 mil pesos , atrunal de segundo a vez una de las partes o ambas, solicitan que un tribunal de segundo grado examine una resolución dictada la dentrconoce o del proceso por el juez que conoce de primera instancia expresando sus inconformidades, con la finalidad de que el dictado superior jerárquico, una vez que las analice y sin que pueda suplir sus deficiencias (en estricto derecho), emita una nueva determinación que la confirme, reformándola y revocándola.

CUANTIA O IMPORTACIA DE L CONTROVERSIA

Se estableció que la interposición de este importante medio impugnativo ordinario se limita a negocios que por su monto no se ventilen a los juzgados de paz o e cuantía menor cuando la suerte principal de mismo excede de 200 mil pesos y sin consideración a los intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de recurso.

PERSONAS FACULTADAS

Pueden interponer el recurso de apelación

El condenado si creyere haber recibido algún agravio

El vencedor cuando no obtuvo la restitución de frutos

El vencedor, que puede adherirse a la apelación interpuesta, por su contrario siguiendo la suerte de este

El tercero con interés legitimo, siempre y cuando lo perjudique la resolución

FORMA E INTERPOSICION

Se hace valer por escrito, debiéndose expresar los agravios que el apelante considere que le cause la resolución recurrida (en caso de no hacerlo se pueden expresar en ocurso independiente dentro del plazo para apelar ) .

TIEMPO DE INTERPOSICION

Debe realizarse en el acto de notificarse o dentro de los 9 días siguientes aquel de que surta efectos la notificación de la resolución impugnada, si se trata de sentencia definitiva, dentro de los 6 si se refiere a auto de tramitación inmediata y tres si se trata de auto de tramitación conjunta con la definitiva.

AUTORIDAD ANTE QUIEN SE INTERPONE

Debe de hacerse valer ante el juez que pronuncio la resolución expresando los agravios que le cause la misma tratándose de apelación es de tramitación inmediata (en caso de no hacerlas valer en dicho momento, estos se pueden indicar en escrito independiente, el cual necesariamente deberá presentarse dentro del plazo para interponer el recurso. En caso de apelaciones preventivas de tramitación conjunta con la definitiva al interponer el recuso no es necesario expresar agravios, ya que los mismos deben hacerse valer, en escrito por separado, dentro del plazo que la ley concede para interponer el recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva y siempre y cuando de hubiere apelado esta.

RESOLUCIONES APELABLES

Las sentencias y los autos que causen un gravamen irreparable dentro del proceso son impugnables por el recurso de apelación, excepto los dictados en juicios mercantiles que por su monto se ventilen en los juzgados de cuantía menor o en aquellos donde el interés del negocio no exceda de 200 mil pesos, por concepto de suerte principal, sin que sean en tomarse en consideración interese y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición del recurso.

EFECTOS EN QUE SE PUEDE ADMITIR

La apelación procede en efecto devolutivo (un solo efecto)y en el suspensivo (ambos efectos), o solo en el primero , pudiendo ser este de tramitación o de tramitación conjunta con la definitiva, según sea el caso.

APELACIONES DE TRAMITACION INMEDIATA

Para todas las sentencias que sean recurribles se admitirá la apelación de tramitación inmediata en efecto suspensivo, salvo cuando la ley expresamente determine que lo sean en efecto devolutivos. Por lo que se refiere en los autos, se admitirá el recurso de apelación de tramitación inmediata y con efecto devolutivo para aquellas apelaciones que se interpongan en contra de el .

Auto que niegue la admisión de la demanda, o de los medios preparatorios a su juicio

Auto que no admita a trámite

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