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MINERÍA EN COLOMBIA

elisabethmarin25 de Mayo de 2015

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INTRODUCCIÓN

Las grandes transformaciones del sector minero en los últimos años obligaron a un

replanteamiento de la institucionalidad sectorial, los altos precios de los minerales, aunados a las

políticas nacionales de apertura y atracción de la inversión han introducido una dinámica a la

industria que ha visto crecer sucesivamente los indicadores de titulación, áreas contratadas,

solicitudes, producción y reservas minerales, exportaciones, inversión extranjera y consumo

nacional.

Esta dinámica ha traído consigo nuevos retos al sector, que ha visto como la problemática

histórica de la informalidad minera, asociada principalmente a la minería de pequeña y mediana

escala se ha profundizado y la capacidad de respuesta del Estado se ha visto comprometida,

demandando de la institucionalidad la formulación y establecimiento de una política pública para

la formalización de la minería en Colombia, mediante la implementación de estrategias orientadas

a hacer más competitiva y productiva la industria, con el componente de equidad demandado por

las regiones mineras, de tal suerte que la misma contribuya a extraer los minerales bajo

parámetros técnicos, ambientales, económicos, laborales y sociales adecuados y que por medio

de una fuerte articulación institucional, se logre mejorar la gobernabilidad y gobernanza del sector

y la gestión y administración de los recursos mineros del País, con el único propósito de que al

monetizarlos se contribuya a generar bienestar en la población, disminuyendo la pobreza, con

una distribución equitativa de las riquezas naturales del país.

Los problemas que enfrenta el país en torno a la minería de pequeña y mediana escala son

numerosos y disímiles; estadísticas del Censo Minero realizado en el 2010 reportan que el 63%

de la unidades productivas mineras censadas trabajan sin título minero o sin el amparo del mismo

y que de las 14 mil unidades mineras censadas, el 98% (aproximadamente) son de pequeña y

mediana minería, siendo el 72% de estas, de minería de pequeña escala; esta situación genera

desde el inicio de las actividades una condición de informalidad que no le permite al minero

realizar sus labores amparados por la institucionalidad, lo cual hace que se vaya acostumbrando

a realizar sus actividades de manera informal y no perciba los beneficios de la formalidad.

Esta Política se enfocará en generar herramientas de apoyo a los mineros informales de pequeña

y mediana escala preferentemente, de tal forma que con la ayuda del Estado, la implementación

de la misma permitirá la formalización de su actividad. Esta política se compone de un primer

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capítulo de antecedentes, los cuales se dividen en normativos e institucionales; el primero hace

referencia a la legislación y su reglamentación a través de leyes, decretos, resoluciones y otros

instrumentos jurídicos que han regido la formalización minera en el país, el segundo resume las

actuaciones institucionales tendientes a formalizar la minería a través de programas, proyectos y

actividades, entre otras, que ha venido adelantando el Estado en los últimos 25 años,

relacionados con la formalización de la minería en Colombia. Un segundo capítulo hace

referencia al marco conceptual de la política, en este se realiza una revisión internacional de los

procesos de formalización de cinco países con esta problemática, se aborda el concepto de

minería formal en Colombia y se definen grados para la formalización minera en el país. El tercer

capítulo plantea una Visión a mediano y largo plazo de la Política, construida con las

comunidades mineras y diversos actores del sector, a través de la apertura de espacios de

participación ciudadana, tales como: talleres y grupos de discusión, con las comunidades

mineras y diferentes actores del sector; En el cuarto capítulo se presenta el diagnóstico, el cual

fue elaborado, a partir de las estadísticas de formalización minera del país y de los resultados

obtenidos en los talleres realizados, con los diferentes actores del sector, mediante métodos de

análisis cuantitativos, que sirvieron para determinar el problema central y los ejes problemáticos

que serán abordados en el marco de la Política Nacional. El quinto capítulo relaciona las líneas

estratégicas de la política, a través de las cuales se plantea la solución al problema central y los

ejes problemáticos, mediante la implementación de programas, proyectos y actividades y el

seguimiento de indicadores definidos en el capítulo sexto de la Política.

1. ANTECEDENTES

La siguiente es una recopilación de los aspectos normativos más relevantes que han tenido lugar

en el País en torno a la temática relacionada con la formalización y legalización de la minería en

Colombia, recopilación que se hará desde el Código de Minas de la Ley 2655 de 1988 hasta la

actualidad.

1.1 Antecedentes Normativos

Con el Código de Minas de 1988 se abordó en el País una primera definición de los tamaños o

escalas de la minería clasificándolos en minería de pequeña, mediana y gran escala, establecidas

con las variables de volumen del mineral o material estéril extraído en una unidad de tiempo,

capacidad instalada, empleo y grado de mecanización, además de otros aspectos de orden

técnico, económico y social.

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Los titulares de la pequeña minería estaban obligados a presentar únicamente el Informe Final de

Exploración y el Programa de Trabajos e Inversiones a la terminación de la licencia de

exploración, a diferencia de los titulares de mediana y gran minería los cuales tenían la obligación

de presentar a la Autoridad Minera informes periódicos de progreso.

La Autoridad Minera en las áreas de sus aportes podían contratar proyectos de pequeña y

mediana minería, con organizaciones solidarias, cooperativas o precooperativas, con contratos

especiales siempre y cuando los mismos no intervinieran los proyectos de gran minería; existía la

integración con el condicionante de que la misma no desmejorase las condiciones de aquello que

debía integrar.

Las comunidades indígenas y de negritudes tenían el derecho de prelación sobre la explotación

de yacimientos en sus territorios; para lo cual existía una licencia especial que se otorgaba a la

comunidad una vez delimitada la Zona Minera Especial. La explotación en las zonas Mineras

Indígenas estaban exoneradas de regalías e impuestos.

Las Cooperativas que desarrollaban proyectos de pequeña y mediana minería tenían unas

prerrogativas especiales para la obtención de los títulos mineros, la explotación del depósito, la

industrialización y comercialización de los productos, para satisfacer las necesidades de sus

asociados y de la comunidad. El Ministerio y sus entidades adscritas y vinculadas en la obligación

de ejecutar a estas empresas programas de asistencia técnica, capacitación y fomento minero.

Los fondos de fomento minero estaban destinados a proveer recursos económicos a la industria

minera especialmente para: “la prestación de asistencia técnica y financiera, el mejoramiento de

las condiciones sociales y económicas del pequeño y mediano minero y la preservación del

medio ambiente bajo el régimen de administración…” 1

Los recursos de los fondos podían transferirse directamente a los beneficiarios o a través de

intermediarios financieros con créditos y garantías. Estos recursos tenían diversas fuentes entre

las que se contaban principalmente: Presupuesto nacional, intereses, convenios de cooperación

técnica o financiera, celebrados con otros gobiernos, organismos nacionales y extranjeros,

aportes y los porcentajes destinados del canon superficiario y regalías.

1 Artículo 187, Decreto 2655 de 1988

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Los recursos de los fondos estaban dirigidos principalmente a las siguientes actividades: financiar

o amparar gastos de inversión para exploración, factibilidad, montaje y explotación, beneficio,

transformación, transporte y embarque de minerales, respaldar la obtención de créditos internos o

externos, otorgar directamente o a través de intermediarios financieros, públicos o privados,

créditos de fomento de la minería o garantías, financiar obras de apoyo a la comunidad en las

regiones de ubicación de los proyectos de pequeña y mediana minería.

“Las operaciones de los fondos se harán preferentemente a empresas y proyectos de pequeña y mediana

minería. Esta preferencia deberá reflejarse en los programas y presupuestos anuales que de los recursos

de dichos fondos adoptará la entidad administradora”.2

Para los estudios y licenciamiento ambiental, el Ministerio determinaba la necesidad de la

presentación de “un estudio de impacto ambiental y un plan de manejo de los recursos naturales no

renovables y del medio ambiente, además de la declaración de impacto ambiental” basados en el

informe final de exploración y el programa de trabajo e inversiones. No obstante para las

explotaciones

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