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Morelos Ante Sus Jueces

spartacvs128 de Junio de 2014

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C. a Doc. Antonio Aguilar Sandoval.

MORELOS ANTE SUS JUECES

Morelos en la historia de nuestro país, fue de los mas grandes héroes; tanto de manera nacional como extranjera, por lo que en la presente, algunos autores refieren que flaqueo al comparecer a los tribunales, entre otras situaciones polémicas. De tal forma, se analiza desde la perspectiva del derecho al debido proceso.

En su declaración refiere: quiero que hagamos el reconocimiento, que no hay otra nobleza que la de la virtud, el saber, el patriotismo y la caridad; que no haya esclavos, pues el color de la cara no cambia el del corazón ni del pensamiento; que se eduquen los hijos del labrador y del barretero como los del más rico hacendado. Quiero que todo el que se queje con justicia tenga un tribunal que lo escuche y que lo ampare y que lo defienda contra el fuete y el arbitrario; que se declare que lo nuestro es ya nuestro y para nuestros hijos, para que tengan una fe, una causa y una bandera bajo la cual todos juremos morir, antes de verla oprimida, como lo es ahora, y que cuando ya sea libre, estemos listos para defenderla.

Así pues, a medida que suceden las audiencias en los tribunales, se observa el proceso de del Estado mexicano y se entiende claramente, el porque del postulado, y de la necesidad de que se estableciera un poder Ejecutivo vigoroso, mas sin embargo, en aquella época, ni siquiera se tenia dicha situación contemplada. De tal manera, al adentrarse el autor y a su vez, el propio creador de este trabajo en el presente documento, y profundizando en el mismo, se delinea las características del protagonista dentro de su proceso, tanto del como fue juzgado, como de quienes lo juzgaron; ubicándose los hechos en el contexto jurídico, sirviéndose de todos los elementos propios del procedimiento que se tuvieron al alcance; refiere, que se exceptúan: actas, autos, oficios, certificaciones, piezas probatorias, alegatos, conclusiones y sentencias, que de igual manera, se refieren como publicaciones, que fueron realizados de manera anárquicamente y sin explicación alguna en relación a distintas obras, analizándolas de manera cuidadosa y meticulosa, para tratar así, de desentrañar el significado y los alcances que se tuvieron a bien, en su alcance procesal, dándoles dentro de su marco histórico, el aclarar las confusiones en la materia de lo cual refiere la presente recensión, del nombrado héroe por antonomasia. Morelos, fue sometido a tres tribunales: el de la denominada, Jurisdicción Unida, el del Santo Oficio y el Militar. Dos semanas después de su captura, en lugar de ser juzgado sumariamente por un consejo de guerra, formado sobre la marcha, como lo preveían las disposiciones coloniales, se le traslado a la ciudad de México, con el fin de sujetarlo a proceso ante las máximas autoridades de la Iglesia del Estado, asociadas en un tribunal mixto al que se le llamo Jurisdicción Unida, para condenarlo por alta traición y otros delitos, refriéndose a ellos, como “enormes y atroces”. El juicio duro setenta y dos horas y debía concluir con la degradación y la muerte, este señala el primero del los procesos. Conforme fueron transcurriendo las horas, se presentaron nuevos acontecimientos que resultaron en el aplazamiento de la pena capital, no así de la degradación. Uno de ellos fue el de abrir un nuevo juicio ante el Tribunal del Santo Oficio, que duro escasamente cuatro días y culmino condenando al cautivo como hereje, es la segunda de las causas. Al concluir esta, el juez fiscal del gobierno colonial, pidió que se condenara al prisionero a la pena de muerte y se descuartizara su cadáver, colocando su cabeza en jaula de hierro colgada en la plaza publica de la ciudad de México, y su mano derecha en la de Oaxaca. Sin embargo, el juez supremo del reino, el virrey, no cedió a la demanda sin someter previamente a Morelos a un exhaustivo interrogatorio ante el tribunal militar, que desahogo sus diligencias en el termino de cuatro días. Este es el tercero y ultimo de los procesos.

El juicio de la jurisdicción unidad, es un juicio político. Justifica la actuación de las autoridades coloniales ante le rey de España, y fue el recurso utilizado para condenar al acusado a la ultima pena. El que se expresa el conflicto entre las concepciones ideológicas, políticas y jurídicas que se dieron en España y América durante la guerra de Independencia. El segundo proceso, el de la Inquisición, es doblemente interesante, inquiere sobre la vida del acusado: su familia, su trabajo, sus estudios, sus bienes, sus amores, sus lecturas y demás, lo enjuicia y condena por sus ideas filosóficas y políticas. Las diligencias llevadas a cabo por el Tribunal Militar, prolongación de la Jurisdicción Unidad, la eclesiástica excluida, que forman el tercer proceso, se concretan a interrogar a el soldado acerca de sus campañas en la guerra, sus victorias y sus derrotas, su lucha por hacerse del poder supremo entre los suyos, sus relaciones con lo países extranjeros, sus ocultos contactos en el campo enemigo, el estado de sus fuerzas y su estrategia para ganar la guerra.

En el primer proceso, las autoridades coloniales se ven obligadas a hacerlo parecer, desde el punto de vista jurídico, como un clérigo español que comete el delito de alta traición y otros crímenes enormes y atroces durante la “Revolución” de independencia. En el segundo, se pretende exhibirlo como jefe de un movimiento herético popular, de tipo luterano, tendiente a producir un sisma religioso. En ambos casos, los objetivos políticos son los mismos, aplicar al ilustre detenido, un castigo ejemplar y espantoso; producir entre sus ocultos partidarios de la ciudad de México, y del resto del reino, un terror saludable, y hacerlo detestar sus delitos. Las finalidades del tercer proceso, es llevado a cabo por el tribunal militar, son otras: obligarlo a hacer una relación histórica de sus campañas bélicas; presentar el estado actual de las fuerzas nacionales; revelar los nombres de sus ocultos partidarios en las ciudades dominadas por los realistas; descubrir los sitios en que dejaron escondidos los bienes que atesora durante la insurrección; dar a conocer el avance de las relaciones de la nación con otros países del mundo, y producir un plan de pacificación que ahogara en definitiva ”el monstruo de la rebelión”. Aquí las autoridades españolas ya no justifican su actuación a te el gobierno de la metrópoli, sino se aprovechan de su prepotencia para arrancar al reo, comprometedoras declaraciones, que sirvan a sus intereses concretos y fines inmediatos.

De las paginas del primer proceso surge, no el criminal acusado por los fiscales españoles, sino un político y un hombre de estado; en segundo, no el hereje condenado por ellos, sino un ser humano como todos, en su intimidad, así como, el legislador y el ejecutor implacable de una nueva voluntad nacional, y en el tercero, no el jefe de una banda de asaltantes, sino un estratega militar y un soldado genial.

La preocupación y finalidad principal, en la interpretación y análisis de las actuaciones desahogadas por los tres tribunales del gobierno colonial. Para ello se relata lo ocurrido desde su captura, el 5 de noviembre de 1815, en Temalaca, un oscuro pueblo a las orillas del Balsas, hasta que fue fusilado el 22 de diciembre del mismo año, a las tres de la tarde en punto, en San Cristóbal Ecatepec, finca veraniega de los Virreyes situada al norte de la ciudad de México.

Al conocerse en el palacio del virrey el parte, de que se da cuenta de su fortuita aprehensión, se ordeno, que se difundiera la noticia en un número especial y extraordinario de la Gaceta de México, órgano oficial del gobierno colonial. En seguida, el virrey y el arzobispo se dedicaron a resolver los problemas derivados de su ejecución a proceso. De inmediato se presentaron las primeras dudas, no en cuanto al destino del prisionero, este era la muerte; sino al lugar, tiempo y modo de su ejecución. El virrey creyó que bastaba someterlo a juicio sumario ante consejo de guerra. El arzobispo, por su parte, impuso su opinión fundada en la ley y precedentes judiciales, en el sentido, de que se le juzgara por la iglesia y el Estado. Para desahogar el proceso ante la jurisdicción Unida, fue necesario trasladarlo con lujo de precauciones de la tierra caliente, hasta la ciudad de México, por un camino por el que abundaban las guerrillas insurgentes. Se tomaron las medidas de seguridad necesarias. Su llegada a la capital del reino se considero altamente peligrosa, ya que se supuso que el pueblo estaba dispuesto a rebelarse para “liberar a su humillado héroe”, en frase del arzobispo. Tuvo que hacérsele llegar “después de las doce de la noche” del miércoles 21 de noviembre de 1815, para resguardarlo durante el juicio sumario que se llevaría a cabo a puerta cerrada, se le alojo en las cárceles secretas de la inquisición. Unas cuantas horas después, a las once de la mañana, se inicia la instrucción ante los jueces comisionados de la iglesia y el Estado, la celebre Jurisdicción Unida, y concluye al día siguiente, a las doce horas en punto. Para comprender cabalmente la significación, propósitos y finalidades del interrogatorio al que fue sometido Morelos en este tribunal, se exponen las bases jurídicas en las que este se apoyo, así como, los precedentes mas importantes en la materia: los juicios de Talamantes, Hidalgo, Matamoros y San Martin.

En la primera parte del juicio ante la Jurisdicción Unida, el tribunal se esfuerza por hacer aparecer al acusado como un traidor al rey, mientras que aquel, por su parte, logra afirmarse como el Vocal del Supremo Consejo de Gobierno y Capitán General de la nueva nación llamada

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