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Municipio En Mexico

kurieko29 de Marzo de 2012

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ENSAYO BIBLIOGRÁFICO SOBRE EL MUNICIPIO

Antonio Annino, “Cádiz y la revolución territorial de los pueblos mexi-

canos 1812-1821”, en Antonio Annino (coord.), Historia de las eleccio-

nes en Iberoamérica, siglo XIX, México, Fondo de Cultura Económica,

1995.

José Alfredo Rangel Silva, “Cambios políticos y ayuntamientos constitu-

cionales en la Huasteca potosina, 1820-1824”, en Vetas, n. 5, mayo-

agosto, 2000.

Antonio Escobar Ohmstede, “Los pueblos indios huastecos frente a las

tendencias modernizadoras decimonónicas”, en Antonio Escobar

Ohmstede, Romana Falcón, Raymond Buve (comps.), Pueblos, comu-

nidades y municipios frente a los proyectos modernizadores en América La-

tina, siglo XIX, México, El Colegio de San Luis/Centro de Estudios y

Documentos Latinoamericanos, 2002.

María del Carmen Salinas Sandoval, Los municipios en la formación del Es-

tado de México, 1824-1846, México, El Colegio Mexiquense, 2001.

Édgar Mendoza García, “La conformación de municipalidades en Oaxa-

ca: ¿Un pacto republicano entre 1825 y 1857?”, en Cuadernos del Sur,

Oaxaca, Centro INAH Oaxaca/Centro de Investigaciones y Estudios

Superiores en Antropología Social-Istmo/Universidad Autónoma Be-

nito Juárez de Oaxaca, Instituto de Investigaciones Sociales, junio de

2004, p. 91-114.

Los estudios historiográficos en torno al municipio han tenido un

auge en los últimos diez años, motivado por el interés de varios

historiadores por explicar el papel que éste desempeñó en los

cambios en la estructura de los gobiernos y el poder político lo-

cal, producidos durante la transición del régimen colonial al Mé-

xico independiente, y su importancia como base institucional del

naciente Estado mexicano.

El análisis de estos temas ha llevado a una revisión del proce-

so formativo municipal del periodo colonial tardío a la primera

experiencia federal en México, que ha tenido como objeto estudiar

las transformaciones en la composición de los gobiernos locales y

en las formas de participación y representación política a partir

de la creación de los ayuntamientos constitucionales y sus reper-

cusiones en el orden municipal de los estados después de la con-

sumación de la independencia.

ESTUDIOS DE HISTORIA MODERNA Y CONTEMPORÁNEA DE MÉXICO

La mayoría de los trabajos acerca de la instauración del orden

municipal liberal en México se han enfocado principalmente a los

pueblos indios, donde esto generó cambios notables en la organi-

zación del gobierno y la vida política local, pero aún falta profun-

dizar en cómo se dio este proceso en poblaciones que no tenían

esta condición.

Uno de los trabajos más sobresalientes sobre el desarrollo del

municipio y los cambios en la estructura política y territorial de

los pueblos, luego de las reformas introducidas por la Constitu-

ción de Cádiz de 1812, es el de Antonio Annino.1 Este autor sugie-

re que la Constitución gaditana favoreció en la Nueva España una

transferencia de poderes del Estado a las localidades, en particular

a los pueblos, que permitió a éstos el autogobierno y el control de

sus recursos territoriales. Tal situación provocó una fractura entre

el municipio y el Estado, que después de la consumación de la in-

dependencia llevó al fracaso los esfuerzos del primer federalismo

mexicano por imponer su autoridad a los poderes locales.

La revolución territorial de la que habla Annino tuvo una de

sus principales manifestaciones en el municipalismo desatado a

partir de la creación de los ayuntamientos constitucionales gadi-

tanos. El autor distingue dos visiones acerca del municipio en el

siglo XIX en México, la de los gobiernos y la de los pueblos. Los

gobiernos los veían como órganos de administración y trataron

de reducir sus competencias a esta única función, mientras los pue-

blos los interpretaban como instrumentos para el gobierno local, en

términos de soberanía frente a la autoridad del Estado.2 El conflicto

entre estas dos concepciones acerca del municipio se prolongó du-

rante todo el siglo XIX, lo cual provocó continuas tensiones que

obligaron al Estado mexicano a negociar su autoridad en los ám-

bitos de poder locales.

Annino sugiere que, antes de la reforma gaditana, la idea de terri-

torio se había concretado a partir de los esfuerzos de las autorida-

des coloniales por recabar información sobre el territorio, pero,

sobre todo, por la existencia de una tradición de representación

territorial entre los pueblos indios, manifestada en los pleitos por

1 Antonio Annino, “Cádiz y la revolución territorial de los pueblos mexicanos 1812-1821”,

en Antonio Annino (coord.), Historia de las elecciones en Iberoamérica, siglo XIX, México, Fondo

de Cultura Económica , 1995, p. 179.

2

Idem.

RESEÑAS BIBLIOGRÁFICAS

tierras que sostenían las comunidades; esto explica por qué, a di-

ferencia de la soberanía, la idea de territorio en la Constitución

gaditana fue definida con mayor claridad. El autor deja ver que

esta diferencia de definiciones provocó que la soberanía se identi-

ficara o definiera en función del territorio, lo que dio legitimidad

a la incorporación de las sociedades locales en el cuerpo normati-

vo de la Constitución de Cádiz.3

En el ámbito de la historia regional, el interés por estudiar la for-

mación del municipio moderno desde sus antecedentes gaditanos,

se ha centrado en el proceso de constitución política y territorial

de los estados en la transición al México independiente, las trans-

formaciones en el orden político local, la incorporación de nuevos

actores en la vida política municipal y la relación de estos cam-

bios con la instauración del Estado nacional y sus esfuerzos de

consolidación.

Dentro de este tipo de trabajos podemos citar la obra de Anto-

nio Serrano: Jerarquía territorial y transición política.4 Él estudia la for-

mación de municipios en Guanajuato de 1820 a 1836, es decir, del

establecimiento de los ayuntamientos constitucionales al fin de la

primera república federal. Propone que la reforma municipal de ese

periodo en Guanajuato y la nueva cultura de participación y repre-

sentación política ciudadana, implementada a partir de la Constitu-

ción de Cádiz, favorecieron la incorporación a la esfera de poder

político local de los vecinos principales de las ciudades, villas y con-

gregaciones que habían estado subordinadas a las cabeceras colo-

niales más importantes: León, Guanajuato, Irapuato, Celaya y San

Miguel el Grande. Esta situación obligó a las elites de las cabeceras

con mayor peso político y económico a establecer negociaciones con

los vecinos de las comunidades recién elevadas a la categoría de

municipios que, como nuevos actores políticos, habían accedido a

los cargos de alcaldes, regidores y síndicos de los ayuntamientos.

Al igual que en otras partes del país, las antiguas repúblicas

de indios de Guanajuato solicitaron erigir sus propios ayuntamien-

Ibidem, p. 188.

Antonio Serrano , Jerarquía territorial y transición política, Zamora, El Colegio de Michoacán,

2001, 356 p.

ESTUDIOS DE HISTORIA MODERNA Y CONTEMPORÁNEA DE MÉXICO

tos como medio para solucionar viejos conflictos por la tierra con

propietarios colindantes a sus comunidades y para mantener el

control sobre los recursos naturales de uso común (tierras, aguas

y pastos). La oposición de las elites y los vecinos principales de Gua-

najuato a la creación de nuevos ayuntamientos, particularmente en

comunidades que habían sido pueblos indios, respondía al temor

de perder el control sobre ellas y esto provocase una mayor disper-

sión del poder, que dificultase atraer el gobierno de estos nuevos

municipios hacia los intereses de los grupos de poder estableci-

dos en las cabeceras más importantes y en el gobierno del estado.

Al instaurarse el régimen federal, los diputados del Congreso

de Guanajuato y las elites, con el apoyo del gobierno del estado,

llevaron a cabo una reforma de los principios de regulación de los

ayuntamientos establecidos en Cádiz, con el fin de limitar su nú-

mero y restringir sus competencias, medidas que iban encami-

nadas a limitar la erección de nuevos ayuntamientos, coartar la

autonomía municipal y fomentar la centralización político-admi-

nistrativa en torno al ámbito de gobierno estatal. Mediante esta

reforma se elevó a tres mil almas el requisito de población para la

creación de nuevos municipios, y se concedió al gobernador la fa-

cultad de negar a una comunidad la formación de ayuntamiento,5

incluso si cumplía con el requisito demográfico exigido por la

...

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