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Norma Juridica


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  2.453 Palabras (10 Páginas)  •  196 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La globalización y el multiculturalismo son dos realidades relacionadas. El aumento de las desigualdades económicas en el mundo ha conllevado la emigración desde las zonas menos desarrolladas hacia las más prósperas, lo que ha supuesto la llegada a los países occidentales de gentes con diversas culturas. Pero, al mismo tiempo, la globalización, en tanta encarnación del neoliberalismo económico, ha supuesto la erosión del Estado del Bienestar y de muchos derechos sociales y, en consecuencia, ha aumentado las desigualdades en el interior de los países desarrollados. De esta forma la integración socioeconómica y cultural de los inmigrantes se ve dificultada. Como resultado, se perfila un escenario con muchas sombras para la convivencia multicultural y la justicia social.

A través de la historia, el hombre por su naturaleza, tiene que relacionarse. Al hacer esto desde los tiempos más antiguos ha formado pequeñas sociedades: en la que pueden destacar las tribus, colonias o incluso civilizaciones.

La globalización también toma parte, la influencia de las grandes sociedades a las pequeñas.

DESARROLLO

Nación, Estado y Sociedad

A lo largo de la historia del Derecho Constitucional y del desarrollo de las teorías políticas ha sido difícil establecer una definición única de lo que representa el Estado. Sin embargo, muchas o la mayoría de las definiciones convergen en que es una "organización social" con características particulares que permiten diferenciarlo de las demás organizaciones.

Características del Estado:

El Estado como una organización social presenta una serie de características que lo diferencian claramente y le dan su significación, entre ellas:

• Constituye una organización cuasi-perfecta; ya que sus funciones están distribuidas entre sus integrantes o diversas categorías de funcionarios.

PENSAMIENTO JURÍDICO

Para poder comprender de manera más clara y simple este tema es de esencial importancia tocar algunos temas clave para el entendimiento del PENSAMIENTO JURIDICO, dichos temas como la LOGICA tema importante ya que a esta se le conoce también como la ciencia del razonamiento.

El PENSAMIENTO es un tipo especial de pensamiento en el cual se realizan inferencias, o sea en el que se derivan conclusiones a partir de premisas,

De la tal manera que posterior a revisar estos temas podremos comprender y entender de manera más clara y sencilla a lo que llamamos el razonamiento jurídico, y los pasos que se llevan para llegar a él.

PENSAMIENTO JURÍDICO

LÓGICA

Proviene de LOGOS que significa palabra, tratado, razón. Es ciencia porque es un conjunto ordenado de conocimientos ciertos de las cosas por sus causas. Es arte porque es un conjunto ordenado de normas para obrar rectamente o adecuadamente. Esta lógica es precisamente el instrumento del pensamiento jurídico.

Para Aristóteles es “ciencia de la demostración”, para Cicerón es el “arte de discriminar lo verdadero de lo falso”, para Descartes es “regla de dirección del ingenio”, para Bossuet es “ciencia que enseña a pensar bien”, para Mercier es “ciencia que estudia los actos de la razón para que comprendamos sus causas” y es “conjunto de reglas que dirigen nuestro pensamiento en tanto que arte”

Perspectiva histórica del fenómeno jurídico. Dependiendo del momento histórico se ha dado más importancia a un saber jurídico o a otro. Los sabedores jurídicos surgen en función de unos condicionantes sociológicos e históricos que certifican la necesidad de fijarse con más detalle en algún aspecto concreto del Derecho.

Hay que afirmar que la ciencia jurídica y la filosofía jurídica han sido los polos en los que más se ha centrado la historia del pensamiento jurídico.

Hay que señalar que la apreciación del fenómeno jurídico ha estado notablemente influida por una visión clásica y después cristiana de la persona y de la sociedad.

La primera versión del Derecho toma como punto de referencia una idea de que la norma jurídica es la vía para hacer realidad la definición de la justicia ofertada en el adagio de Ulpiano: dar a cada uno aquello que le corresponde.

Esta aproximación se considera válida, porque se entiende qué corresponde a cada uno; o al menos se admite una definición de la persona y de su dignidad. Lógicamente hay que tener en cuenta que esta referencia a la persona se hacía compatible con prácticas y modos de conducta que hoy entenderíamos como contrarias a la persona

El iusnaturalismo

Este ha sido el modo más tradicional, teniendo en cuenta los argumentos clásicos, y la sistematización cristiana a la que se ha aludido.

En esta interpretación, el Derecho se define como un conjunto de normas positivas que se hallan fundamentadas en el Derecho natural. El Derecho natural se entiende como la parte de la ley natural que hace referencia a las relaciones de justicia. Y la ley natural es considerada como la participación del hombre en la llamada ley divina.

Históricamente, el proceso es asumido porque se mantiene vigente la Teoría de la participación: la consideración del hombre como criatura y, por tanto, como un ser que está en dependencia de su Creador. En ese contexto, el sujeto tiene unas leyes propias de su naturaleza que tienen que ser respetadas por el Derecho positivo. Dicha Teoría de la participación fue elaborada y desarrollada en el contexto teológico, lo que hizo que el Derecho fuera estudiado también en sede teológica. Por ello, el origen y los argumentos jurídicos estaban teñidos de argumentos de tipo moral y religioso, no diferenciando los ámbitos y proponiendo en muchos temas que requerían una respuesta estrictamente jurídica, una visión teológica.

Seguramente por la radicalidad de algunos de estos argumentos, fueron numerosos los autores que optaron por otras versiones del Derecho. Sobre todo, cuando todo este proceso coincide con la ruptura con la tradición filosófica clásica, y cuando en la práctica resulta tan difícil admitir una especie de ordenamiento jurídico etéreo en calidad de instancia superior al ordenamiento positivo.

La referencia a la ley divina como criterio último de identificación del Derecho potenció que estos argumentos fueran defendidos

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