ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Normas Juridicas


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  2.325 Palabras (10 Páginas)  •  180 Visitas

Página 1 de 10

Introducción

Las normas jurídicas son unas reglas, no porque gocen de ninguna cualidad esencial y especial que les dé ese carácter, sino simplemente porque son respaldadas en su cumplimiento por el poder del Estado, y el mismo Estado determina qué normas han de gozar de esa protección, es decir que normas son jurídicas.

LAS NORMAS JURÍDICAS

En primer término, es preciso examinar más de cerca en qué consiste esas normas de conducta que componen el Derecho, es decir, las normas jurídicas.

Unas normas de conducta, en el sentido que aquí nos interesa, es un enunciado que establece la forma en que ha de ordenarse una relación social determinada, es decir, la relación entre dos o más personas. Esto se logra fijando la conducta que han de observar entre sí esas personas dentro de la relación contemplada.

Pero si queremos concretar algo más esta idea, un tanto vaga, la cuestión se complica consideradamente, porque tales normas presentan formas muy variadas y nada fáciles de reunir a un esquema único.

Las normas jurídicas son las reglas de conducta, sancionadas por el Estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y que contienen sanción en caso de incumplimiento. Son aplicables aún cuando el sujeto obligado las desconozca, ya que son heterogéneas, ajenas a la voluntad de aquél al que van dirigidas, y se suponen conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Si no fueran sancionadas de acuerdo a los procedimientos legales, las normas jurídicas no serían válidas. Una norma válida puede caer en desuso y no ser cumplida por la población, y no sancionarse su incumplimiento. En ese caso a pesar de ser una norma jurídica válida se dice que no se halla vigente. Las normas jurídicas tienden a lograr un orden social justo, por lo cual en general no se oponen a las demás normas, sino que las complementan acompañándolas de una sanción efectiva ante su incumplimiento.

CLASES DE NORMAS JURÍDICAS

Una parte importante de las normas jurídicas son en sustancia, órdenes o prohibiciones de hacer algo respaldadas por la amenaza de una sanción, es decir, de un mal con que se conmina al que las infrinja.

Este es el aspecto más simple y, pudiéramos decir, más dramático y popular del Derecho. La vida en sociedad exige que nos abstengamos de realizar ciertos actos que harían imposible la convivencia (robar, matar), y que hagamos otros que son indispensables para la existencia de la comunidad /pagar los impuestos, ejecutar ciertos actos de ayuda a los demás). En estos casos, cada norma se descompone en realidad en dos: la que ordena o prohíbe y la que amenaza con la sanción al que no cumpla aquella orden o prohibición. Se prohíbe matar, y se amenaza al que mate con una pena de determinados años de prisión. Es interesante señalar, sin embargo, que en vano busquemos en textos legales, en éste y en otros muchos casos, las primeras de esas normas. No encontramos norma alguna que explícitamente prohíba matar. Lo único que hallaremos son normas que determinan la pena del que mate. De este hecho no debe deducirse, como algunos han hecho, que no existen tales prohibiciones y órdenes, sino simplemente que no se expresan porque están sobreentendidas en esas amenazas de sanción, de las que constituyen el antecedente lógico y fácilmente deducible.

Pero el Derecho no es sólo un conjunto de normas que prohíben u ordenan. Otro sector muy importante de sus normas tiene un contenido distinto: autorizan a hacer algo, conceden facultades o poderes a quienes se encuentran en determinadas circunstancias para que los utilicen, dentro de ciertos límites, s su albedrío; poner a disposición de los particulares medios legales para que realicen fines prácticos por ellos deseados.

El Derecho aparece ahora, no con su faz imperativa y sancionadora, sino bajo un aspecto instrumental, al servicio de los ciudadanos, como un conjunto de disposiciones que sirven de cause, ayuda y límite al logro de nuestros deseos, a nuestra libre actividad, Así las leyes establecen cómo pueden adquirirse la “propiedad” de una cosa y reconocen al “propietario” un haz de facultades o poderes: de usar, de percibir los frutos y rentas, de disponer. Tal situación de poderes es lo que se denomina técnicamente “derecho subjetivo”, a diferencia del Derecho como conjunto de normas, o “Derecho objetivo”. Esta aplicación de la palabra “Derecho” está también firmemente arraigada en el uso popular, en expresiones como “tener derecho a hacer tal cosa, es decir, tener la facultad o poder legalmente reconocido y protegido de obrar en forma determinada.

Los derechos “subjetivo” son, por tanto, situaciones de poder concreto que la ley ampara y de las que podemos usar discrecionalmente para satisfacer nuestras necesidades o intereses.

El derecho “objetivo” no se limita a concedernos facultades o poderes para obrar en forma determinada, sino que acentúa su carácter instrumental poniendo al servicio de nuestra voluntad individual la posibilidad de modelar nuestras relaciones jurídicas en la forma que estimemos más conveniente. El contrato y el testamento son las dos grandes vías por las que el Derecho abre paso a la “autonomía privada”, es decir, a esa posibilidad de la voluntad individual de establecer y configurar relaciones jurídicas dentro de unos anchos límites. Contrato y testamento son figuras por la ley, pero sumamente moldeables, para hacer entrar en ellas los deseos, los fines prácticos e incluso en ocasiones los caprichos de los particulares.

Una vez realizado el contrato o el testamento, su contenido está amparado por la ley y es de obligado cumplimiento si reúne todas las condiciones exigidas, pero el hacerlo y el contenido concreto que le demos en cada caso dependen sustancialmente de nuestra voluntad.

Los tipos aludidos de normas no agotan las diferentes clases que de ellas pueden encontrarse. Un análisis más detallado permitiría también matizar considerable- mente los ejemplos puestos. Se ha intentado no pocas veces reducir los distintos tipos de normas a un esquema único. Tales intentos se han traducido en ingeniosos ejercicios dialecticos cuya utilidad no acaba de verse clara. En todo caso, y para la elemental aproximación al problema que aquí puede hacerse, bastará con recordar que el Derecho se compone de un conjunto de normas de diverso tipo, entre las que destacan por su importancia las que pueden ajustarse al modelo de una orden o prohibición respaldada por amenazas, y las que pueden ajustarse al modelo de una orden o prohibición respaldad por amenazas, y las que conceden facultades, poderes y derechos subjetivos,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.3 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com