Principios Basicos De La Poolitica Experior
nancy03199523 de Febrero de 2014
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Auto determinación de los pueblos. No intervención. Solución pacifica de los pueblos. Prohibición de la amenaza y uso de la fuerza. Igualdad soberana. La cooperación internacional para el desarrollo. La lucha por la paz y la seguridad internacional.
características
.
Es un principio fundamental del derecho internacional público y un derecho inalienable de los pueblos, que genera obligaciones
para los Estados.
Estos se llevaron a cabo dentro de la
Carta de las Naciones Unidas.
Pactos Internacionales de Derechos Humanos.
Asamblea General de Naciones Unidas.
En el cual se determino
Todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de proseguir su desarrollo económico, social y cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta.
Artículos que lo hacen señalar.
Artículo 1.
Todo pueblo tiene derecho a existir.
Artículo 2.
Todo pueblo tiene derecho al respeto de su identidad nacional y cultural.
Artículo 3.
Todo pueblo tiene el derecho de conservar en paz la posesión de su territorio y de retornar allí en caso de expulsión. Entre otros.
La No Intervención es el respeto, es la forma fundamental del respeto a la soberanía de los Estados.
El Principio de No Intervención es consecuencia de la independencia de los Estados, y constituye la garantía de la misma, en cuanto los miembros de la comunidad mundial se obligan recíprocamente a abstenerse de toda práctica política, económica o militar, que signifique intromisión en el dominio reservado de otro país.
El origen del principio de no intervención se encuentra en la Doctrina Monroe desarrollada en 1823 por el Presidente James Monroe de los Estados Unidos bajo el lema de «América para los americanos» en función de la cual sostuvo que las potencias europeas no tenían derecho a intervenir en ninguna parte del continente.
En el Tratado de Tlatelolco se estableció la promoción de la paz y la no violencia asia otros países.
Como también el luso de armas nucleares.
Carta de san francisco en medios de solución pacifica El uso de la fuerza por los Estados se regula tanto por el Derecho internacional consuetudinario como en tratados internacionales. El artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas afirma que: Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
El Consejo de Seguridad, de acuerdo con los artículos 24 y 25 y el Capítulo VII de la Carta, pueden autorizar acciones colectivas para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
La igualdad soberana de los estados, está proclamado en los arts. 1 y 2 de la Carta de Naciones Unidas y está desarrollado en la Resolución 2625 del XXV período de sesiones, este principio enuncia la igualdad jurídica formal entre los estados aunque nos podemos olvidar la desigualdad real, en relaciones de influencia, poder, fuerza, incluso desigualdades formales. Hay ciertas obligaciones que se generan en este principio, respeto a la integridad territorial de los estados y a su independencia política, la no injerencia en los asuntos internos de los entes estatales y comportarse con arreglo al Derecho Internacional. En definitiva, el principio de igualdad soberana es: la libertad de acción de los estados, su independencia y la prohibición de interferir
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