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Rey De España


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2014  •  2.274 Palabras (10 Páginas)  •  171 Visitas

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¿ cual es su labor social ?

desarrolla actividades dirigidas a la asistencia, la rehabilitación o la inserción social de las víctimas de la pobreza y la exclusión social, sino que hace especial énfasis en la promoción y en la denuncia de las causas de las injusticias que generan estas situaciones.

Nuestras acciones abarcan también todos los grupos sociales afectados por la desigualdad y la injusticia, tanto en España como en los países del Sur.

Cáritas lleva a cabo esta amplia tarea de lucha contra la pobreza y la exclusión gracias a una amplia infraestructura estatal e internacional, y a las aportaciones de miles de donantes anónimos que colaboran de forma desinteresada con nuestros fines humanitarios.

Tanto por el volumen de recursos económicos manejados como por el número de personas voluntarias comprometidas en sus actividades, Cáritas está actualmente considerada una de las mayores organizaciones del sector en nuestro país y una de las mayores redes internacionales.

En esta sección de nuestra Web ofrecemos algunos datos sobre los aspectos más significativos de nuestra actividad.

Ø ¿Qué es una campaña?

Desde su etapa fundacional, Cáritas viene desarrollando de forma ininterrumpida una intensa labor de respuesta humanitaria a las emergencias que se declaran en cualquier región del mundo mediante la puesta en marcha de campañas específicas de ayuda a las víctimas. Asimismo, nuestra organización lleva a cabo anualmente varias acciones de sensibilización dirigidas a impulsar en el conjunto de la sociedad y de la comunidad cristiana la solidaridad con quienes padecen los efectos de la pobreza y de la exclusión social, y a tomar plena conciencia de las causas que provocan las situaciones de injusticia y desigualdad social.

¿Qué publicaciones están disponibles? ¿Cómo puedo acceder a ellas?

Durante los últimos 52 años, Cáritas ha sido una importante fuente de información sobre temas relacionados con la realidad social, como una vertiente más de su trabajo, la Confederación Cáritas, a través de su Editorial, ha contribuido a la sensibilización de la opinión pública en las causas que generan el empobrecimiento y la situación de muchas personas en el mundo. Ha formado e informado a todas aquellas personas que desean ampliar sus conocimientos en este campo de la acción social y la cooperación internacional, potenciando, en algunos casos, el trabajo con otras editoriales del sector . En muchos casos, la acción de Cáritas se ha basado en esa información. En otros, los datos son fruto de las iniciativas de Cáritas. Y en todos, son la base del saber necesario en el campo de la actividad social para todo aquel que desee conocer el panorama de nuestra sociedad.

FUNCIONES DEL REY DE ESPAÑA

Las funciones y competencias del Rey están reguladas por la Constitución Española, según el artículo 56.1 de la CE “el rey ejerce las funciones que le atribuyenexpresamente la Constitución y las leyes”. En ningún momento se le podrá dar una interpretación extensiva ni atribuirles otro tipo de significado, los legisladores no podrán ampliar o reducir estasfunciones, a excepción de una reforma constitucional (artículo 168.1 CE).

Las distintas funciones no deben servir para el entendimiento libre, sino de forma literal, sin dar ningún margen delibertad o decisión propia al monarca. El Rey sólo “lleva a cabo actos derivados de una propuesta, o una actividad anterior de órganos tan diversos como pueden ser el Congreso, el Senado, el Gobierno, elConsejo General del Poder Judicial o los órganos de las Comunidades Autónomas” (STC 5/1987, de 27 de enero).

Al Rey, como Jefe del Estado, se le atribuyen las funciones de simbolizar la unidady permanencia del Estado; la representación en la esfera de las relaciones internacionales; arbitraje y moderación del funcionamiento de las distintas instituciones. La voluntad del soberanoEstas funciones y competencias están reguladas en el Título II de la Constitución, específicamente en el artículo 62, además en el 63 se hace mención a otro tipo de funciones; y el 64, aunque no sehaga referencia alguna a sus funciones, se nos dice que sus actos serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso por los Ministros competentes (siendo responsables de los actos del Reyal refrendarlos).

¿Qué hace el Rey de España ?

No sólo el Rey no es el titular de un poder del Estado en nuestro sistema constitucional, sino que no podría serlo en caso alguno ningún Rey que aspirase a convivir con un Estado democrático. Sí, ya sé, que esta afirmación os parecerá a la mayoría de vosotros un poco enigmática y que, por tanto, será necesario, explicar el sentido profundo de la misma. A eso voy, pues con tal explicación –enseguida lo veréis– daré repuesta cumplida a la pregunta planteada.

El principio en que se basa la monarquía como forma de gobierno es el de la sucesión hereditaria en la Jefatura del Estado, Jefatura que los reyes tienen atribuida en los regímenes monárquicos. El Jefe del Estado carece, por tanto, en esos regímenes monárquicos de cualquier legitimidad de origen que no sea la que le confiere su pertenencia a la familia real. El principio de legitimidad funciona de una forma muy distinta en los regímenes de tipo democrático, en los cuales, como en diferentes momentos he tenido la ocasión de señalar, todo el poder emana del pueblo: emana del pueblo el poder del parlamento, que es directamente elegido por el propio pueblo; emana también del pueblo el poder del Gobierno que, o bien es elegido directamente por el pueblo (en los sistemas de tipo presidencialista, como el de los Estados Unidos), o bien es elegido indirectamente por el pueblo al serlo por el órgano parlamentario en el que el pueblo está representado (lo que sucede en las democracias parlamentarias, entre las cuales se cuenta la española); y emana en fin del pueblo el poder judicial, pues aunque los jueces y magistrados que lo conforman no son elegidos ni directamente ni indirectamente por el pueblo, todos hacen justicia a partir de lo establecido en las normas aprobadas por órganos (el parlamento o el Gobierno) que sí son el resultado directo o indirecto del proceso electoral.

El problema, claro está, que plantea la monarquía en los regímenes de tipo democrático no ha sido pues otro, al fin y al cabo, que el de cómo hacer compatible la vigencia de dos principios contradictorios entre sí, el principio monárquico-sucesorio y el principio democrático-electivo. La tensión entre esos dos principios recorrió, de hecho,

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