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SIGNIFICADOS DE LA PALABRA DERECHO


Enviado por   •  23 de Febrero de 2015  •  Síntesis  •  1.655 Palabras (7 Páginas)  •  307 Visitas

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SIGNIFICADOS DE LA PALABRA DERECHO

En sentido etimológico, la palabra Derecho proviene del latín directum, que significa directo o derecho. Así mismo, también se deriva del latín dirigere, que se traduce en dirigir, ordenar, enderezar, guiar.

Lato sensu, la expresión Derecho quiere decir entonces: “recto” o “sin torcerse”.

Stricto sensu, es el ius de los romanos, es decir, el Derecho creado por los hombres; se refiere a la disciplina de lo que es justo, la cual regula las relaciones entre los hombres y su conducta en sociedad.

En palabras de Aubry y Rau, citados por Elejalde Arbeláez, el Derecho es “el conjunto de preceptos o reglas de conducta a cuya observancia está permitido sujetar al hombre por una coacción exterior o física”.

Para Planiol, citado también por Elejalde Arbeláez, el Derecho es “el conjunto de reglas a las cuales, bajo la sanción del poder social, está sometido el uso que el hombre hace de su libertad en sus relaciones con sus semejantes”.

Ulpiano , por su parte, definió el Derecho como “el arte de lo bueno y lo equitativo”.

Ius est ars boni et aequi” (El Digesto).

Para Baudry-Lacantineire G., citado por Elejalde Arbeláez, el Derecho es: “el conjunto de preceptos que rigen la conducta del hombre en relación con sus semejantes”.

El vocablo “derecho” se puede entender en varias acepciones, así:

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO

Existen diferentes clasificaciones del Derecho, entre ellas:

Derecho natural y Derecho positivo.

Derecho objetivo y Derecho subjetivo.

Derecho Público y Derecho privado.

Derecho sustancial y Derecho procesal.

Derecho natural: Elejalde Arbeláez (2002), expresa que el Derecho natural está fundamentado en lo justo, y su carácter es universal; agrega que no se trata de una creación humana sino de un dictado de la naturaleza; es un derecho inmutable y eterno (p. 20.). Para los iusnaturalistas el verdadero derecho es el derecho natural, entre otras razones, por ser preexistente al hombre.

Derecho positivo: El Derecho Positivo es el conjunto de disposiciones legales escritas, vigentes en un Estado, dictadas por sus órganos competentes; en general el Poder Legislativo, Congreso o Parlamento, de aplicación coactiva a sus habitantes, y que éstos deben cumplir, sin poder alegar su desconocimiento, pues se publican antes de entrar en vigencia .

Poseen un orden jerárquico, estando todas subordinadas a la Ley Fundamental que es la Constitución del Estado nacional. Esta establece una serie de principios básicos sobre la forma política del Estado, su ideología, sus recursos, sus poderes y los derechos de los ciudadanos y de los extranjeros residentes en el país, que ninguna ley puede contradecir, pues sería factible de ser anulada tras un juicio de inconstitucionalidad.

El derecho Positivo, comprende normas de Derecho Público y de Derecho Privado, abarcando temas constitucionales, civiles, penales, laborales, administrativos, procesales, etcétera. Las leyes poseen un número que las identifica, y en ciertos casos se agrupan en Códigos temáticos (Código Civil, Código Penal, entre otros). Tanto las leyes como los Códigos se dividen en artículos y en general son precedidos por una exposición de motivos.

Se discute si el legislador crea el Derecho Positivo otorgando derechos e imponiendo obligaciones, o si debe respetar los derechos innatos y esenciales de los individuos, establecidos en normas superiores de Derecho Natural. Para los positivistas el verdadero derecho es el escrito, el positivo, pues el Derecho Natural, a pesar de ser justo e inalterable, carece de la precisión de la escritura, pues debe extraerse de la conciencia, y por lo tanto, puede no ser fácil de descubrir.

En realidad, ambos derechos se complementan. El Derecho Positivo provee certeza, pero si resulta injusto, debe cotejarse con los principios superiores no escritos, para modificarlo en vistas a la equidad. Recuperado el día 05 de agosto de 2013 en:

Concepto de Derecho Positivo - Definición en DeConceptos.com http://deconceptos.com/cienciasjuridicas/derecho-positivo#ixzz2b6NMxsoV

Derecho objetivo: Es el conjunto de normas jurídicas escritas en general. Se asocia con el Derecho positivo proferido por el Estado. Es el derecho en abstracto. Cuando se habla de la palabra “Derecho”, generalmente se está haciendo alusión al derecho en sentido objetivo. En otro sentido el derecho objetivo es ese conjunto de normas (leyes, costumbres, resoluciones judiciales y preceptos doctrinarios).

Derecho subjetivo: son las potestades jurídicas reconocidas o concedidas por el derecho objetivo, y, radicadas en cabeza del individuo como titular de su ejercicio. En virtud del derecho subjetivo su titular puede exigir una determinada conducta o prestación de parte de otro u otros sujetos de derecho, conducta que consiste en dar, hacer o no hacer algo. En otras palabras el derecho subjetivo consiste en las facultades que tienen las personas para actuar en la vida jurídica.

Derecho público: en palabras de ULPIANO, es el que se refiere “a la organización de la cosa pública”. Regula las relaciones del Estado con los particulares, con

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