SISTEMAS PENITENCIARIOS
ZULLYGP0110 de Mayo de 2014
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Pablo Antonini
Sistema progresivo (Análisis comparativo ley 24.660 y ley
12.256)
I- El Régimen Penitenciario
La pena privativa de la libertad, y como corolario la cárcel son instituciones modernas a pesar de
estar petrificadas en nuestra conciencia como ancestrales. Si bien se reconoce la existencia de
antecedentes de la institución carcelaria desde el año 248 antes de Jesucristo1, la cárcel (en
sentido moderno) surge a mediados del siglo XVI y comienzos del siglo XVII con el auge de las
"casas de corrección".
No obstante el consenso respecto a la pena privativa de la libertad como "la pena por excelencia"
y la cárcel como su sustento necesario, la modalidad de cumplimiento o ejecución de la pena
privativa de la libertad ha sido objeto de mutaciones a lo largo de la historia, fundamentalmente
basadas en un discurso humanizador, resocializador, reeducador del delincuente.
El régimen penitenciario, pude ser definido como "el conjunto de normas dictadas por el Poder
Legislativo o las autoridades administrativas con el objeto de organizar el cumplimiento de las
penas privativas o restrictivas de la libertad y la ejecución de las medidas de seguridad, se
sostiene además que la finalidad del régimen penitenciario es procurar la enmienda del
condenado" (Henri Capitant).
El diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales M. Ossorio define al régimen
penitenciario como "el conjuntos de normas legislativas o administrativas encaminadas a
determinar los diferentes sistemas adoptados para que los penados cumplan sus penas. Este
encamina a obtener la mayor eficacia en la custodia o en la readaptación social de los
delincuentes..."
II- Sistemas Penitenciarios:
Sistema Celular o Philadelfiano
En 1777 John Howard publicó su estudio sobre el estado de las prisiones en Inglaterra y Gales
(state of prisons in England and Wales), creando una conciencia que contribuyó a la mejora de
las condiciones carcelarias. 2
En Estados Unidos la "Sociedad penitenciaria de Filadelfia" reunida en 1787 consiguió
introducir , con la ayuda de los cuáqueros, en la prisión de Walnut Street, ciudad de Filadelfia,
estado de Pensilvania, un sistema celular de completo aislamiento durante el día y la noche con
exclusión del trabajo.
La principal característica era el confinamiento o sistema celular absoluto, que consistía en la
separación celular del recluso durante todo el día y la noche con el objetivo de que dicho
aislamiento pudiera lograr que los pecadores retornaran a Dios. El sistema era inhumano, en el se
tenía la concepción de que mediante la separación del delincuente de la sociedad, y su absoluta
incomunicación se lograba su corrección moral y readaptación social.
En su libro "Pena y estructura social", Rusche y Kirchheimer citando a M. Foltin, mencionan que
"el confinamiento de los prisioneros era tan extremo, que no se les permitía ni siquiera trabajar
por temor a que esto los pudiera apartar de la meditación"... y recién en 1829, las cárceles del
estado de Pensilvania introdujeron el trabajo carcelario, el cual se revelo de inmediato como un
fracaso económico debido a que el mismo podía consistir solo en aquellas tareas que fueren
susceptibles de ejecutarse en la propia celda.
El sistema celular o filadélfico fue objeto de muchas críticas, entre ellas:
1. Producía la propensión al suicidio y a la locura
2. El aislamiento prolongado produce la imbecibilidad y la perturbación moral y física hasta
perder los hábitos sociales, embruteciendo el entendimiento, produciendo seres sin cultura, e
incapaces.
3. Es muy costoso, pues la celda cuando el penado ha de permanecer en ella día y noche,
precisa ser más espaciosa y cómoda.
Los resultados de este sistema fueron en verdadero desastre, muchas casos de tuberculosis
irreversibles, otros muchos de enfermedades del sistema nervioso incurable.
Sistema Auburniano
El Sistema Filadélfico por su fracaso fue reemplazado por el Sistema Auburn, este sistema se
originó en la ciudad de Auburn, New York, es conocido como el "Silent System", ya que si bien
se basaba en trabajo colectivo durante el día y aislamiento continuo durante la noche, el trabajo
colectivo se realizaba en completo silencio.
El silencio obligatorio, garantizaba la imposibilidad de fugas, motines y evitaba los "contactos 3
diferenciales".
La crítica que se le hacía a este sistema era que producía un gran deterioro de la personalidad y
una desocialización.
El Sistema de aislamiento celular tuvo amplia repercusión en Europa donde fue adoptado por
numerosos países, mientras que el Sistema Auburniano se expandía en Norteamérica.
Sistema Progresivo:
El sistema progresivo contempla distintas etapas en los métodos de ejecución hasta el completo
reintegro del individuo en sociedad, teniendo como base la conducta y el trabajo del condenado.
Se discute la paternidad del sistema, se atribuye al capitán de la Marina Real Inglesa, Alejandro
Maconochie2, o a Sir Walter Crofton, en Irlanda. Pero la prioridad cronológica corresponde al
coronel Manuel Montesinos director de la Prisión de Valencia.
Si bien el discurso del "progresivismo" o "gradualismo" consiste en permitir que el recluso
atraviese a lo largo de su vida en prisión, por una sucesión de periodos con el fin de capacitarlo
para su vida en libertad, su finalidad real es el mantenimiento de la disciplina. El gradualismo se
refleja en el principio de que la disciplina debía ser mantenida a través de estímulos positivos
antes que por medio de medidas meramente represivas, alentar al recluso para que mantenga una
línea de conducta antes que amenazarlo con castigos corporales in terroem3.
El sistema cuantifica la pena en función del trabajo y la conducta del condenado4, obteniendo
vales o marcas, en caso de buena conducta, o multas, en caso de mala y el detenido recuperará la
libertad cuando obtenga determinada cantidad de vales o marcas, que se encuentran previamente
establecidas.
El modelo clásico del sistema progresivo contempla tres períodos5:
1- Primer periodo o de prueba: . el condenado esta sometido a un aislamiento absoluto (Sistema
Filadélfico) y su duración varía según el comportamiento del penado. Este aislamiento permite
que se lo observe, estudie y se lo prepare para el siguiente grado o período. No obstante su
aislamiento se le permiten ciertas visitas, como la del Director del establecimiento, del médico,
maestro, del párroco.
.
2- Segundo periodo: este se caracteriza por el trabajo en común durante el día y el aislamiento
nocturno (Sistema Auburniano). 4
3- Tercer período o de libertad condicional: el penado si ha cumplido con los requisitos de los
períodos anteriores, obteniendo la cantidad de vales necesarios puede obtener su libertad
condicional. El recluso es sometido a un entrenamiento riguroso de disciplina, trabajo y
educación con el fin de prepararlo moral e intelectual para la libertad.
Este sistema ha sido adoptado en Italia, Noruega, Rumania y otros países, siendo utilizado
principalmente en las instituciones reformatorias.
Sistema de Elmira
El Sistema Elmira tuvo su origen en los Estados Unidos de Norteamérica y se aplica por vez
primera en el año 1876 en la Prisión de Elvira (Nueva York). El sistema ha tenido gran auge;
produciendo muy buenos resultados. Generalmente, se aplica o se impone a los jóvenes
infractores condenados a penas de prisión por tiempo indeterminado, se trata de reformar al
penado, obligándolo a prepararse para una vida moral y de trabajo, sometiéndolo a la práctica de
todo tipo de deporte.
El recluso por su buena conducta, puede obtener tickts o boleto que le van abriendo poco a poco
la puerta de la prisión, disminuyendo el tiempo que debía estar en ella y cuando ha llegado a un
estado de suficiente confianza se le concede la libertad condicional si cumple las condiciones de
esa libertad y observa una buena conducta, no tiene que volver más al presidio.
Sistema de Witzwill o Régimen Abierto
Este sistema Suizo, fue practicado por primera vez en Witzwill a fines del siglo pasado y se lo ha
generalizado como "establecimiento abierto" o "régimen abierto". En el sistema Witzwill se
sustituyen los obstáculos materiales que impiden la evasión de los reclusos por una serie de
reglas de disciplinas y conductas que los inhibe de usar las posibilidades de fuga que se
encuentren a su alcance.
La principal característica de este sistema se encuentra en la vigilancia ejercida respecto a los
penados, elevando en cambio su sentido de personalidad y haciéndose comprender la necesidad
que tiene de someterse a la disciplina del establecimiento.
III- El sistema progresivo y las leyes 24.660
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