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TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DERECHO HONORIFICOS


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  376 Visitas

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TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y

DERECHO HONORIFICOS

El derecho a obtener la tutela judicial de los derechos fundamentales y honoríficos según la Constitución de la República y el Código Procesal Civil basado en el presupuesto y fundamento de todo el sistema de libertades con las garantías reales y efectivas son las garantías judiciales. La tutela judicial, para ser completa y eficaz para lo cual debe cumplir cuando menos los tres requisitos siguientes:

1. Que esté garantizada la plena judicialización del pleno, ejemplo de los derechos, que no existen ámbitos exentos al control judicial, que toda actuación de los poderes públicos que afecte a derechos fundamentales pueda ser controlada por un juez.

2. Que exista una organización judicial en la que esté garantizada la independencia, la imparcialidad de los jueces y un proceso con todas las garantías.

3. Que existan vías procesales que permitan de forma eficaz, de forma efectiva y rápida combatir cualquier lesión de los derechos fundamentales.

Lo que requerimos es que el sistema tenga recursos de amparo en materia de derechos fundamentales y libertades públicas. Si un sistema cumple las tres características, podemos sostener que es un sistema judicial adecuado de garantías.

La tutela judicial efectiva.

El derecho a la tutela judicial efectiva más importante de la Constitución. Dice “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”.

La tutela judicial la podríamos caracterizar como el conjunto de garantías de orden procesal común a todos los juicios y que tienen como finalidad garantizar los derechos e intereses legítimos de las personas. Por tanto, la tutela judicial incluye un conjunto de garantías.

En lo que hace referencia al contenido lo podemos ordenar en cuatro bloques:

1. Acceder al sistema judicial: El titular somos todos, toda persona tiene capacidad para ser parte en el proceso, pero para serlo se requiere legitimación, es decir, se requiere una relación especial con el objeto del proceso, una conexión especial con el objeto de la pretensión. La Constitución dice que tiene que existir en la pretensión una relación de la persona con la defensa de un derecho de la persona o un interés legítimo. El contenido del derecho aquí es que se abra el proceso o la acción. El titular del derecho tiene derecho a la elección del proceso respetando las normas de competencia, es decir, en determinados supuestos yo puedo acudir bien por la vía civil o bien por la vía penal, o por un procedimiento ordinario, o por un procedimiento especial.

2. Derecho

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