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Trascendencia del Corpus Iuris Civilis


Enviado por   •  29 de Mayo de 2017  •  Ensayos  •  1.232 Palabras (5 Páginas)  •  575 Visitas

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Desde la fundación de roma en el año 753 a.c, hasta la caída del imperio romano en  1453 d.c, se establecen tres periodos; Monarquía (753 a.c – 509 a.c), Republica (509 a.c – 27 a.c), Imperio (27 a.c – 1453 d.c), este último se dividió en dos partes a raíz de la muerte del emperador Teodosio I en 395 d.c; occidente (395 d.c – 476 d.c ), oriente (395 d.c – 1453 d.c). El imperio tuvo dos formas de gobierno hasta la caída de occidente; Principado (27 a.c – 235 d.c) y Dominado (235 d.c – 476 d.c).

Este breve recuento es necesario para tener una noción cronológica de los hechos que a continuación presentaremos. Para el estudio del Derecho Romano se hace referencia a tres fases, etapa Preclásico, inicia en el año 450 a.c y finiquita en el 130 a. c, es decir, comprende gran parte de la Republica. Clásico, este inicia a finales de la República en el 130 a.c, abarca la era del Principado y termina en el 230 d.c. Postclásico, se extiende por la época del Dominado en el 230 d.c  y llega hasta el mandato del Emperador JUSTINIANO en oriente en 527 d.c, ya derrocado el imperio de occidente en 476 d.c.  

Tras la caída del imperio romano de occidente, pueblos barbaros invadieron los diferentes asentamientos de dicho emporio, impartiendo allí una mezcla de derecho, romano-germánico. En  oriente, casi cincuenta años después, se proclama emperador a JUSTINIANO, dicho monarca quería unificar el derecho en todo el imperio. Así pues, creo el Codex,  una compilación de todas las constituciones desde el emperador Adriano, hasta sus días, esta tarea le fue asignada a TRIBONIANO, JUAN DE CAPADOCIA, TEÓFILO y otros funcionarios de la época. Más tarde aparcería el Digesto, obra comandada por TRIBONIANO, la cual buscaba recopilar en una sola obra las sentencias más relevantes  de los jurisconsultos clásicos. Posteriormente, TRIBONIANO junto a TEÓFILO y DOROTEO, crearon una obra más general, que fuese más fácil de comprender y sirviera de guía para los jóvenes que comenzaban en la materia del Derecho, a esto se le llamo Instuta, las instituciones de JUSTINIANO, estas se basaron en las mismas Instituciones de gayo. Luego de dichas legislaciones, le sucedió un dictamen de constituciones a las cuales se les llamó Novellae, las novelas de JUSTINIANO. Todas estas reformas legislativas;  Codex, Digesto, Institutas, Novellae, se les conocería con el nombre de Corpus Iuris Civilis, que más tarde sería de gran importancia en occidente para la conformación de nuevos Derechos.

Tiempo después, en el 727d.c, la dinastía de los Isaurios simplifica un sistema jurídico, llamado Ekloga, conformado por 18 capítulos, (una obra bastante simple) que   repudia el pasado Derecho justinianeo. Empero, luego aparecería la dinastía de los Macedonios, haciendo una crítica al sistema implantado por los Isaurios, afirmando que esta es un la obra ateísta, buscando de nuevo, el antiguo sistema proclamado por JUSTINIANO, creando por cuenta de Basilio I el Pocheiron que posteriormente seria elaborado de forma más completa por el Patriarca Photios y pasaría a llamarse

El Corpus Iuris Civilis estaba escrito en latín, impidiendo  que otros pueblos de habla griega, pudieran utilizar este Derecho, ya que JUSTINIANO prohibió que se hicieran comentarios y traducciones a su obra, no obstante, algunos personajes, siendo el más relevante TEOLFILO, hizo traducciones de la obra por medio de su paráfrasis, sirviendo así a la compilación que realizaría años después, en el siglo X el emperador BASILIO, el cual, quería volver de nuevo al Derecho Romano, esta labor la  terminaría su hijo LEON el FILOSOFO, a esto se le llamó Basílicas,  que a su vez terminaría reemplazando el Corpus Iuris Civilis.

Ya en el siglo XI en occidente, particularmente en Bolonia, IRNERIO crea una escuela, la escuela de los Glosadores, algunos de los más relevantes son BULGARIUS, que hacia parte de una corriente glosadora estricta y MARTIRIUS, en un marco liberal y condescendiente. Estos, a partir de sus glosas o comentarios, buscaban  que se entendiera de mejor forma el Corpus Iuris Civilis sin alteración alguna. Posteriormente,  surgió La Gran Glosa,  un conjunto de glosas, las más importantes según el criterio del compilador ACURCIO, que luego servirían de base para  una nueva escuela, la de los Postglosadores.

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